La decisión de Bergoglio es consecuencia de la consulta a los obispos del mundo ¿Ha prohibido el Papa las misas en latín?
Tradiditionis custodes no puede ser leído e interpretado sin antes haber sido testigo de la carta que el Papa envía a los obispos del mundo y, más aún, sin el conjunto de las cartas apostólicas, también en forma de Motu Proprio, de sus predecesores en las que abordan esta reflexión apostando por la unidad de la Iglesia
Juan Pablo II emitió en 1988 el Motu Proprio Ecclesia Dei, en el que alertaba a los cristianos que quienes se adhirieran a Lefebvre rechazando el Concilio Vaticano II incurrirían en la grave pena de excomunión prevista por la disciplina eclesiástica
Benedicto XVI con Summorum Pontificum expone que la preocupación de los sumos pontífices siempre ha sido de que «la Iglesia de Cristo ofrezca a Dios una liturgia adaptada a las necesidades de cada época
Benedicto XVI con Summorum Pontificum expone que la preocupación de los sumos pontífices siempre ha sido de que «la Iglesia de Cristo ofrezca a Dios una liturgia adaptada a las necesidades de cada época
| Ricardo Mendoza Ramírez
El pasado viernes 16 de julio amanecimos con la publicación del Motu Proprio Traditionis Custodes con el que el papa Francisco intervenía en la normativa de la celebración de la misa bajo el rito romano antiguo y disponía de nuevas reglas para el bien de la unidad y comunión de la Iglesia.
Ante esto, muchos hermanos, como dice el dicho popular, pusieron el grito en cielo; sin embargo, la mayoría de ellos, primero abrieron la boca y después abrieron el documento para leerlo e interpretarlo, y el resto, no lo leerán por “salvaguardar la Tradición” bajo una forma sutil de ideología.
Tradiditionis custodes no puede ser leído e interpretado sin antes haber sido testigo de la carta que el Papa envía a los obispos del mundo y, más aún, sin el conjunto de las cartas apostólicas, también en forma de Motuo Proprio, de sus predecesores en las que abordan esta reflexión apostando por la unidad de la Iglesia.
Juan Pablo II en 1988, en virtud de la autoridad concedida por el Concilio Vaticano I al Romano Pontífice en la Constitución Pastor Aeternus, emitió el Motu Proprio Ecclesia Dei, en el que alertaba a los cristianos que la desobediencia de Mons. Lefebvre, bajo una «errada convicción de Tradición», había desembocado en un acto cismático y quienes se adhirieran a él rechazando el Concilio Vaticano II incurrían en la grave pena de excomunión prevista por la disciplina eclesiástica. Por tal motivo, llamaba a los obispos a salvaguardar la fidelidad a la Iglesia con una vigilancia clarividente, llena de caridad y fortaleza de forma que el deseo de Cristo: ut omnes unum sint llegará a su cumplimiento.
Por su parte, Benedicto XVI, gran teólogo y conocedor de la Historia y Tradición de la Iglesia, con su Mutuo Proprio Summorum Pontificum expone que la preocupación de los sumos pontífices siempre ha sido de que «la Iglesia de Cristo ofrezca a Dios un culto digno de alabanza y gloria de su nombre y para el bien de toda su santa Iglesia», por ello, ante esta necesidad se han renovado el culto de la Iglesia por medio de la edición de libros litúrgicos que permitan a la liturgia una puesta al día con la cultura adaptándose a las necesidades de cada época.
En materia litúrgica, el Summorum Pontificum de Benedicto XVI asume la reforma litúrgica del Concilio Vaticano II y confirma que el Misal Romano promulgado por Pablo VI es la expresión ordinaria de la Lex orandi de la Iglesia católica de rito latino. Sin embargo, ante la adhesión consciente, libre y plena de las formas litúrgicas anteriores al Concilio Vaticano II, en continuidad con Juan Pablo II, reconoce el Misal Romano promulgado por san Pío V, y nuevamente por Juan XXIII, como la expresión extraordinaria de la misma Lex orandi, de acuerdo a su venerable antigüedad.
