La revelación divina

Palabra de Dios
El trabajo de la Constitución Dei Verbum se prolongó durante toda la asamblea conciliar, fue de las primeras en ser presentadas y la última en ser aprobada, pues se redactaron cuatro esquemas. El primero, fue rechazado por los obispos por su carácter demasiado escolástico, muy apologético y demasiado conceptual. Las sucesivas correcciones fueron afinando el texto hasta lograr su forma definitiva.

El Concilio Vaticano II libró un debate sobre las fuentes de la Revelación y expuso de una manera adecuada la realidad de la Revelación, aparecieron claras las relaciones del Magisterio con la Escritura y de la Tradición con la Escritura.

Se afirmará que la Sagrada Escritura es el fundamento de la teología y por consiguiente toda la labor teológica debe arrancar de la Escritura y apoyarse siempre en ella. El Concilio dejará claro que la Escritura vigoriza, rejuvenece la teología y la nutre con su propia savia. Cuando el Concilio Vaticano II habló de la necesidad de que el estudio de la Escritura fuera “el alma” de la teología, expresión tomada de León XIII y de Benedicto XV, era porque el método teológico que se usaba entonces la relegaba a ser un puro corolario de las afirmaciones dogmáticas. Ésto no significaba que la investigación teológica se centrara sólo en los textos bíblicos pero sí quedaba bien asentada la preeminencia de la Sagrada Escritura, Palabra auténtica de Dios, en la teología, la pastoral, la predicación o la catequesis. Se recomienda la lectura asidua, atenta y profunda de la Sagrada Escritura, tesoro de la revelación confiado a la Iglesia y se recomienda que las traducciones sean esmeradas. La concepción de la verdad en la Biblia recibe también una nueva luz (Cf. GRILLMEIER, A., «La Sagrada escritura en la vida de la Iglesia», en “La Revelación divina”, t. II, pp. 148-159.).

No podemos olvidar que el Secretariado para la Unidad de los Cristianos contribuyó en gran medida a dar a la Dei Verbum una inspiración ecuménica.

HISTORIA

El 18 de noviembre de 1965, en la octava sesión del Concilio, fue promulgada por el Papa Pablo VI la Constitución Dogmática sobre la Divina Revelación. Aparecía así uno de los documentos más breves y al mismo tiempo de más rica doctrina que ha promulgado el Concilio Vaticano II. La Dei Verbum fue un documento de larga gestación. Desde el primer esquema hasta su redacción final realizó un recorrido con el permanente afán por profundizar con fidelidad en temas tan densos que se fueron concretando hasta llegar finalmente a proponer «la doctrina auténtica sobre la Revelación y su transmisión: para que todo el mundo, con el anuncio de la salvación, oyendo crea, y creyendo espere, y esperando ame»(DV 1).

El alcance y la valoración de este proceso lo explica muy bien el cardenal Henri de Lubac: «En esta Constitución Dei Verbum se ventilan la idea de la Revelación lo mismo que los conceptos íntimamente ligados con ella, como son los conceptos de tradición e inspiración. Ésta era la primera vez que un concilio se ponía a estudiar "de una manera tan consciente y metódica las categorías más fundamentales y primordiales del cristianismo"» (LUBAC, HENRI DE, «Comentario al preámbulo y al capítulo primero», en “La Revelación divina”, t. I, p. 349.).

Cuidadosamente examinada y revisada, la Constitución vio finalmente la luz en 1965, la aprobación de la asamblea conciliar manifestaba la práctica unanimidad. De los 2.350 padres conciliares presentes, 2.344 votaron placet y sólo 6 votaron non placet. La promulgación de la Dei Verbum por el Papa Pablo VI ofrecía a la Iglesia un invalorable documento para guiar su camino de renovación.

A partir de diversos artículos del libro La Revelación divina de Dupuy, dir., destacamos algunos puntos importantes entorno a la Revelación.

CONSTITUCIÓN DOGMÁTICA SOBRE LA DIVINA REVELACIÓN

LA SAGRADA ESCRITURA EN LA VIDA DE LA IGLESIA
(Cf. GRILLMEIER, A., «La Sagrada escritura en la vida de la Iglesia», en “La Revelación divina”, t. II, pp. 127-147.)

