"El amor de Dios, más de perdón que de penitencias" El amor incondicional de Dios y lo de Don Policarpo (III)
"Si el Papa, ante lo revelado por don Policarpo Díaz, al parecer con testigos, nada hiciera, habría adelantado el final, tristísimo, de su Pontificado, pues la pederastia está dispuesta a acabar con todo"
"O renuncia, o privatione Episcopo, lamentando que uno de los obispos “implicados” sea José Luís Retana, del que tantas buenas referencias me dieron diocesanos suyos!"
"Las críticas a las penas, a su disfunción finalista, también se pueden aplicar a las penas canónicas"
"El papa Francisco, en la Bula del Jubileo de la Misericordia, al tercer año de su pontificado, el 11 de abril de 2015 (fue elegido Papa en 2013), llamada Misericordiae Vultus (El rostro de la Misericordia) hace continuas referencias al Sacramento del Perdón"
"Las críticas a las penas, a su disfunción finalista, también se pueden aplicar a las penas canónicas"
"El papa Francisco, en la Bula del Jubileo de la Misericordia, al tercer año de su pontificado, el 11 de abril de 2015 (fue elegido Papa en 2013), llamada Misericordiae Vultus (El rostro de la Misericordia) hace continuas referencias al Sacramento del Perdón"
1º.- Por imperativo de actualidad y con urgencia: Las declaraciones del Sacerdote don Policarpo Díaz.
El 28 de noviembre traté de redactar esta 3ª Parte, pero no pude hacerlo, acongojado por lo escandaloso leído en el artículo, aquí en Religión Digital, ayer mismo, firmado por José Lorenzo. En la madrugada del día siguiente, miércoles, ya con fuerzas y recuperado, lo intenté de nuevo, después de haber dedicado horas a pensar en el canon 416 del Código de Derecho Canónico, sobre las causas por las que puede quedar vacante una sede episcopal, en especial por dos: la renuncia aceptada por el Romano Pontífice y la llamada “privación intimada al Obispo” (privatione Episcopo intimata). El último obispo “intimado” fue monseñor Strikland.
Si el Papa, ante lo revelado por don Policarpo Díaz, al parecer con testigos, nada hiciera, habría adelantado el final, tristísimo, de su Pontificado, pues la pederastia está dispuesta a acabar con todo, y los escándalos han de ser reparados inmediatamente según los santos cánones del Codex, lo cual es obligatorio hasta para los Papas. Y pregunto: ¿Los jesuitas, que tanto han apostado y arriesgado en este Pontificado, dirán amén? Y viene a mi mente la discusión con amigos diplomáticos, empeñados y reiterantes en que el Estado de la Santa Sede, del cual el Papa es Jefe de Estado, es ejemplo perfecto de “Estado fallido”. Eso me costó rebatirlo y me cuesta, duele, explicar lo alegado.
No conozco personalmente a don Policarpo Díaz, habiendo quedado impresionado cuando el 1 de diciembre de 2021, en el marco de las llamadas “Conversaciones de San Esteban (Salamanca), pronunció una excepcional lección bajo el título “El impacto del Covid 19 en las comunidades cristianas. Una perspectiva desde la diócesis de Salamanca”. En aquel entonces don Policarpo era vicario de Pastoral de la Diócesis de Salamanca y párroco de la Purísima en la capital. Al sacerdote conferenciante, vía Internet por confinamiento a causa de la pandemia, presentó el dominico profesor, Fray Ricardo de Luis Carballada, que, con mucha cercanía, le llamó “Poli”. Y desde aquella magnífica lección, que recuerdo, pues la tengo grabada en mi mente por su impacto, me ha interesado la trayectoria de este cura, escandalizado ahora por lo ocurrido según cuenta José Lorenzo.
Subrayo que el asunto de los abusos sexuales siempre me pareció de mucho calado y complicado. Jamás lo traté en mis artículos, ni siquiera cuando don Policarpo se declaró víctima de ellos por primera vez. Pero ahora, reitero, quedé escandalizado con lo dicho por el sacerdote y recogido por Lorenzo. Y escribo: O renuncia, o privatione Episcopo, lamentando que uno de los obispos “implicados” sea José Luís Retana, del que tantas buenas referencias me dieron diocesanos suyos, entonces en Plasencia, cuando por allí yo pasaba camino de Cáceres, tal como dije al mismo Monseñor en la entrevista publicada en mayo de 2022, aquí en Religión Digital.
