"Las preguntas de los cardenales, más que dudas parecen formular tesis" Mi opinión sobre las "dudas" cardenalicias (antes de leer las del Papa)
Más que dudas parecen formular tesis. Están todas redactadas de tal forma (con argumentos y todo) que parecen forzar una determinada respuesta
Pero podría ser bueno que diversas opiniones sobre esos “dubia” se expresasen y se confrontasen; y ojalá se fuese llegando a acuerdos en una especie de “sinodalidad teológica”
Observación previa.
Redacto estas notas antes de conocer la respuesta que supongo dará el papa. Por eso quiero dejar bien claro que hablo solo de una “opinión personal”, no de “respuesta”.
No soy quién para responder. Pero podría ser bueno que diversas opiniones sobre esos “dubia” se expresasen y se confrontasen; y ojalá se fuese llegando a acuerdos en una especie de “sinodalidad teológica”.
Y es que las preguntas de los cardenales, más que dudas parecen formular tesis. Están todas redactadas de tal forma (con argumentos y todo) que parecen forzar una determinada respuesta. De tal modo que la respuesta contraria desautorizaría a Francisco. Por eso el papa se negó a responder simplemente “sí” o “no”, al primer envío.
Ateniéndome pues a la redacción del segundo envío de dudas, trataré de reflexionar sobre ellas.
1.- ¿Es posible que la Iglesia enseñe hoy doctrinas contrarias a las que ha enseñado anteriormente en materia de fe y moral, ya sea por el papa ex cathedra ya por las definiciones de un concilio ecuménico, ya sea en magisterio ordinario de los obispos dispersos por el mundo?
Así formulado no sería posible. Pero caben otras varias hipótesis: es posible que se den como enseñadas de ese modo doctrinas que no lo han sido en realidad. Es posible que nuevas certezas científicas obliguen a matizar algunos aspectos de esas enseñanzas sin que eso signifique enseñar lo contrario. Es posible que se considere como magisterio ordinario de los obispos de todo el mundo, lo que no era propiamente un magisterio sino una doctrina en la que ellos mismos habían sido enseñados.
Yo fui instruido en que la fe la resurrección corporal impedía la quema de cadáveres que habían de ser enterrados siempre. Hacia 1964, esa enseñanza desapareció y la Iglesia aceptó la incineración, con escándalo de algunos. En todas las escuelas católicas se enseñan hoy doctrinas contrarias a las respuestas de la llamada “pontificia comisión bíblica” sobre algunos problemas de la Escritura (autoría por Moisés del Pentateuco etc.) Por supuesto, todas esas no eran enseñanzas ex cathedra ni de un concilio ecuménico. Pero la manera como se imponían (sin contradicción posible o sancionando a los contradictores) llevaba a creer que formaban parte del magisterio ordinario de todos los obispos. La Constitución Dei Verbum del Vaticano II modificó decisivamente el modo como hasta entonces había enseñado la Iglesia las relaciones entre escritura y tradición, con aquel famoso eslogan de “las dos fuentes”. Y la historia de la Iglesia enseña que cambios muy oportunos o necesarios no se produjeron sin grandes resistencias de algunos grupos (ahí esté el ejemplo de la confesión privada, “inventada” por los irlandeses).
Por tanto: se puede responder que no a la pregunta. Pero la cuestión es si algunas de las enseñanzas de Francisco entran en esos presupuestos. Mi opinión personal es que no entran.
2.- ¿Es posible que en algunas circunstancias un pastor pueda bendecir uniones entre personas homosexuales sugiriendo así que el comportamiento homosexual como tal no sería contrario a la ley de Dios y al camino de la persona hacia Dios? ¿Sigue siendo válida la enseñanza sostenida por el magisterio universal ordinario, según el cual todo acto sexual fuera del matrimonio y en particular los actos homosexuales constituyen un pecado objetivamente grave contra la ley de Dios independientemente de las circunstancias en que tenga lugar y de la intención con que se realice?
Comenzando por el final, creo que ningún acto puede pecar gravemente contra la ley de Dios si prescindimos de la intención con que se realice. La moral clásica tenía una distinción elemental entre pecado “material” y pecado “formal”. Solo de este segundo cabía decir que era un pecado objetivamente grave contra la ley de Dios. Hubo papas que aplicaron penas de muerte; y el magisterio eclesiástico estuvo defendiendo la legitimidad de esa sanción hasta hace bien poco. Recordemos también que, según la moral tradicional, se requieren tres cosas para un pecado mortal: la gravedad objetiva de esa conducta, la plena conciencia de esa gravedad y la total libertad a la hora de actuar. Cuidado pues no busquemos pecados donde quizá no los hay, pues eso sería un faso argumento.
