Estado vegetativo permanente : ¿Suspender soportes vitales?
La “Respuesta a ciertas cuestiones de la Conferencia episcopal estadounidense acerca de la nutrición e hidratación artificiales” (Congregación para la Doctrina de la Fe, CDF, 1-VIII-2007)deja perplejos a los moralistas familiarizados con la tradición teológica, que se remonta a Francisco de Vitoria. La Nota de la CDF provocará malentendidos por dos extremos.
Por un lado, en quienes la tomen a la letra, identificando el respeto a la dignidad con la prolongación a toda costa de la vida biológica. Por otro, en quienes opten por suspender los soportes por motivos meramente económicos u otros intereses egoistas o por no reconocer la dignidad de la persona en esa situación.
El comentario tan ponderado y cuidadoso que hizo en su blog Carmen Bellver (desde la propia vivencia personal de cuidar al ser querido hasta el final, admitiendo honestamente que uno no desearía para sí esa situación)fue un ejemplo de evitar ambos extremos, pero es de temer que no todas las reacciones, sobre todo en nuestro país tan propenso a la crispación extremista, sean tan comedidas.
La CDF ha hecho, una vez más, un flaco favor a la vida que quiere proteger, redactando un documento teológicamente pobre, éticamente mal fundamentado y redactado con ambigüedad.
Según la CDF la nutrición e hidratación artificiales, aun en estado vegetativo permanente, son medios “ordinarios, proporcionados y obligatorios”. La premisa mayor (con la que obviamente estaremos cien por cien de acuerdo) es que la persona en ese estado es una persona con dignidad humana fundamental. Pero no se sigue la conclusión de que mantener los soportes vitales sea siempre y en todos los casos la mejor manera de respetar su dignidad.
Si la persona ha manifestado de antemano su voluntad de que en esa situación se suspenda la prolongación artificial hay que respetar su decisión.
Si no consta su voluntad y ha de tomarse una decisión sustitutoria, tres opciones son posibles: a) prolongar durante algún tiempo hasta discernir y decidir responsablemente, b) optar desde la propia convicción por seguir prolongando, c) optar responsablemente por no prolongar más.
Cualquiere de las tres decisiones puede ser éticamente correcta, si la razón por la que se toma es para respetar la dignidad de la persona paciente.
Pero cualquiera de las tres opciones sería éticamente incorrecta, si se toma de un modo irresponsable, no en conciencia. Por ejemplo, si se opta por prolongar tan solo para defenderse de posibles demandas judiciales posteriores, o por asumir a ciegas que esa es la norma ética, o si se hace sin pensar ni discernir, tan solo por obedecer a una instancia eclesiástica autoritaria, o si se opta por no prolongar meramente por quitarse una carga o por considerar a esa persona sin valor o dignidad, o por falta de cariño hacia ella. En todos estos casos sería irresponsable la decisión.
La Nota de la CDF comete además otros muchos errores (los veremos en posteriores posts), por ejemplo: 1) Califican la Nota como “Documento doctrinal”; pero en cuestiones de bioética no hay ninguna que sea objeto de doctrina y no son competencia de dicho dicasterio (que, a pesar de haber cambiado su antiguo nombre de “Santo Oficio” por el de CDF, ha seguido siendo inquisitorial, desde los días del Cardenal Seper, pasando por el Cardenal Ratzinger, hasta el actual Cardenal Levada). Pablo VI le cambió el nombre; pero, por desgracia, no se atrevió a suprimirlo). 2) No admiten más que una única solución para todos los casos, sin margen para excepciones. 3) Lo formulan en lenguaje retóricamente ambiguo repitiendo dos veces la frase “en principio”, pero desdiciéndose al no admitir diversidad de opciones, con lo que dan lugar a malentendidos por los dos extremos. 4) Pretenden imponer esa solución autoritariamente como doctrina católica. 5) Dan la impresión de estar condicionados por la postura políticamente conservadora de gran parte del episcopado estadounidense.
