¿Penitencia o sanación? Un paso más, Cardenal Kasper
Al Cardenal Kasper le reprocharon algunos colegas tradicionalistas por ir demasiado lejos con su propuesta reformadora sobre la acogida eclesial a las personas divorciadas y vueltas a casar en segundas nupcias civiles.
Sin embargo, desde otras perspectivas –más pastorales y sacramentales que canónicas y dogmatizadoras- le seguimos diciendo, a la vez con respeto y franqueza: Cardenal Kasper, usted no se ha pasado, sino que se ha quedado corto.
Por favor, un paso más adelante: primero, en la línea de profundizar la enseñanza sobre la fidelidad matrimonial como promesa y proceso (que, a veces, no se acaba de realizar o se rompe irreversiblemente, con o sin culpa de los cónyuges, y que requiere una sanación y ayuda para rehacer la vida); y segundo, en la propuesta de un proceso de sanación sacramental, en vez de solo un “camino penitencial”.
O, mejor dicho, entender el camino penitencial propuesto por el Cardenal Kasper, como proceso de sanación (teniendo en cuenta que el sacramento reconciliador no es solo para reconocimiento y perdón de pecados, sino para sanación de heridas en la vida de fe; no un trámite judicial, canónico o administrativo, sino una celebración sacramental vivificadora).
Leyendo el Instrumentum laboris , borrador para los debates en el próximo Sínodo, subrayamos positivamente (en color dorado) las siguientes propuestas:
N. 121“Se requiere desde muchas partes que la atención y el acompañamiento respecto a que los divorciados vueltos a casar civilmente se orienten hacia una integración cada vez mayor en la vida de la comunidad cristiana, teniendo en cuenta la diversidad de las situaciones de partida. Sin perjuicio de las sugerencias de Familiaris Consortio 84, habría que replantearse las formas de exclusión que se practican actualmente en los campos litúrgico-pastoral, educativo y caritativo. Puesto que estos fieles no están fuera de la Iglesia, se propone reflexionar acerca de la oportunidad de dejar atrás estas exclusiones. Por otro lado, siempre para favorecer una mayor integración de estas personas en la comunidad cristiana, habría que dirigir una atención específica a sus hijos, dado el papel educativo insustituible de los padres, en razón del preeminente interés del menor.
Es conveniente que estos caminos de integración pastoral de los divorciados vueltos a casar civilmente vayan precedidos por un oportuno discernimiento de parte de los pastores acerca de la irreversibilidad de la situación y la vida de fe de la pareja en una nueva unión, que vayan acompañados por una sensibilización de la comunidad cristiana en orden a la acogida de las personas interesadas y que se realicen según una ley de gradualidad (cfr. FC, 34), respetuosa de la maduración de las conciencias.
Subrayamos, en cambio, críticamente (con color rojo) las líneas siguientes (que cerrarían la puerta a la acogida sacramental):
N. 123. “En referencia a la Familiaris Consortio 84, se sugiere un itinerario de toma de conciencia del fracaso y de las heridas que este ha producido, con arrepentimiento, verificación de una posible nulidad del matrimonio, compromiso a la comunión espiritual y decisión de vivir en continencia”.
Subrayamos con doble trazo (dorado y rojo a la vez) las líneas siguientes, por su ambigüedad:
N. 123. “Algunos, por camino penitencial entienden un proceso de clarificación y de nueva orientación después del fracaso vivido, acompañado por un presbítero elegido para ello. Este proceso debería llevar al interesado a un juicio honesto sobre la propia condición, en la cual el presbítero pueda madurar su valoración para usar la potestad de unir y de desatar de modo adecuado a la situación.
(Es positiva la comprensión del camino penitencial como “proceso de clarificación y nueva orientación, acompañado...” Pero es cuestionable que se presuponga un “fracaso vivido” –no siempre lo es, o no lo es para alguno de los cónyuges-. También es cuestionable que el acompañamiento lo haga “un presbítero elegido para ello”, porque eso le daría carácter de trámite canónico-administrativo ).
N. 123 “Existe un común acuerdo sobre la hipótesis de un itinerario de reconciliación o camino penitencial, bajo la autoridad del Obispo, para los fieles divorciados vueltos a casar civilmente, que se encuentran en situación de convivencia irreversible.
(Es positivo que los padres sinodales apoyen de común acuerdo un itinerario de reconciliación, pero lo estropea la coletilla de “bajo la autoridad del Obispo”, con lo que volvemos a lo canónico-administrativo-burocrático, que sofoca la pastoral sacramental)
DICHO ESTO, me permito comentar como epílogo que, en más de cuarenta años de práctica pastoral, he atendido en diversas ocasiones a personas divorciadas y vueltas a casar que solicitaban ese acompañamiento por parte del ministerio pastoral. Unas veces fueron personas que venían al sacramento de la reconciliación, otras veces venían a una conversación de consultorio. En algunos casos la persona reconocía la necesidad de un camino penitencial. En otros, lo que necesitaba era sanación, acogida, misericordia y esperanza. En ambos casos, después de orar juntos reconociéndonos mutuamente como necesitados de sanación y sanados, y haciendo juntos un acto de fe en el perdón y la sanación, recibimos –tanto el presbítero acompañante como la persona acompañada- la bendición del Dios misericordioso que nos pide dos cosas: reconocer las heridas y creer en la sanación. Y, a partir de ahí, estas personas prosiguieron su vida de fe participando en la Eucaristía, de la que nadie (ni Papa, ni cura, ni monaguillo...) puede tener potestad para excluirles... “Misericordia quiero, dijo Jesús, y no rituales... No está la persona al servicio del sábado sino el sábado para bien de las personas”. Sacramenta propter homines, dice la tradición católica...