Debemos recordar que el título del capítulo VI de la Dei Verbum experimentó varias modificaciones, en un principio era “De Sacra Scriptura in Ecclesia”, para, en cierta manera, acentuar el binomio Iglesia-Escritura.

En el primer proyecto de la Constitución, elaborado por la comisión teológica de 1961, se hablaba del «tesoro celestial de los libros sagrados, que el Espíritu Santo entregó a los hombres por manos de la Iglesia en su inmenso amor y generosidad», en este texto se expresaba que la Iglesia recibió la Escritura para beneficio de la humanidad.

El Concilio pretende declarar que la comprensión católica de la Escritura nos brinda también múltiples posibilidades, todavía inexploradas, para hacer que ese don de Dios resulte fructuoso para la vida de la Iglesia. La Escritura puede y debe, pues, ser la norma y el alimento de la predicación de la Iglesia y de toda la vida cristiana. Pero no por eso se convierte el cristianismo en una “religión del libro”, en un culto esclavo de la letra muerta. Se insiste en que la Escritura vigoriza y rejuvenece la tradición.

Ya desde el inicio hubo un esfuerzo por describir en términos más cálidos el papel de la Escritura en la vida de la Iglesia y la importancia de los libros sagrados en ella. Se comparó la Sagrada Escritura a la Eucaristía, dando así una gran importancia a la mesa de la Palabra. La Escritura desempeñara el papel de “regla de fe” objetiva: «y es que la Escritura fue inspirada y consignada por escrito de una vez para siempre». (GRILLMEIER, A., «La Sagrada escritura en la vida de la Iglesia», en “La Revelación divina”, t. II, p. 138.)

En consecuencia, el Concilio considera que el estudio de la Sagrada Escritura constituye la misión y la tarea de toda la Iglesia; que la autoridad de la Iglesia es el tribunal supremo establecido por Dios para dirimir las cuestiones de interpretación de la Palabra divina y que es esencial la investigación exegética.

ESCRITURA, TRADICIÓN Y MAGISTERIO (Cf. SCHLINK, E., «Escritura, tradición y magisterio según la Constitución Dei Verbum», en “La Revelación divina”, t. II, pp. 211-227.)

Cada vez que se abría una sesión del Concilio se portaba el Evangelio procesionalmente por la nave central de San Pedro, mientras se cantaba “Christus vincit, Christus regnat”, era una manera simbólica de reconocer el Evangelio como centro de las decisiones recordando como en la Iglesia antigua que Cristo es el centro de las Sagradas Escrituras y que está presente en el texto bíblico. A pesar de esta entronización del Evangelio, el Concilio no comentó demasiados textos bíblicos, la argumentación bíblica quedaba por debajo del dogma o bien servía para reafirmarlo.

Dos circunstancias contribuyeron a la discusión, la primera, la nueva exégesis católica y la segunda, los trabajos del teólogo Geiselmann sobre la interpretación de las fórmulas tridentinas referentes a la relación Escritura-Tradición.

Al hablar de la Revelación, la Constitución del Vaticano II no opone unilateralmente la revelación de Dios en Cristo a la revelación natural, como hacía el Concilio Vaticano I; sino que la concibe como la culminación de la acción reveladora de Dios a través de toda la historia.

El Concilio enseña el carácter definitivo de la revelación de Dios en Jesucristo, conforme a la doctrina corriente de todas las Iglesias: Jesucristo, dice, «con su total presencia y manifestación personal, con palabras y obras, señales y milagros, y, sobre todo, con su muerte y resurrección gloriosa de entre los muertos, finalmente, con el envío del Espíritu de verdad, completa la Revelación y la confirma con testimonio divino» (DV 4).

Dios es el autor de las Escrituras, y se sirvió de los autores humanos como instrumentos especialmente escogidos para realizar esa labor, los cuales ejercieron en su redacción sus propias facultades y sus propias cualidades.

La Dei Verbum no desea adoptar ninguna decisión sobre la relación Escritura- Tradición, aunque gracias al Concilio Vaticano II la noción de Tradición ha adquirido una importancia superior a la que le concedían las fórmulas del Concilio tridentino. Si la Iglesia siempre consideró que la Escritura constituía la regla suprema de la fe, siempre entendió que era “a una con la sagrada Tradición”.

