RISUS PASCHALIS – 5 Testimonios del pasado.
Curiosidades del pasado para los ojos y oídos actuales, pero vivencias festivas de otros tiempos que sobrepasaban casi hasta lo permitido.
| Pablo Heras Alonso.
Continuando con lo dicho en el primer artículo, la pervivencia de estas celebraciones dentro de Maitines y en prácticamente todas las regiones de España, tenemos la confirmación en numerosas advertencias, prohibiciones o decisiones de las autoridades eclesiásticas. Valga como referencia ésta del Concilio de Toledo de 1473, un año antes de que Isabel la Católica se proclamara soberana de Castilla, es decir, en tiempo de su hermanastro Enrique IV. La costumbre de celebrar con “risas” las fiestas de Navidad ya llevaba muchos años de actualidad, lo cual propició que las cosas se salieran un tanto del cauce más o menos decoroso:
…en las catedrales y demás iglesias de nuestra provincias existe la costumbre por parte de algunos sobre todo en las fiestas de Navidad, San Juan, San Esteban y los Inocentes, en otros días festivos y con ocasión de misas nuevas de introducir en la iglesia, mientras se celebran los sagrados oficios, espectáculos teatrales, máscaras, monstruos, elementos grotescos y muchas otras cosas deshonestas y de todos los tipos; por si fuera poco, se hace bulla y se recitan poesías lascivas y sermones jocosos, de modo que el oficio divino queda interrumpido y el pueblo se aleja de la devoción.
Ya hemos dicho que para provocar, musicalmente, la risa pascual valía cualquier canción grotesca o graciosa. Sin embargo, por los documentos y noticias que quedan, se conoce cuáles eran los asuntos o modos preferidos. Uno podía consistir en mezclar lo sagrado con lo profano, utilizando melodías religiosas a las que se acomodaba un texto profano en parodia; otro modo era utilizar canciones populares pero con texto religioso o litúrgico.
Ya hemos hablado de otro modo, el juntar elementos distintos –melodías o textos-- provocando confusión y por tanto la risa. Esa mezcolanza de elementos también recurría a la presencia de algún personaje, generalmente clérigo o fraile, de conducta non sancta que aparecía haciendo el ridículo. Y ridículo es el que hemos citado en los belenes, el popular caganer, que podría ser recuerdo de un actor real simulando… símbolo de lo viejo que debe pudrirse para que sobre ello nazca lo nuevo.
Decimos que esta costumbre de amenizar las fiestas de Navidad hundía sus raíces en tiempos bastante lejanos. Referencias hay en la época de los visigodos, cuando lo cristiano y lo pagano vivían en estrecha mezcolanza. La cristianización del Imperio Romano tardó mucho en imponerse, especialmente en el ámbito rural (que comprendía la mayor parte de la población). Algo parecido sucedió con la llegada de los visigodos a Hispania. En el ámbito rural pervivieron durante muchísimos años las antiguas creencias romanas a las que se añadieron otras “bárbaras”, que la Jerarquía cristiana englobaba en el término genérico de “demonios”, difíciles de erradicar. Y dentro de esa jerarquía, se pueden englobar las celebraciones relacionadas con el decurso de las estaciones y los ciclos de la naturaleza.
Todavía en el año 561, Concilios I Braga y 772, Concilio II de Braga, se imponen preceptos con sus respectivos castigos de este tenor:
Que los obispos en unión de los jueces destruyan los ídolos y que los señores prohíban a los siervos la idolatría
Se prohíbe conservar las tradiciones de los gentiles, ni festejarlas, ni tampoco tomar en cuenta los elementos, o el curso de la luna, o de las estrellas, para la siembra o plantación de árboles o para la celebración del matrimonio… …se prohíbe celebrar las calendas (día primero de mes, especialmente el de enero), ni adornar las casas con laurel, coronas vegetales etc... …se prohíbe recoger hierbas medicinales .
Pero más específicamente relacionado con celebraciones festivas, el III Concilio de Toledo, año 589, cuando la Hispania visigoda dejó de ser arriana para “convertirse” al catolicismo, se dice:
… debe ser exterminada la irreligiosa costumbre que el vulgo acostumbra a hacer en determinadas fiestas de los santos, de modo que las gentes que deben atender a los oficios divinos se entretienen con danzas y torpes canciones.
La Edad Media está llena de edictos papales y episcopales que prohíben una y otra vez cosas parecidas, a veces tan curiosas como las que especifica un canon de la diócesis de Vich en el siglo XIV:
llevar animales, hacer juegos deshonestos y arrojar cosas malolientes (¡!).
En 1559 Felipe II prohíbe danzar en la iglesia, pero con la excepción de las fiestas de Navidad, como reconociendo un derecho consuetudinario totalmente arraigado.