Los derechos de los trabajadores
Los derechos de los trabajadores son derechos originales, pero han tenido que ser conquistados a lo largo de la historia frente a abusos de los empleadores, que en ocasiones han dado prioridad al capital, al negocio, en vez de darla a las personas.
Sobre todo a partir de la revolución industrial del siglo XIX se ha puesto de manifiesto la fragilidad del elemento humano en los esquemas de producción y competitividad. La ley de la oferta y la demanda parecía ser la única medida reguladora del trabajo y del mercado, en un mundo dominado por el capitalismo salvaje.
Los trabajadores se fueron organizando en sindicatos y lograron que poco a poco fueron aprobadas leyes de salario mínimo, que se iniciaron en Australia y Nueva Zelanda y fueron extendiéndose a comienzos del siglo XX por Europa y Estados Unidos.
También la fijación de un horario máximo, la prohibición de la explotación infantil y el derecho de huelga fueron conquistas sociales que iluminaron un mundo laboral en tinieblas.
La Iglesia ha acompañado estos logros, como hemos recordado en anteriores reflexiones, y de ello es buena muestra su Compendio de Doctrina Social, que en su punto 301 dice, entre otras cosas: «Los derechos de los trabajadores, como todos los demás derechos se basan en la naturaleza de la persona humana y en su dignidad trascendente». Así «el derecho a una justa remuneración, el derecho al descanso, el derecho a ambientes de trabajo y procesos productivos que no perjudiquen la salud…, el derecho a que no sean conculcadas la propia conciencia o la propia dignidad…, subsidios a los trabadores desocupados y a sus familias, derecho a la pensión, seguridad social para la vejez, la enfermedad y casos de accidente…, derechos a prestaciones vinculadas a la maternidad…».
Asimismo reconoce el derecho de huelga que declara legítima «cuando constituye un recurso inevitable, si no necesario para obtener un beneficio proporcionado, después de haber constatado la ineficacia de las demás modalidades para superar los conflictos».
La idea básica es que todas las personas tienen derecho a un trabajo digno que les permita sustentar a su familia, el acceso a una vivienda, a la cesta de la compra y a los gastos mínimos necesarios para el vestido, la educación de los hijos, etc.
Estas conquistas deben ser fruto del diálogo, de los convenios colectivos y de una conciencia solidaria que evite la lucha de clases, que históricamente se ha revelado como negativa para los derechos de los mismos trabajadores.
Sobre todo a partir de la revolución industrial del siglo XIX se ha puesto de manifiesto la fragilidad del elemento humano en los esquemas de producción y competitividad. La ley de la oferta y la demanda parecía ser la única medida reguladora del trabajo y del mercado, en un mundo dominado por el capitalismo salvaje.
Los trabajadores se fueron organizando en sindicatos y lograron que poco a poco fueron aprobadas leyes de salario mínimo, que se iniciaron en Australia y Nueva Zelanda y fueron extendiéndose a comienzos del siglo XX por Europa y Estados Unidos.
También la fijación de un horario máximo, la prohibición de la explotación infantil y el derecho de huelga fueron conquistas sociales que iluminaron un mundo laboral en tinieblas.
La Iglesia ha acompañado estos logros, como hemos recordado en anteriores reflexiones, y de ello es buena muestra su Compendio de Doctrina Social, que en su punto 301 dice, entre otras cosas: «Los derechos de los trabajadores, como todos los demás derechos se basan en la naturaleza de la persona humana y en su dignidad trascendente». Así «el derecho a una justa remuneración, el derecho al descanso, el derecho a ambientes de trabajo y procesos productivos que no perjudiquen la salud…, el derecho a que no sean conculcadas la propia conciencia o la propia dignidad…, subsidios a los trabadores desocupados y a sus familias, derecho a la pensión, seguridad social para la vejez, la enfermedad y casos de accidente…, derechos a prestaciones vinculadas a la maternidad…».
Asimismo reconoce el derecho de huelga que declara legítima «cuando constituye un recurso inevitable, si no necesario para obtener un beneficio proporcionado, después de haber constatado la ineficacia de las demás modalidades para superar los conflictos».
La idea básica es que todas las personas tienen derecho a un trabajo digno que les permita sustentar a su familia, el acceso a una vivienda, a la cesta de la compra y a los gastos mínimos necesarios para el vestido, la educación de los hijos, etc.
Estas conquistas deben ser fruto del diálogo, de los convenios colectivos y de una conciencia solidaria que evite la lucha de clases, que históricamente se ha revelado como negativa para los derechos de los mismos trabajadores.