Homosexual: ¿La relación o las personas?
(Sínodo de los obispos. Prosigue la pregunta 40 sobre el n. 55 de la Relatio).
El término “homosexual”, como calificativo de la orientación sexual, parece insuficiente para caracterizar a las personas que tienen esa orientación o para definir su unión conyugal.
Para referirse al enlace conyugal entre dos personas del mismo sexo, no parece apropiado designarlo meramente como “unión homosexual”, ni como “pareja homosexual”. En vez del uso adjetivo del término “homosexual”, sería más exacto el uso adverbial: “homosexualmente”, para modificar a los verbos “amarse”, “quererse” y “unirse”.
(Mejor aún, “homo-agapéticamente”, con las dos raíces griegas de igualdad –homo- y amor-agape-).
La Relatio del Sínodo de los obispos, en su número 55 y en su pregunta 40, es, por una parte, insuficiente y se ha quedado corta, por carta de menos; por otra parte, se pasa, por carta de más.
Es insuficiente, al limitarse a decir tímidamente que “hombres y mujeres con tendencias homosexuales deben ser atendidos con respeto y delicadeza”, o al preguntar “de qué modo ofrecer el cuidado en estas situaciones”.
En cambio, se pasa, por carta de más” al decir tajantemente, citando el texto ratzingeriano de la Congregación para la Doctrina de la fe, que “no existe ningún fundamento para asimilar o establecer analogías, ni siquiera remotas, entre las uniones homosexuales y el designio de Dios sobre el matrimonio y la familia”. Decir esto está en contradicción con la recomendación que hace de evitar “todo signo de discriminación injusta” (por cierto, dice: “sobre ellos”, con lo cual no parece referirse inclusivamente al tema gaylésbico).
Menos mal que “alguien del comité redactor” (?) consiguió introducir en el texto de la pregunta 40 (no en el texto de la Relatio, n.55) la frase “a la luz del Evangelio”, cuando habla sobre el “cuidado a las personas en estas situaciones a la luz del Evangelio”.
Aquí aparecen las tres palabras clave: la persona, la situación y el Evangelio, que dan el criterio para evitar toda discriminación y homofobia. Está en contradicción con este criterio todo el resto del texto recién criticado.
Propondríamos como respuesta a la pregunta y como propuesta para el próximo Sínodo, que se enfoque esta problemática como ética de las relaciones, más que como ética de la sexualidad; como pluralidad y pluriformidad en los modelos de relación y de familia, en vez del pensamiento único presuntamente conocedor de un supuesto designio divino; y como ética de valores evangélicos en situación, en vez de normas abstractas desencarnadas.
El término “homosexual”, como calificativo de la orientación sexual, parece insuficiente para caracterizar a las personas que tienen esa orientación o para definir su unión conyugal.
Para referirse al enlace conyugal entre dos personas del mismo sexo, no parece apropiado designarlo meramente como “unión homosexual”, ni como “pareja homosexual”. En vez del uso adjetivo del término “homosexual”, sería más exacto el uso adverbial: “homosexualmente”, para modificar a los verbos “amarse”, “quererse” y “unirse”.
(Mejor aún, “homo-agapéticamente”, con las dos raíces griegas de igualdad –homo- y amor-agape-).
La Relatio del Sínodo de los obispos, en su número 55 y en su pregunta 40, es, por una parte, insuficiente y se ha quedado corta, por carta de menos; por otra parte, se pasa, por carta de más.
Es insuficiente, al limitarse a decir tímidamente que “hombres y mujeres con tendencias homosexuales deben ser atendidos con respeto y delicadeza”, o al preguntar “de qué modo ofrecer el cuidado en estas situaciones”.
En cambio, se pasa, por carta de más” al decir tajantemente, citando el texto ratzingeriano de la Congregación para la Doctrina de la fe, que “no existe ningún fundamento para asimilar o establecer analogías, ni siquiera remotas, entre las uniones homosexuales y el designio de Dios sobre el matrimonio y la familia”. Decir esto está en contradicción con la recomendación que hace de evitar “todo signo de discriminación injusta” (por cierto, dice: “sobre ellos”, con lo cual no parece referirse inclusivamente al tema gaylésbico).
Menos mal que “alguien del comité redactor” (?) consiguió introducir en el texto de la pregunta 40 (no en el texto de la Relatio, n.55) la frase “a la luz del Evangelio”, cuando habla sobre el “cuidado a las personas en estas situaciones a la luz del Evangelio”.
Aquí aparecen las tres palabras clave: la persona, la situación y el Evangelio, que dan el criterio para evitar toda discriminación y homofobia. Está en contradicción con este criterio todo el resto del texto recién criticado.
Propondríamos como respuesta a la pregunta y como propuesta para el próximo Sínodo, que se enfoque esta problemática como ética de las relaciones, más que como ética de la sexualidad; como pluralidad y pluriformidad en los modelos de relación y de familia, en vez del pensamiento único presuntamente conocedor de un supuesto designio divino; y como ética de valores evangélicos en situación, en vez de normas abstractas desencarnadas.