En materia sexual, la pregunta parece dar por sentado que no existe lo que llamaban “parvedad de materia”. Sin entrar ahora en tal cuestión, esa no ha sido nunca enseñanza oficial de la Iglesia: como si una “mínima delectación consentida” (se decía) fuese siempre pecado grave, mientras que robar (digamos arbitrariamente como ejemplo) 190 euros en vez de 200, fuese solo pecado venial por no llegar a la cifra establecida como materia grave.
¿El comportamiento homosexual es siempre contrario a la ley de Dios? Quizá tampoco cabe aquí un sí o no sin más. La dura crítica de la carta de Pablo a los romanos contra la homosexualidad parece tener in mente unas conductas que brotan no de una condición homosexual con la que se nace (Pablo no tenía ni idea de esta posibilidad) sino de lo que era la práctica homosexual en el mundo griego. Es decir: unas veces resultado de una vida sexual sin control que quedaba siempre insatisfecha y acaba buscando caminos nuevos[1]. Otras veces resultado de que la condición social y cultural de la mujer era tan ínfima que no se podía tener con ella algún tipo de comunicación psicológica que acompañase al contacto corporal.
Pero la ciencia ha establecido hoy la existencia de algunos homosexuales “genéticos”: no se lo han buscado ellos sino que han nacido así. Ante este hecho unos considerarán (quizá en defensa propia) que se trata de una mera variante como el tener los ojos negros o azules. Otros creen más bien que hay ahí algún fallo de la naturaleza. Sea lo que sea, el hecho es que los homosexuales “están ahí”, son hijos de Dios, sufren (o han sufrido) un enorme rechazo social y tienen derecho a su dignidad de hijos del Altísimo y a la fraternidad humana. Los autores de las “dudas” no parecen haberse tropezado nunca con el dolor y la desesperación del muchacho que, conforme va entrando en la pubertad, se descubre homosexual.
Es posible que los autores de las dudas acepten esto, pero respondan que el único camino para esos casos es una vida de castidad perpetua, porque los actos homosexuales siguen siendo siempre intrínsecamente deshonestos. A esto caben dos respuestas: la primera es que a nadie se le puede imponer un celibato perpetuo contra su voluntad; porque Dios no quiere que seamos tentados por encima de nuestras fuerzas.
La segunda respuesta la traté en uno de mis últimos libros y pido por eso que se me permita aquí una larga cita:
“El dominico Adriano Oliva ofreció hace poco un texto de santo Tomás, que permite al menos establecer la distinción entre homosexualidad y sodomía. Comencemos con ese texto del Aquinate.
“
Se llama natural lo que es conforme a la naturaleza. Pero en el ser humano la naturaleza puede entenderse de dos maneras: una atendiendo a la razón y al entendimiento que son lo más profundamente humano: porque son los que le convierten en “humanidad”. Según este modo de entender llamaremos placer natural al que corresponda al ser humano de acuerdo con la razón. Por ejemplo: deleitarse en la contemplación de la verdad y en actos virtuosos es algo natural en el ser humano. La otra manera entiende la naturaleza en el hombre como algo que se comparte con la razón, es decir: algo que no obedece a la razón pero es común al hombre y a otros. De acuerdo con esto, todo lo que pertenece a la conservación corporal ya sea del individuo (como alimento, bebida, techo etc.) ya de la especie (como lo sexual) son llamados también placeres humanos naturales. Y en estas otras formas de placer hay algunas que son antinaturales hablando en general, pero son de algún modo connaturales: pues a veces a algunos individuos se les corrompe algo que forma parte de los constitutivos naturales de la especie y entonces resulta que aquello que es contra la naturaleza de la especie, accidentalmente resulta natural para ese individuo: pasa como con el agua que, si está caliente, calentará naturalmente. Así puede resultar que algo que es contrario a la naturaleza humana (tanto por lo que toca a la razón como por lo que toca a la conservación del hombre), resulte natural para ese individuo por alguna corrupción de su naturaleza. Y esta corrupción puede darse o en lo corporal (como es la enfermedad que hace que resulten amargas cosas dulces)… o bien en lo anímico como cuando, por un hábito, sienten algunos placer en la antropofagia, o en copular con machos o con animales, que es cosa contraria a la naturaleza humana en general” (1ª2ae q 31, a7).
