“¿Nos exige Dios hoy más para el perdón de los pecados de lo que exigió Jesús?” Hay que mirar el Evangelio y estudiar la conducta de Jesús con los pecadores

Reflexiones sobre la celebración de la Penitencia (I)

En este Blog ya escribí sobre la reforma de este sacramento. Hace unos años redacté cuatro artículos pidiendo, con argumentos: “Que la `Forma C´ sea un modo ordinario del sacramento de la Penitencia”. La “Forma C”, venía a concluir, debe ser “ordinaria” por “evangélica”, no por ser “un perdón de rebajas”. No abarata el perdón. Expresa más y mejor el Amor gratuito. Muchos teólogos y pastoralistas defienden y piden hoy que sea declarada “ordinaria”. Así los penitentes podrán elegir la más apta para ellos. El teólogo español, Domiciano Fernández García, cmf (1925-2001), muchos años ocupado en el estudio y docencia de la Penitencia (El sacramento de la reconciliación. Edicep. Valencia 1977. 327 p.), publicó dos libros sobre Penitencia comunitaria: “Dios ama y perdona sin condiciones. Posibilidad dogmática y conveniencia pastoral de la absolución general sin confesión privada” (Desclèe de Brouwer. Bilbao. 1990. 4ª Ed.). Dos años antes de morir: “Celebración comunitaria de la Penitencia. Evangélicamente fundada, históricamente ratificada, dogmáticamente correcta, pastoralmente recomendable” (Ed. Nueva Utopía, Sociedad Civil. Madrid 1999).

Estos días me anima a insistir la reciente denuncia del teólogo vasco, Jesús Martínez Gordo, en un artículo titulado “La estrategia pastoral “contrarreformista” o “revival” (I y II), en Religión Digital (13.01.2025). Un sector del clero, dice, “celebra el perdón únicamente de forma individual... Se practica -e impone- cuando, optando solo por ella, se descuidan -e, incluso, combaten- las dos restantes, igualmente legitimas y legales... Los partidarios de esta estrategia pastoral están cerrando -ilegal e ilegítimamente- dos vías de acceso al sacramento del perdón y de la reconciliación en nombre de un diagnóstico pastoral convertido -en su caso- en ideología excluyente”.

También Jorge Costadoat, teólogo jesuita chileno, escribía en 2023: “El sacramento de la reconciliación no se corresponde con los estándares de la humanidad de la época” (RD 03-03-2023). Sostiene que es “necesario evaluar el ejercicio de este sacramento… Es un hecho ampliamente conocido por sacerdotes y fieles que se cometen abusos de diversa gravedad mediante la confesión. Los laicos lo saben. Más de uno, en más de una ocasión, ha tenido una experiencia pésima… Los sacerdotes tuvimos que reparar a personas a las que un sacerdote hace diez, veinte o treinta años maltrató con dureza o alguna reprimenda. O `dar permiso´ para que la gente reciba la comunión en la Misa”.

Nadie niega que la reconciliación es una realidad imprescindible. En la vida social y en la personal. Realidad a la que Jesús dedicó gran parte de vida y elevó a signo de su presencia entre sus seguidores. A nivel personal y social, la reconciliación y el perdón son necesarios para crecer como persona y sociedad sanas. Ver, juzgar y actuar la vida propia y la de cualquier grupo es una dinámica necesaria para mejorar y realizarnos, y así ser más felices. Los cristianos tenemos la vida de Jesús, su evangelio, como espejo donde mirarnos, corregirnos y avanzar en su seguimiento. Jesús inicia su propuesta de vida llamando a la conversión: “Después de que Juan fue entregado, Jesús se marchó a Galilea a proclamar el Evangelio de Dios; decía: «Se ha cumplido el tiempo y está cerca el reino de Dios. Convertíos y creed en el Evangelio»” (Mc 1,14-15).