El hecho de haber dejado impreciso el concepto de Tradición lo mismo que la doctrina adoptada por el Concilio sobre la relación entre Tradición y Escritura, tienen un alcance ecuménico positivo. La Sagrada Escritura es criterio común a todas las confesiones pero la dificultad radica en que, según la Dei Verbum, la Biblia está inseparablemente ligada a la Tradición y esto puede reducir la base del diálogo ecuménico.

DESDE LA PERSPECTIVA ORTODOXA (Cf. SCRIMA, A., «Revelación y Tradición en la Constitución Dogmática “Dei Verbum” desde un punto de vista ortodoxo», en “La Revelación divina”, t. II, pp. 243-265 y KNIAZEFF, A., «Reflexiones sobre los capítulos III a VI de la Constitución sobre la Revelación divina», en “La Revelación divina”, t. II, pp. 265-284.)

Los teólogos ortodoxos siguen con interés la elaboración de la Constitución sobre la Revelación divina, ven cómo la Iglesia católica cambia su postura, se libra del influjo de la teología de la Contrarreforma y legitima el uso del método histórico en la exégesis de la Sagrada Escritura.

El cristianismo oriental siempre tuvo la Biblia como auténtica Palabra de Dios y jamás separó la Escritura de la Tradición y mucho menos las contrapuso; fue Occidente que planteó el problema relativo a la Revelación, en general, y a la Sagrada Escritura, en particular.

Para Scrima los dos primeros capítulos de la Dei Verbum exponen claramente su alcance teológico y eclesial, representan el fundamento implícito de todo el trabajo conciliar, y marcan las principales líneas de fuerza de la orientación pastoral.

Desde el ecumenismo, este documento inicia la superación de una época de controversias y entra de lleno en el proceso de elaboración teológica de la Palabra de Dios. La ortodoxia hubiera deseado que se pusiese más relieve a la implicación entre economía y liturgia, pues “lo litúrgico” no puede reducirse de ninguna manera al “rito” sino que representa la actualización sacramental del misterio del Dios vivo.

El segundo capítulo de la Constitución, que trata de la transmisión de la Revelación divina, sabe encontrar la relación entre la “localización temporal” de la Revelación y su “actualización presente”. Querer contraponer Escritura y Tradición es desnaturalizarlas. La Tradición arranca de la Encarnación.

Kniazeff, antes de enumerar, según su punto de vista, las carencias del documento, enumera las virtudes de éste y afirma que no existen entre la Iglesia católica y la Iglesia ortodoxa divergencias en lo que respecta a la Sagrada Escritura.

Valora el documento conciliar pues recuerda acertadamente al mundo de hoy que la Sagrada Escritura es la Palabra de Dios, fundamento de la fe y afirma que los creyentes actuales deben buscar al Dios de Abraham, de Isaac, de Jacob y de Jesucristo y no, el Dios de filósofos y sabios. También valora que acentúe el origen apostólico y la historicidad de los Evangelios frente al relativismo contemporáneo, pues la Constitución sobre la Revelación, reafirma el carácter histórico de la religión cristiana: Dios entró en la historia del mundo. Se unen el aspecto doctrinal y pastoral.

Pone mucho énfasis en que la acción de Dios coopera plenamente con la acción del hombre, pero sin aniquilar la naturaleza humana ni suprimir su libertad, pone de relieve la Constitución, el hecho de que Dios al manifestarse en la Escritura tiene en cuenta las características de nuestra naturaleza, traduciendo su pensamiento al idioma humano.

Dei Verbum afirma que es el Espíritu quien actúa en la Escritura y en la Iglesia y apremia a prestar atención al contenido y a la unidad de toda la Sagrada Escritura, teniendo en cuenta la Tradición. Todo esto confirma el pensamiento de la Iglesia ortodoxa que afirma la existencia de un lazo indisoluble entre la Escritura y la Tradición o lo que es lo mismo, entre la Sagrada Escritura y la Iglesia, puesto que la Escritura fue confiada al Pueblo de Dios integrado en Iglesia. Iglesia y Palabra divina están fundadas sobre el mismo Cristo y sobre el mismo Espíritu de verdad.