El texto pone bien de relieve lo peligroso que es argumentar desde una idea genérica de naturaleza: porque lo único que existe son individuos particulares, no abstracciones universales. Esto llevó a Nietzsche, siglos más tarde, a hablar de la mentira de nuestro conocimiento[2]. Pero, ya antes, los escolásticos había acuñado un axioma tan importante como olvidado: “individuum est ineffabile”. Y la moral es cosa de individuos. Pese a eso, temo que los homosexuales no aceptarán el texto citado, porque Tomas habla de una “corrupción”, cosa que les resultará ofensiva… Ese rechazo puede obviarse si hablamos simplemente de una “modificación” de la naturaleza; y el ejemplo que pone Tomás a continuación avala este cambio: a la naturaleza del agua no pertenece el calentar pero, si un agua está caliente, calentará. Y el estar caliente no es ninguna corrupción sino sólo una modificación del agua. Del agua podemos pasar a la naturaleza humana: ser daltónico o celíaco no son exactamente una corrupción, sino unas modificaciones minoritarias de la naturaleza humana; y nadie ha pensado en suprimirlas sino en adaptar las conductas a esa modificación, aunque sin pretender convertir esa adaptación en ley universal para todos los demás”[3].
Hasta aquí una cita ya vieja. La observación de Tomás de que algo que, en abstracto, es antinatural puede en algunos casos concretos ser connatural, me parece decisiva. Y temo que los autores de las preguntas piensen solo en abstracto y no en concreto. Se parecerían más al arzobispo de París, cuando condenó a Tomás, que a Jesús de Nazaret cuando sus discípulos arrancaban espigas en sábado. Es también innegable que algunas parejas homosexuales han llevado una vida de más respeto y más fidelidad, que muchas parejas heterosexuales. No sé si serán muchas o pocas pero sé que (como las meigas) “haberlas haylas”.
Surge entonces la pregunta con que comenzaba este “dubium”, pero ahora desligada del presupuesto de que se trata de bendecir un comportamiento siempre contrario a la ley de Dios: ¿es posible que algunas veces un pastor pueda bendecir una unión entre parejas homosexuales?
Posible lo es aunque, como creo que avisaba Francisco, habría que asegurar que eso no sea un primer paso disimulado para acabar convirtiendo esa unión en sacramento. Pero mi reflexión sobre esta pregunta va más bien por otro camino: ¿debe un presbítero “bendecir”, como si fuera Dios? ¿O ha sido esa práctica un paso en falso hacia esa sacralización del ministerio eclesial, que ha terminado generando ese clericalismo tan nefasto? Recuero que Francisco el día de su elección solo aceptó bendecir a los fieles a cambio de que estos le bendijeran a él. Recuerdo también que aquello provocó la protesta indignada de algún obispo “¡solo el cura puede bendecir!”. Mientras que el gesto de Francisco equiparaba el poder ante Dios del cura y del laico. Pues bien; como presbítero me encuentro muy de acuerdo esa equiparación: soy un servidor de la Iglesia y de la comunidad creyente pero de ninguna manera soy “más propietario” de Dios[4]. Y cuando alguien viene a pedirme que, como cura, rece por alguna intención suya y me dice “porque tú estás más cerca de Dios”, suelo responderme que rezaré por él solo como cristiano.
Descartando pues, por ambiguo e interesado, el gesto de la bendición, lo que sí es posible es que tanto el pastor como la comunidad oren y reclamen la bendición de Dios para una pareja homosexual.
3.- El sínodo de los obispos que se celebra en Roma y que incluye una escogida representación de pastores y fieles ¿ejercerá, en las cuestiones doctrinales o pastorales sobre las que deberá expresarse, la suprema autoridad de la iglesia que pertenece exclusivamente al romano pontífice y “una cum capite suo” al colegio de los obispos?
Esta cuestión se había insinuado ya hace tiempo con la demanda de que el sínodo de obispos, instituido tras el Vaticano II, tuviera un carácter no solo consultivo sino deliberativo. Si lo que se está buscando es que la Iglesia sea “sinodal”, cabe esperar que el sínodo no sea un grupo de obispos que ejerce (con Francisco) “la suprema autoridad de la Iglesia” sino solo un primer paso hacia esa sinodalidad total. Pero la contraposición entre “el colegio de los obispos” y “una escogida representación de pastores y fieles” es engañosa porque en última instancia es el papa quien ejerce esa autoridad y (según los mismos autores de la pregunta) puede ejercerla consultando a quien quiera.
Late aquí otro problema práctico y es que, ante el número cada vez más creciente de obispos, un concilio ecuménico puede resultar materialmente imposible: ¡no es lo mismo un colegio de 11 apóstoles con Pedro que de 5000 “cum capite suo”! Por eso no sería de extrañar que en el futuro, los concilios ecuménicos ya no se celebren con asistencia de todo el episcopado mundial sino de unas delegaciones elegidas por cada conferencia episcopal, como creo que ya pasó en la iglesia primera, no por exceso de obispos sino por defecto de vías de comunicación. Pero eso no desacredita ya de entrada al sínodo que comienza mañana porque no pretende presentarse como un concilio ecuménico.