Por consiguiente moralistas creyentes se verán en la obligación de disentir, respetuosa pero firmemente, de esta Nota involucionista, aunque lleve la apostila de haber sido aprobada en audiencia papal.
Por un lado, en quienes la tomen a la letra, identificando el respeto a la dignidad con la prolongación a toda costa de la vida biológica. Por otro, en quienes opten por suspender los soportes por motivos meramente económicos u otros intereses egoistas o por no reconocer la dignidad de la persona en esa situación.
El comentario tan ponderado y cuidadoso que hizo en su blog Carmen Bellver (desde la propia vivencia personal de cuidar al ser querido hasta el final, admitiendo honestamente que uno no desearía para sí esa situación)fue un ejemplo de evitar ambos extremos, pero es de temer que no todas las reacciones, sobre todo en nuestro país tan propenso a la crispación extremista, sean tan comedidas.
La CDF ha hecho, una vez más, un flaco favor a la vida que quiere proteger, redactando un documento teológicamente pobre, éticamente mal fundamentado y redactado con ambigüedad.
Según la CDF la nutrición e hidratación artificiales, aun en estado vegetativo permanente, son medios “ordinarios, proporcionados y obligatorios”. La premisa mayor (con la que obviamente estaremos cien por cien de acuerdo) es que la persona en ese estado es una persona con dignidad humana fundamental. Pero no se sigue la conclusión de que mantener los soportes vitales sea siempre y en todos los casos la mejor manera de respetar su dignidad.
Si la persona ha manifestado de antemano su voluntad de que en esa situación se suspenda la prolongación artificial hay que respetar su decisión.
Si no consta su voluntad y ha de tomarse una decisión sustitutoria, tres opciones son posibles: a) prolongar durante algún tiempo hasta discernir y decidir responsablemente, b) optar desde la propia convicción por seguir prolongando, c) optar responsablemente por no prolongar más.
Cualquiere de las tres decisiones puede ser éticamente correcta, si la razón por la que se toma es para respetar la dignidad de la persona paciente.
Pero cualquiera de las tres opciones sería éticamente incorrecta, si se toma de un modo irresponsable, no en conciencia. Por ejemplo, si se opta por prolongar tan solo para defenderse de posibles demandas judiciales posteriores, o por asumir a ciegas que esa es la norma ética, o si se hace sin pensar ni discernir, tan solo por obedecer a una instancia eclesiástica autoritaria, o si se opta por no prolongar meramente por quitarse una carga o por considerar a esa persona sin valor o dignidad, o por falta de cariño hacia ella. En todos estos casos sería irresponsable la decisión.
La Nota de la CDF comete además otros muchos errores (los veremos en posteriores posts), por ejemplo: 1) Califican la Nota como “Documento doctrinal”; pero en cuestiones de bioética no hay ninguna que sea objeto de doctrina y no son competencia de dicho dicasterio (que, a pesar de haber cambiado su antiguo nombre de “Santo Oficio” por el de CDF, ha seguido siendo inquisitorial, desde los días del Cardenal Seper, pasando por el Cardenal Ratzinger, hasta el actual Cardenal Levada). Pablo VI le cambió el nombre; pero, por desgracia, no se atrevió a suprimirlo). 2) No admiten más que una única solución para todos los casos, sin margen para excepciones. 3) Lo formulan en lenguaje retóricamente ambiguo repitiendo dos veces la frase “en principio”, pero desdiciéndose al no admitir diversidad de opciones, con lo que dan lugar a malentendidos por los dos extremos. 4) Pretenden imponer esa solución autoritariamente como doctrina católica. 5) Dan la impresión de estar condicionados por la postura políticamente conservadora de gran parte del episcopado estadounidense.
Por consiguiente moralistas creyentes se verán en la obligación de disentir, respetuosa pero firmemente, de esta Nota involucionista, aunque lleve la apostila de haber sido aprobada en audiencia papal.