Dicho esto, Kniazeff, presenta unos puntos de desacuerdo referidos a la manera de exponer teológicamente la naturaleza, alcance y límites de la inspiración con que Dios favoreció a los autores de los libros sagrados, aun reconociendo que el Concilio fue más pastoral que teológico. Para él, la Dei Verbum no aporta soluciones a cuestiones como la relación entre la Biblia y la ciencia, faltaría precisar bien el concepto de inspiración y dar más relieve a la dimensión divina de la Sagrada Escritura para mostrar la superioridad de ésta sobre los demás libros piadosos. El Concilio debería animar a buscar a Dios donde seguro que actúa y habla, en la Sagrada Escritura.

Faltaría también precisar más el papel de la Sagrada Escritura en la liturgia, entendida como la actualización de la Revelación y la importancia del Antiguo Testamento, pues aunque la Constitución afirma la unidad de ambos Testamentos no precisa si el Antiguo tiene una importancia figurativa o exclusiva. Para el autor, el Antiguo Testamento continúa siendo “el pedagogo” que conduce a Cristo, y tiene puntos doctrinales de suma importancia como la creación del mundo, del hombre, etc.

Y por último, destaca la relación entre la Escritura y la Tradición, entendida ésta segunda como la conciencia religiosa de la Iglesia. El Espíritu de verdad que actúa en la Iglesia le infundiría un conocimiento directo de Dios, haciéndole revivir constantemente las experiencias de los testigos de Dios y transmitiéndolas de generación en generación.

Así la teología se apoya en la Escritura y en la Tradición y como los otros autores destaca, siguiendo el texto de la Dei Verbum, que la Sagrada Escritura debe ser el alma de la teología, pues es un lugar privilegiado de la presencia divina.

EL ECUMENISMO (Cf. DUPUY, B. D, «El alcance de la Constitución ‘Dei Verbum’», en “La Revelación divina”, t. II, pp. 285-297.)

Los observadores del Concilio interesados en el ecumenismo pusieron sus miradas en el Decreto sobre el ecumenismo y la Declaración sobre la libertad religiosa pero resulta que donde más a fondo se vio la orientación ecuménica del Concilio fue precisamente en la Dei Verbum.

Concluye una larga etapa de actitud polémica en la teología católica, se descartan los “anatemas” y surge una Iglesia católica cambiada, que se ha lavado la cara y adopta una actitud que se remonta a los orígenes de la Iglesia, a la Iglesia del primer milenio. Se busca incansablemente integrar la teología pastoral y la teología doctrinal, que tanto había predominado. Era integrar la unidad de ambas en una teología fundada en la Palabra de Dios.

El Concilio no pretende sólo completar la obra de Trento y Vaticano I, sino que desea rehacer el camino, y para eso, parte de la Revelación, de la Palabra de Dios transmitida por la Tradición, a fin de ver si realmente el testimonio cristiano se ha transmitido al mundo. Surge una reforma interior desde la perspectiva teológica que hace que la Iglesia se pregunte cómo conjugar una reforma a la luz de la Escritura sin perder la Tradición. Será, pues, la Dei Verbum, un documento fundamental para el diálogo ecuménico.

Dupuy destaca tres aspectos de renovación: 1/ Se superan las fórmulas polémicas, 2/ se concibe la teología de manera menos escolástica y más existencial y 3/ se da un enfoque más bíblico al concepto de “verdad”.

RECHAZO DE LA TEOLOGÍA POLÉMICA

Aunque el texto de la Dei Verbum, en especial, el capítulo II, el más controvertido, presenta fórmulas que podrían parecer de compromiso y quizás no tiene la frescura de otros documentos conciliares, no puede negarse su rigor en el análisis de la discusión teológica y el querer aclarar los puntos en que diferían los hermanos separados. Con la teología polémica no puede resolverse la división de las iglesias cristianas pero tampoco la Iglesia católica puede renunciar a la sucesión apostólica y el luteranismo no puede renunciar a la justificación por la fe como algo fundamental. Entonces, lo que se puede hacer es estar atentos a las indicaciones del Espíritu Santo para llegar a la unión.

En todo caso, es indiscutible el alcance ecuménico de la Constitución Dei Verbum, que apoyada sobre la Tradición, los concilios de Trento y Vaticano I, aboga por un nuevo camino de búsqueda de la unidad, situando la Sagrada Escritura como principio y fundamento del quehacer teológico.