4.- ¿Podrá la iglesia en el futuro tener la facultad de conferir la ordenación sacerdotal a las mujeres contradiciendo así que la reserva exclusiva de este sacramento a los varones bautizados pertenece a la sustancia misma del sacramento del orden que la Iglesia no puede cambiar?
Personalmente creo que podrá porque (que yo sepa) en ningún sitio está dicho que pertenezca a la sustancia misma del sacramento del orden su reserva exclusiva a varones bautizados. Como ya cité en otro lugar, una voz tan autorizada como K. Rahner no veía problema en este punto, hace ya más de 50 años[5]. Por otro lado, esta pregunta resulta inútil dado que Francisco se ha manifestado más bien no partidario de esa ordenación presbiteral de mujeres, aunque por razones contrarias a las habituales. El tema de las diaconisas está en estudio, aunque lleva ya muchos años en ese estudio, quizás porque, aunque consta históricamente la existencia de diaconisas, lo que no se consigue demostrar históricamente es el carácter sacramental de aquellos diaconados femeninos.
Quizá también habría que añadir, por el otro lado, que es un error considerar esta como la reivindicación más decisiva y más urgente, tanto que sin ella la mujer parece excluida de la Iglesia. Posibilidades femeninas de trabajo apostólico sigue habiendo muchas, y cargos de autoridad creo que van a ir creciendo. Es también comprensible que, en un tema así, se prefiera buscar un consenso lo mayor posible, en vez de una imposición del sector “progresista” de la iglesia al sector conservador. También hay aquí problemas serios para el ecumenismo con las iglesias de Oriente. Y siempre queda la alternativa de poner a toda la Iglesia en estado de oración, pidiendo que, en este problema, busquemos todos cumplir la voluntad de Dios y nada más.
5.- ¿Puede recibir válidamente la absolución sacramental un penitente que, aun admitiendo un pecado, se niega a manifestar de cualquier modo la intención de no volver a cometerlo?
La pregunta parece presuponer que la absolución es algo así como la donación del perdón por Dios. Personalmente creo que no es así: Dios otorga su perdón desde el momento mismo en que el pecador peca. La absolución sacramental es más bien por un lado la recepción de ese perdón de Dios (por la expresión del arrepentimiento propio) y, por otro lado, la reconciliación con la Iglesia a la que siempre empañan y dañan nuestros pecados, como resultaba patente en las primeras formas históricas de penitencia.
Ahí queda claro que quien se manifiesta dispuesto a volver a cometerlo, ni recibe el perdón que Dios le ha dado ni se reconcilia con la Iglesia. Pero eso no quita ninguna vigencia a las palabras de Jesús cuando afirma que quienes necesitan médico no son los (que se creen) sanos sino los enfermos; y que Él no ha venido a llamar justos (supuestamente tales como matizaría el concilio de Trento) sino pecadores a penitencia. Aunque esto implicara comer públicamente con ellos y escandalizar a los bien pensantes.
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De estas reflexiones me surge la impresión de que las “dudas” no son propiamente tales sino una forma de preguntar que lo que busca es aquello que los evangelios dicen que buscaban muchas preguntas hechas a Jesús: “a ver si lo cogían en alguna palabra”[6]. Quedaría ahora, como dije al principio, conocer otras opiniones personales, que ojalá fueran muchas, para ir acercándonos poco a poco a consensos cada vez mayores.
(4 de octubre del 2023)
[1] Y a la que cabría aplicar la enseñanza de Buda cuando dice que los hombres buscan apagar su sed bebiendo agua salada.
[2] En un texto impactante y poco conocido: Verdad y mentira en sentido extramoral.
[3] Reconstruir las grandes palabras Mensajero 2018, pgs. 119-121.
[4] Aquí habría que tratar también (pero ya no cabe en estas páginas) la cuestión de si el presbítero o el responsable de la comunidad merece el nombre de “sacerdote”, cosa que el Nuevo Testamento evita sistemáticamente, y que luego la carta a los hebreos fundamenta cristológicamente. Remito para eso a Hombres de la comunidad. Reflexiones sobre el ministerio eclesial (Sal terrae 1989) y al capítulo 3 (dedicado a la carta a los hebreos) de El rostro humano de Dios: de la revolución de Jesús a la divinidad de Jesús (Sal terrae 2015).
[5] Cf. Cambio estructural en la Iglesia. P. 161 de la última edición española. Sin ninguna autoridad por mi parte, recomendaría a los autores de los “dubia” la lectura de ese libro.
[6] ut caperent eum in sermone (Mt 22,15).
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