Además, este documento de Benedicto XVI permite celebrar el Sacrificio de la Misa según la edición típica del Misal Romano promulgado por el beato Juan XXIII de forma extraordinaria en cualquier día, excepto en el Triduo Pascual, y en las diversas circunstancias que los fieles lo soliciten siempre y cuando halla atención pastoral de parte del párroco evitando la discordia y favoreciendo la unidad de toda la Iglesia, además, solicita a los obispos que de ser necesario se erijan parroquias para que se les brinde a estos hermanos las necesarias atenciones pastorales, con esta normativa, Benedicto XVI regula y permite en libertad eclesial la celebración de la Eucaristía bajo el esquema tridentino apostándole al camino de la re-conciliación con los grupos disidentes.
Dos años después, viendo que los caminos iniciados para conciliar la comunión eran ignorados por los miembros de Fraternidad San Pio X, Benedicto XVI reestructura la comisión Ecclesia Dei que Juan Pablo II había instituido para dialogar con el grupo disidente y la vincula directamente a la Congregación para la Doctrina de la fe, pues, el principal motivo de división con la Fraternidad es de naturaleza doctrina, así, Benedicto XVI refrenda una vez más su preocupación por la unidad de los cristianos.
Ahora, ¿qué ha hecho Francisco? El Papa, en continuidad con Benedicto XVI ha querido mantener las puertas abiertas a la Fraternidad y ha apostado por verdaderos caminos que conduzcan a la comunión, sin embargo, los seguidores de Mons. Lefebvre han mantenido una oposición rigorista bajo un esquema erróneo de Tradición y de Verdad.
La decisión de Francisco expuesta en el Motu Proprio Traditionis Custodes no es producto de su subjetividad, antes bien, es consecuencia de la consulta a los obispos del mundo sobre cómo ha funcionado la apertura de la celebración en rito antiguo de la misa a la comunión eclesial, y, ante una respuesta negativa de esta vía de conciliación, dolorosamente ha determinado nuevas normas para este venerable rito celebrativo.
Aunque, debe decirse que, objetivamente el Motu Proprio se contradice por su redacción, pues, en su artículo primero tajantemente ponen en duda lo que sus predecesores han afirmado sobre la Lex orandi extraordinaria, inmediatamente, los artículos segundo y tercero bajo una «teología de la comunión» retoma lo que ya en su momento Benedicto XVI había determinado: la vigilancia del obispo sobre esta forma peculiar de celebrar la misa y la recta intención de comunión y unidad al celebrarla. La novedad, se podría decir, es, la restricción celebrativa de este rito, pues, desde la promulgación de «Traditionis Custodes» sólo podrán celebrar la misa bajo el esquema del misal promulgado por San Juan XXIII aquellos sacerdotes que a juicio del obispo gocen de una idoneidad bien expresada, es decir, los ministros extraordinarios del rito romano antiguo serán aquellos que consten de una formación y un conocimiento integral del rito tridentino.
Hasta aquí, se puede decir que Traditionis Custodes no anula la celebración del rito tridentino, pues, este rito forma parte de la Venerable Tradición de la Iglesia que le ha dado identidad en este devenir histórico. Francisco no está en contra de esta forma celebrativa, pues, el mismo lo palpa al considerarse custodio de la Tradición, lo que Francisco pide y busca con este Motu Proprio es una verdadera comunión y unidad de la Iglesia bajo un esquema dinámico de Tradición para frenar la división que ha crecido bajo un esquema ortodoxo rigorista.
Finalmente, el trasfondo de Traditionis Custodes es la invitación a conocer la Historia de la Iglesia, a formarse en una Teología Litúrgica, a cultivar una Espiritualidad en los Sacramentos y a fomentar la formación teológica integral en los bautizados para tener un verdadero encuentro con Dios a través de la celebración de los misterios de nuestra fe, pues, afirmar que la celebración litúrgica en latín es la verdadera y única liturgia es quitarle siglos de existencia a nuestra Iglesia, lo que significa, desconocer la historia, y esto, como ya lo afirmó san John Henry Newman es salirse de la Iglesia.