LA LABOR DEL TEÓLOGO

Juan XXIII deseaba que se encontrara un lenguaje más comprensible para el mundo actual, que se conjugara el espíritu evangélico con el mundo contemporáneo. Es así como cambia, en cierta manera, la labor del teólogo: no tanto como especialista sino como un servicio de Iglesia que se propone explicar el proceder de ésta. Es así como se puede decir que los simples fieles son teólogos en el acto de creer y el “profesional” de la teología los aventaja por estar familiarizado con las disciplinas que necesita conocer quien investiga la fe. Por tanto, la Dei Verbum, no concibe la teología como ciencia estrictamente sino «como la expresión del proceder del creyente, que vive de Dios, y que discierne a la luz de su fe todas las verdades ocultas en el misterio de Dios» (DUPUY, B. D, «El alcance de la Constitución ‘Dei Verbum’», en “La Revelación divina”, t. II, p. 291.). Es una teología más existencial y mucho menos, escolástica.

El teólogo tiene que recurrir constantemente a las fuentes o la teología no podrá mantenerse viva, porque ellas son el altavoz que transmite la Palabra de Dios. Esta manera de hacer está en armonía con el buen hacer del Concilio en lo referido al trabajo pastoral y ecuménico. Dupuy, al igual que Grillmeier, insiste en que la teología está llamada a «rejuvenecerse eternamente» (DV 24).

LA VERDAD EN LA SAGRADA ESCRITURA

La Iglesia tiene la misión de atraer a los hombres a la verdad que Dios nos manifestó en la Sagrada Escritura para nuestra salvación. Verdad, en singular, para la salvación de la humanidad. Pero la verdad que nos descubre la Revelación es una realidad y una vida, una verdad que actúa en la historia desde que Dios se manifestó a los hombres y la consumó en Jesucristo. Estamos llamados a caminar en la verdad.

La Dei Verbum afirma que la verdad que se transmite en la Iglesia es la verdad salvadora. La Iglesia transmite una Revelación. La verdad de la Sagrada Escritura tiene una profundidad insospechada por la teología antigua. En la mentalidad bíblica, la verdad es sabiduría, justicia y vida y se manifiesta en Jesús, camino, verdad y vida. La Iglesia debe mantenerse en esta Verdad e irla conociendo y descubriendo de manera nueva y más honda.

Una vez más el Concilio profundiza teológicamente y esclarece el alcance de lo que se entiende por verdad bíblica, desde la perspectiva de la Revelación y desde su finalidad salvífica se ilumina la noción de verdad en los libros de la Biblia, que puede permitir cada vez más, un acercamiento a los cristianos separados.

CONCLUSIÓN

La Dei Verbum expresa el afán unánime del mundo cristiano de nuestros días en su ansia de unidad y de síntesis en la aproximación a los fundamentos de nuestra fe. Como dice el cardenal Henri de Lubac: «uno de los principales méritos de la Constitución Dei Verbum es el de haber devuelto todo a la unidad. Unidad del Revelador y de lo Revelado: Jesucristo, autor y consumador de nuestra fe; unidad en Él de los dos Testamentos, que a Él rinden testimonio; unidad de la Escritura y de la Tradición, que no pueden jamás separarse; unidad, presentada en el último capítulo, del Verbo de Dios bajo las dos formas con las cuales Él se hace presente entre nosotros: la Escritura y la Eucaristía» (DE LUBAC, H., La Révélation divine, p. 174.).

Y aún afirma que la Constitución Dei Verbum significa «no sólo un progreso, sino un verdadero cambio de perspectiva con referencia al primer esquema preparatorio. Este cambio fue posible gracias a los cambios de distinto orden producidos a lo largo de los últimos cincuenta años en los estudios teológicos y escriturísticos. Pero renovación no significa novedad: al contrario, es la tradición más antigua y auténtica la que ha recuperado toda su fuerza. Si el texto conciliar que la condensa y la confirma es suficientemente estudiado, comprendido y aplicado en los próximos años, habrá significado el inicio de una renovación más extensa, no sólo en la teología, sino en toda la vida creyente» (DE LUBAC, H., La Révélation divine, p. 175.).

BIBLIOGRAFÍA

• DUPUY, B.D. (DIR.), La Revelación divina. Constitución Dogmática «Dei Verbum», Taurus, Madrid 1970, 2 tomos.

• DE LUBAC, H., S.J., La Révélation divine, Cerf, París 1983.

Texto: Sor Gemma Morató i Sendra.
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