Me acuerdo de lo escrito por don Olegario González de Cardedal, en El País, el sábado 6 de noviembre de 1999: “Surgen el desencanto de quienes creen quedarse sin suelo bajo los pies y la ira de quienes creen estar asistiendo a una inmensa traición de los clérigos” (Obispos). Renuncia o privatione Episcopo, difíciles por lo del poder de los clérigos, los obispos.
Desde aquí, y con mucho cariño y ganas de verle, envío a Policarpo Díaz un sentido abrazo, recomendándole lo más difícil, que es conservar la salud mental. Es evidente su deterioro físico.
2º.- Anotaciones al artículo anterior
A.- En el artículo anterior reflexioné sobre la crisis de la penalidad o punibilidad, por lo cual hay que pasar de los tradicionales procedimientos jurídicos punitivos a los nuevos o restaurativos. Se debe recordar lo escrito por Linda Radzik, que en la página 61 del libro De la enmienda a la reconciliación, al defender reformas procesales significativas, señala: “Pérdida de importancia de la función de los profesionales del sistema judicial, debates profundos morales entre los ofensores y las víctimas, y la restitución en lugar de sanciones punitivas”.
Las críticas a las penas, a su disfunción finalista, también se pueden aplicar a las penas canónicas. Y esta afirmación la hago después de pensar con tranquilidad en el nuevo texto del Libro VI del Código de Derecho Canónico, en redacción por la Constitución apostólica Pascite gregem Dei, de 23 de mayo de 2021, “De sanctionibus poenalis in Ecclesia. Un conjunto de cánones, del 1311 al 1399, sobre la ley penal, también sobre la irretroactividad y su excepción (1399), las diferentes penas y los delitos canónicos: es indiscutible la peculiaridad de lo canónico respecto a lo civil o estatal. La dimensión pastoral del sistema penal es peculiar, por eso el canon 1311 (2) dispone con peculiaridad:
“Quien preside en la Iglesia debe custodiar y promover el bien de la misma comunidad y de cada uno de los fieles con la caridad pastoral, el ejemplo de la vida, el consejo y la exhortación, y, si fuese necesario, también con la imposición o la declaración de las penas, conforme a los preceptos de la ley, que han de aplicarse siempre con equidad canónica, y teniendo presente el restablecimiento de la justicia, la enmienda del reo y la reparación del escándalo”.
Y aquí he de alabar la reciente publicación a cargo del Dicasterio para los Textos Legislativos, titulado Las sanciones penales en la Iglesia, editado en España por la BAC, en 2023. Estudiando en detalle normas y comentarios se cae en la cuenta que la ola anti-penas arrastra a todo lo punitivo, incluso eso del más difícil todavía, por lo de la Misericordia divina, que son las penas, adjetivadas con lo de “canónicas”. Unas penas tan peculiares como son las “censuras”, entre ellas la excomunión, y las “expiatorias”. Y eso tratándose de las “penas genuinas”, pues lo de las otras, las del Sacramento de la Penitencia, ahora ya, son nada, nada de nada. Interesante, aconsejable y pedagógico es leer el Libro VI del Codex, que aclara un poco del intencionadamente obscuro y laberíntico derecho de la Iglesia, más divino que humano.
B.- En el anterior artículo (2ª Parte) se hizo referencia a la Teología islámica, tan ignorada y tan importante, interesándome del Islam, más la rama Chiita, por tener clérigos, que la Sunnita, que no los tiene. Clérigos Chiitas, poderosos, que tanto recuerdan a algunos clérigos católicos católicos. Y lo mejor para conocer a los chiitas fue ir a Irán, adonde fui en estancia arriesgada, pues Ahmadineyad, presidente de Irán, colgaba por los años 2010 a los extranjeros con facilidad. Allí llegué “con lo puesto”, sin visado, en vuelo directo de Lufthansa Frankfurt-Teherán.