Sin embargo, desde otras perspectivas –más pastorales y sacramentales que canónicas y dogmatizadoras- le seguimos diciendo, a la vez con respeto y franqueza: Cardenal Kasper, usted no se ha pasado, sino que se ha quedado corto.
Por favor, un paso más adelante: primero, en la línea de profundizar la enseñanza sobre la fidelidad matrimonial como promesa y proceso (que, a veces, no se acaba de realizar o se rompe irreversiblemente, con o sin culpa de los cónyuges, y que requiere una sanación y ayuda para rehacer la vida); y segundo, en la propuesta de un proceso de sanación sacramental, en vez de solo un “camino penitencial”.
O, mejor dicho, entender el camino penitencial propuesto por el Cardenal Kasper, como proceso de sanación (teniendo en cuenta que el sacramento reconciliador no es solo para reconocimiento y perdón de pecados, sino para sanación de heridas en la vida de fe; no un trámite judicial, canónico o administrativo, sino una celebración sacramental vivificadora).
Leyendo el Instrumentum laboris , borrador para los debates en el próximo Sínodo, subrayamos positivamente (en color dorado) las siguientes propuestas:
N. 121“Se requiere desde muchas partes que la atención y el acompañamiento respecto a que los divorciados vueltos a casar civilmente se orienten hacia una integración cada vez mayor en la vida de la comunidad cristiana, teniendo en cuenta la diversidad de las situaciones de partida. Sin perjuicio de las sugerencias de Familiaris Consortio 84, habría que replantearse las formas de exclusión que se practican actualmente en los campos litúrgico-pastoral, educativo y caritativo. Puesto que estos fieles no están fuera de la Iglesia, se propone reflexionar acerca de la oportunidad de dejar atrás estas exclusiones. Por otro lado, siempre para favorecer una mayor integración de estas personas en la comunidad cristiana, habría que dirigir una atención específica a sus hijos, dado el papel educativo insustituible de los padres, en razón del preeminente interés del menor.
Es conveniente que estos caminos de integración pastoral de los divorciados vueltos a casar civilmente vayan precedidos por un oportuno discernimiento de parte de los pastores acerca de la irreversibilidad de la situación y la vida de fe de la pareja en una nueva unión, que vayan acompañados por una sensibilización de la comunidad cristiana en orden a la acogida de las personas interesadas y que se realicen según una ley de gradualidad (cfr. FC, 34), respetuosa de la maduración de las conciencias.
Subrayamos, en cambio, críticamente (con color rojo) las líneas siguientes (que cerrarían la puerta a la acogida sacramental):
N. 123. “En referencia a la Familiaris Consortio 84, se sugiere un itinerario de toma de conciencia del fracaso y de las heridas que este ha producido, con arrepentimiento, verificación de una posible nulidad del matrimonio, compromiso a la comunión espiritual y decisión de vivir en continencia”.
Subrayamos con doble trazo (dorado y rojo a la vez) las líneas siguientes, por su ambigüedad:
N. 123. “Algunos, por camino penitencial entienden un proceso de clarificación y de nueva orientación después del fracaso vivido, acompañado por un presbítero elegido para ello. Este proceso debería llevar al interesado a un juicio honesto sobre la propia condición, en la cual el presbítero pueda madurar su valoración para usar la potestad de unir y de desatar de modo adecuado a la situación.
(Es positiva la comprensión del camino penitencial como “proceso de clarificación y nueva orientación, acompañado...” Pero es cuestionable que se presuponga un “fracaso vivido” –no siempre lo es, o no lo es para alguno de los cónyuges-. También es cuestionable que el acompañamiento lo haga “un presbítero elegido para ello”, porque eso le daría carácter de trámite canónico-administrativo ).
N. 123 “Existe un común acuerdo sobre la hipótesis de un itinerario de reconciliación o camino penitencial, bajo la autoridad del Obispo, para los fieles divorciados vueltos a casar civilmente, que se encuentran en situación de convivencia irreversible.
(Es positivo que los padres sinodales apoyen de común acuerdo un itinerario de reconciliación, pero lo estropea la coletilla de “bajo la autoridad del Obispo”, con lo que volvemos a lo canónico-administrativo-burocrático, que sofoca la pastoral sacramental)
DICHO ESTO, me permito comentar como epílogo que, en más de cuarenta años de práctica pastoral, he atendido en diversas ocasiones a personas divorciadas y vueltas a casar que solicitaban ese acompañamiento por parte del ministerio pastoral. Unas veces fueron personas que venían al sacramento de la reconciliación, otras veces venían a una conversación de consultorio. En algunos casos la persona reconocía la necesidad de un camino penitencial. En otros, lo que necesitaba era sanación, acogida, misericordia y esperanza. En ambos casos, después de orar juntos reconociéndonos mutuamente como necesitados de sanación y sanados, y haciendo juntos un acto de fe en el perdón y la sanación, recibimos –tanto el presbítero acompañante como la persona acompañada- la bendición del Dios misericordioso que nos pide dos cosas: reconocer las heridas y creer en la sanación. Y, a partir de ahí, estas personas prosiguieron su vida de fe participando en la Eucaristía, de la que nadie (ni Papa, ni cura, ni monaguillo...) puede tener potestad para excluirles... “Misericordia quiero, dijo Jesús, y no rituales... No está la persona al servicio del sábado sino el sábado para bien de las personas”. Sacramenta propter homines, dice la tradición católica...