Hay que mirar el Evangelio y estudiar la conducta de Jesús con los pecadores. Esta debe ser la orientación y la guía de conducta de todo cristiano como reconciliador. Con mayor razón, de los encargados por la Iglesia para realizar este hermoso ministerio de modo “ordenado”. Siempre la Iglesia se preocupó de esta actividad. Así sigue a Jesús. Con el tiempo, los dirigentes eclesiales han ido poniendo normas, estructuras, ritos y condiciones que han desfigurado la conducta de Jesús. Así lo ve el teólogo claretiano, especialista en el sacramento de la Penitencia:

          “Los hechos y enseñanzas de Jesús deben ser más vinculantes que los decretos del concilio de Trento o de cualquier concilio. Jesús perdona a la mujer pecadora (Lc 7,36-50), a la mujer adúltera (Jn 8,1-11), al buen ladrón (Lc 23,43), y enseña que el publicano volvió justificado a su casa con sólo gritar: `Señor, ten piedad de este pecador´ (Lc 18,13). En la parábola del hijo pródigo, el padre misericordioso recibe con alegría al hijo menor, le perdona y celebra un banquete por haberlo recuperado vivo (Lc 15,11-32).

          La pregunta que me he formulado mil veces al leer los evangelios es esta: ¿Nos exige Dios hoy más para el perdón de los pecados de lo que exigió Jesús? ¿Es menor hoy la misericordia de Dios? ¿Es más exigente su justicia y su santidad?

          A estas preguntas hay que responder con un no rotundo. Lo que hizo Jesús, bien hecho está. Y Dios sigue perdonando generosamente, cuando encuentra en la persona las debidas disposiciones sin pedir cuentas exactas ni imponer condiciones difíciles. La necesaria mediación de la Iglesia es para ayudar, no para poner obstáculos a la persona que se arrepiente y pide perdón” (“Celebración comunitaria de la Penitencia” (Nueva Utopía, Madrid 1999. Pág. 46).

Durante siglos la eucaristía fue el modo habitual de perdón para pecados ordinarios de la vida después del bautismo. Nada menos que durante los primeros seis siglos. Por algo hay en la Eucaristía varios momentos de perdón: al inicio, al darnos la paz, antes de comulgar. Estos momentos son una celebración penitencial válida: pueden comulgar los sinceramente arrepentidos. Al menos los que no tienen conciencia de falta grave. Según la legislación eclesial, aún teniendo conciencia de pecados graves, pueden comulgar si se arrepienten y proponen confesar lo antes posible. La ley añade que lo ya perdonado hay que confesarlo para “completar el sacramento”. Hay que salvar la ley.

En nuestro tiempo la Iglesia ha establecido tres formas de celebrar la Penitencia. Responde a la recomendación del Vaticano II: “revisar el rito y las fórmulas de la Penitencia, de manera que expresen más claramente la naturaleza y el efecto del sacramento” (SC 72). La historia de este sacramento demuestra ampliamente que la Iglesia ha ido acoplándolo a la mentalidad cultural, a la evolución teológica, a la interpretación bíblica… Hoy, tal como se conoce la Escritura, no puede decirse que los textos, aducidos por Trento, obligan a la confesión íntegra de los pecados mortales. La integridad no es una verdad expresa ni implícitamente revelada. Tampoco es cierto históricamente que el modo de “confesarse secretamente con solo el sacerdote, la Iglesia Católica lo observó siempre desde el principio” (canon 6. DS 1706). Los Padres de Trento leen y entienden la Escritura con la cultura de su época. Conocen la historia de forma limitada. Hoy sabemos que no tenían razón en muchas de sus apreciaciones. Hoy, obligar a revelar la intimidad a otra persona es violentar los derechos humanos. La intimidad es parte de la dignidad y libertad humanas. Y más aún en cristiano: “Para la libertad nos ha liberado Cristo. Manteneos, pues, firmes, y no dejéis que vuelvan a someteros a yugos de esclavitud” (Gál 5,1).

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