El quirógrafo confirma a Makrickas como nuevo arcipreste coadjutor Francisco reconfigura Santa María La Mayor: A los canónigos, solo tareas espirituales y pastorales
Con un quirógrafo, el Santo Padre aprueba el nuevo Estatuto y el nuevo Reglamento del Capítulo de la Basílica liberiana y concede al arzobispo lituano Makrickas todas las facultades para la aplicación de la nueva legislación
El Pontífice 'libera' a los canónigos de toda tarea económica y administrativa y confía siempre a Makrickas la representación legal, los actos de administración ordinaria y extraordinaria y otras tareas hasta la constitución de un nuevo Consejo de Administración
| Salvatore Cernuzio
Después de haber concluido el periodo de custodia que inició a finales de 2021 y confiado al propio Makrickas, nombrado Comisario Extraordinario en diciembre de ese año, el Papa Francisco completó la reconfiguración de Santa María La Mayor, la basílica que visitó más de cien veces y a la que estaba vinculado por un cariño tan fuerte que expresó el deseo de ser enterrado allí algún día.
Esta mañana 20 de marzo fue publicado el Quirógrafo del Papa para la Basílica Liberiana y al mismo tiempo un Rescriptum del Sustituto de la Secretaría de Estado, Monseñor Edgar Peña Parra, sobre los nuevos deberes de los canónigos, los documentos del nuevo Estatuto y el nuevo Reglamento y el nombramiento de Makrickas, "con derecho de sucesión".
Reorganización del Capítulo y de la Basílica
En el Quirógrafo, el Papa Francisco recuerda que el 14 de diciembre de 2021 encomendó a un Comisario extraordinario, apoyado por una Comisión especial, "la tarea de velar por la reorganización de la vida del Capítulo y de la Basílica, para el mayor bien del pueblo de Dios". Durante siglos el Capítulo ha salvaguardado los tesoros de Santa María La Mayor, como la efigie de la Salus Populi Romani (a la que el Papa confía cada viaje apostólico) y la reliquia de la Sagrada Cuna, cuida el decoro de las celebraciones litúrgicas y acoge a los fieles que allí se reúnen.
“Hoy, al final del mandato – escribe el Pontífice – considero oportuno liberar a los canónigos de todas las tareas económicas y administrativas, para que puedan dedicarse, plenamente y con renovado vigor, al acompañamiento espiritual y pastoral que los peregrinos de todo el mundo buscan y desean encontrar, cruzando el umbral del primer Santuario Mariano de Occidente”.
Los deberes del arcipreste coadjutor
Con el documento, el Papa aprueba, pues, el Estatuto y el Reglamento, redactados - subraya - "inspirándose en los principios y criterios de la constitución apostólica Praedicate Evangelium", y concede amonseñor Makrickas"todas las facultades necesarias para la moderación y aplicación de la nueva legislación y parael gobierno del Capítulo". El Santo Padre también ordena que el nuevo arcipreste coadjutor "continúe ejerciendo la representación legal" y que mantenga "la facultad de realizar actos de administración ordinaria y extraordinaria".
Esto hasta la constitución de un Consejo de Administración - entre las novedades del nuevo Estatuto - que, como lo establece el artículo 48, tiene a su cargo la gestión del patrimonio del Capítulo.
Un delegado para la pastoral y un delegado para la administración
El Papa también atribuye a Makrickas "las funciones propias del vicario del Arcipreste, del delegado para la Pastoral y del delegado para la Administración, hasta sus respectivos nombramientos". Estos dos últimos son figuras nuevas en el organigrama de la Basílica; en particular, el Delegado para la Pastoral es el primer colaborador del Arcipreste para las actividades de los Canónigos y de Santa María La Mayor, que actuará en estrecha sinergia con el Maestro de Ceremonias, coordinando los servicios relativos al aspecto pastoral y a las ceremonias.
La Junta Directiva
Los dos delegados, junto con el arcipreste que lo preside, integrarán la Junta Directiva, con un representante de la Gobernación del Estado de la Ciudad del Vaticano y un representante de la APSA (Administración del Patrimonio de la Sede Apostólica).
Todos los miembros, afirma, permanecen en el cargo durante cinco años y pueden ser confirmados; su mandato finalizará con la aprobación del presupuesto definitivo del último ejercicio.
Las reuniones del Consejo de Administración, se establece, podrán realizarse de forma presencial o a distancia según sea necesario. Se reúne, previa convocatoria del Arcipreste, al menos dos veces al año y siempre que exista solicitud motivada de al menos tres de sus miembros. En ausencia del Arcipreste, las reuniones de la Junta Directiva son presididas por el Delegado de Administración.
El Consejo siempre "planifica, decide y verifica las líneas de la administración estratégica del Capítulo", dando directrices y mandatos: a la APSA para la gestión de los bienes inmuebles productivos del Capítulo que le sean confiados según el Acuerdo específico; al Delegado de Administración para la gestión del resto de bienes y para las actividades de la Basílica.
La Junta Directiva establece anualmente el monto de los emolumentos que deben pagarse a los eclesiásticos, religiosos y laicos que trabajan para el Capítulo o la Basílica. Y, luego de recibir el presupuesto y el informe, prepara cada año los presupuestos (estimación y balance final) en la forma y dentro de los términos que establezca la Secretaría de Economía.
Cánones y coadjutores del Capítulo "honorario"
Entre las otras principales innovaciones del Estatuto, se refiere a los canónigos y coadjutores del Capítulo que han alcanzado o alcanzarán los ochenta años de edad: asumen el estatus de canónigos y coadjutores honorarios y hasta que se cumplan las condiciones de salud y autosuficiencia lo permitirán "conservarán el préstamo del apartamento del que ya disfrutan, el título de Protonotario Apostólico supernumerario y sus propias vestimentas".
Los Coadjutores Honorarios disfrutarán de un alquiler subvencionado y, junto con los Canónigos Honorarios, podrán "continuar el ejercicio de la actividad litúrgico-pastoral voluntaria en la Basílica" y "seguir percibiendo la asignación capitular". También podrán "aprovechar la posibilidad de ser enterrado en el Cementerio de los Canónigos". Los canónigos honorarios también están "exentos de toda obligación" hacia el Capítulo y, en consecuencia, "no participan en las sesiones capitulares". Las mismas disposiciones, siempre ha establecido el Papa, se aplican también a aquellos canónigos y coadjutores que, a pesar de no haber cumplido aún los ochenta años de edad, "no han asistido desde hace algún tiempo a las celebraciones litúrgicas y no han participado en las sesiones capitulares".
Se eliminaron entonces los Coadjutores del Capítulo, pero se introdujo la posibilidad de llamar a sacerdotes para ayudar al Capítulo en casos extraordinarios.
Por último, según las nuevas disposiciones, el Maestro de la Capilla Musical de Liberia deberá ser elegido entre directores de renombre. El contrato tendrá una duración renovable de cinco años.
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