Por lo de los obispos a los que se refirió don Policarpo, actualizo lo de aquel viaje. Los clérigos chiitas con los que hablé seguían con lo de siempre: “Nuestro partido es el partido de Allah y nuestro jefe fue Rohalla (se referían a Jomeini), y ahora es Alí Jamenei”, y la conversación fue cerca de una Iglesia católica armenia, no lejos de ese centro político, comercial y de espías, que es el BAZAR, palabra genuinamente persa como la palabra PARAISO. Y la conversación con clérigos fue de política y no de Dios, no comprendiendo mi pregunta: ¿Qué será de vuestro Chiismo si escasearan los clérigos? Ya sabía que su Dios era también omnipotente y de amor infinito.
Y en Teherán, aunque detenido, aprendí a no tener miedo, aunque de eso algo supe antes, aquí, en España.
3º.- El amor de Dios, que exige penitencias
El papa San Juan Pablo II fue el autor de la Exhortación Apostólica de 2 de diciembre de 1984, titulada Reconciliatio et Poenitentia. En ese documento se escribe:
“Penitencia está estrechamente unida a reconciliación, puesto que reconciliarse con Dios, consigo mismo y con los demás presupone superar la ruptura radical que es el pecado, lo cual se realiza solamente a través de la transformación interior o conversión que fructifica en la vida mediante los actos de penitencia”.
En ese texto, con referencias al Concilio Vaticano II, se habla de la reconciliación que viene de Dios, del pecado y del Sacramento de la penitencia, del perdón y de la reconciliación, detallándose finalmente las tres formas del ordo penitentiae. Reconciliación que se destaca, individual, de cada penitente, como el modo único, normal y ordinario, frente a los otros dos, excepcionales. Eso está, naturalmente en el Vaticano II (Sacrosanctum Concilium, Lumen Gentium y Presbyterorum ordinise), en el Codex y en el Catecismo.
El Papa Benedicto XVI, en su Discurso a los participantes en el curso sobre el Fuero interno, organizado por la Penitenciaria apostólica, pronunciado el 25 de marzo de 2011, destacó el valor pedagógico de la confesión sacramental. Se refirió al rito de la Penitencia, distinguiendo el valor pedagógico de ese rito, de una parte, para los Ministros o confesores y, de otra, para los penitentes.
El papa Francisco, en la Bula del Jubileo de la Misericordia, al tercer año de su pontificado, el 11 de abril de 2015 (fue elegido Papa en 2013), llamada Misericordiae Vultus (El rostro de la Misericordia) hace continuas referencias al Sacramento del Perdón. Pide a los obispos la celebración del sacramento de la Reconciliación para los fieles. Recuerda que “la misericordia no es contraria a la justicia, sino que expresa el comportamiento de Dios hacia el pecador, ofreciéndole una ulterior posibilidad de examinarse, convertirse y creer”. Más adelante señala que “quien se equivoque deberá expiar la pena. Solo que este no es el fin, sino el inicio de la coinversión, porque se experimenta la ternura del perdón”.
Y casi concluye: “En el sacramento de la Reconciliación, Dios perdona los pecados, que realmente quedan cancelados; sin embargo, la huella negativa que los pecados tienen en nuestros comportamientos y en nuestros pensamientos permanece”. Y en el texto aparece la palabra “Indulgencia”, tan enemiga de Lutero, que tantos quebraderos de cabeza causó a los padres conciliares y a la Iglesia en tiempos conciliares de Trento.
4º.- El amor de Dios, más de perdón que de penitencias
Sobre el concepto de perdón en el papa Francisco, ya hay magníficos ensayos y estudios, que recomiendo su lectura, que aquí no quiero repetir o copiar. Me detendré en lo último, y lo último fue la homilía del Papa Francisco en la Misa de inauguración del Sínodo el pasado 4 de octubre de este mismo año. Y siendo muy interesante el discurso papal en la Audiencia General sobre la santa sudanesa Josephine Bakhita. Y a lo escrito en el “peculiar” Sínodo, en el de la Sinodalidad, que continuará hasta octubre de 2024.
El Papa llegó a calificar el perdón como “la caricia de Dios”, que nada nos quita, sino que nos da dignidad. ¿Y previa confesión y penitencia?
Confieso que lo de Policarpo Díaz me agotó. Y aquí quedo y freno. La semana próxima, un poco más para acabar con lo del “amor incondicional de Dios”, del Papa Francisco.
Etiquetas