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Prolongando los posts anteriores, merece recomendarse el artículo del Dr. Diego Gracia sobre “El estatuto de las células embrionarias”, en su libro Como arqueros al blanco, (ed. Triacastela, Madrid, 2004, pp.369-394).
El Dr. Diego Gracia -médico, filósofo, historiador de la medicina, pionero de la Bioética hispánica y fundador del Master de Bioética de la Universidad Complutense-, explica detalladamente por qué “no toda célula embrionaria es totipotente, ni toda célula totipotente tiene por qué ser embrionaria” (p.385.
Se refiere a los muchos factores necesarios para que comience una realidad nueva: “La constitución de una realidad biológica nueva y autónoma es un proceso que requiere la interacción de informaciones muy distintas, en un espacio determinado y a lo largo de un cierto tiempo. El período embrionario es el tiempo de interacción de todo ese complejo conjunto de informaciones”.
Si antes de la implantación asistimos a un proceso de diferenciación, después se trata de un proceso de constitución. “La fase embrionaria es ese contexto, que dará lugar a una nueva realidad biológica, siempre que converjan todas y cada una de las condiciones, voluntaria o involuntariamente, que son necesarias para el logro de esa nueva realidad biológica”.
Este enfoque de biología y filosofía procesuales lleva a repensar, como dice el Dr. Gracia, “términos fundamentales hasta ahora tenidos por intocables, como los de célula embrionaria, realidad embrionaria, embrión, etc.”
Concluye que “un ser vivo se define como un fenómeno constituído y no como un mero programa genético” (id. p. 386).
(Continuará)
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