Antonio Aradillas Confesarse no cuesta dinero

(Antonio Aradillas).- Lo mismo dentro que fuera de la Iglesia, son muchos los "misterios" con los que nos encontramos, y unos y otros, se nos presentan y representan como inaccesibles, con reduplicada mención para los relacionados con el dogma o con el pensamiento, en los territorios ético-morales.

Este principio se constata con realismo y veracidad plena y contundente sobre todo en cuanto se relaciona con los aledaños de la economía y la multitud de sus incidencias prácticas. Tal es el caso de la existencia en la reglamentada administración del dinero en el entorno de los sacramentos que imparte la Iglesia, como el bautismo, las misas, el matrimonio, los funerales, la predicación de la palabra de Dios en sermones y pláticas y en otras actividades extra o "para" sacramentales.

Pero por su rareza, a muchos les llama la atención que, de estos capítulos de la economía teológica y pastoral, queden exentas las "confesiones orales" -penitencia-, no existiendo referencia alguna de que estas hayan estado, o estén, sometidas a aranceles o tasas administrativas. Precisamente esta circunstancia es lo que, en parte, justifica las reflexiones siguientes:

Cuanto se relaciona con la confesión oral es precisamente lo que precisa y demanda en mayor proporción y urgencia en la Iglesia, más información-formación teológica. El camino de la exclusividad de pecado-ofensa, grave o leve, a Dios, con lo religioso -rito, ceremonia, templo o "ministros"-, a la falta o carencia de la correspondiente proyección social -"amor al prójimo"-, que es dato y connotación evangélicamente religioso en cristiano, está por descubrir todavía en la mayoría de los sectores y creencias eclesiales.

El pecado-pecado, objeto de la confesión oral -penitencia-, apenas si transciende las esferas del culto, por lo que a cuanto se encarna y define la vida en la pluralidad de sus connotaciones cívicas, políticas, administrativas, ciudadanas y convivenciales, tanto personales como familiares y comunitarias, no tiene por qué ser motivo de intranquilidad de conciencia, ni de enemistad con Dios y, por tanto, "materia" de confesión.

La relación "buen cristiano" y "practicante", y a su vez, "buena persona" y ciudadano ejemplar, no se homologan entre sí en la consideración teórica, clerical o ciudadana, y menos en la práctica, por lo que la urgencia de la formación religiosa es de capital importancia en el esquema reformador de la Iglesia del Papa Francisco.

En los antiguos y venerables "Órdines" penitenciales, el sacerdote, en el caso de la penitencia privada, ejercía su labor sagrada, en su casa, sentada sobre una silla, con la conciencia de hacerlo coram sancto altari, adstántibus haud procul testibus, es decir, "delante del altar de Dios y en presencia de testigos de la fe". Los tiempos tridentinos, y las inspiraciones teológicas posteriores, convirtieron las sillas en grandiosos confesionarios barrocos y se diluyó el encuentro con Dios, en el descubrimiento consigo mismo, y con la inédita y misteriosa satisfacción de ser comprendido y perdonado por su infinita misericordia, sin excesiva intimidación para los efectos exigidos por la "!reparación" que habría de tenerse en cuenta como inherente a la recepción del sacramento.

Pero más aún al principio de la historia de la Iglesia, los mismos laicos -no sacerdotes ni obispos- con imposición de sus manos sobre la cabeza de los penitentes, con conciencia de hacerlo "en el nombre de Dios", y en calidad de "personas espirituales y pneumáticos -"alentados y bajo la inspiración del Espíritu"- absolvían a quienes como pecadores recibían la "exomologesis" en "actitud y postura de humildad".

El paso de la competencia perdonadora de los laicos a la jurisdicción sacerdotal fue posterior en la Iglesia, y sus explicaciones son muchas, aunque no es posible aseverar como dogma de fe la invención por parte de Jesús, ni adscribirle a Él su sacramentalidad.

De todas formas, es laudable, y a la vez, digno de análisis, el hecho insólito de que "cobrándose" en la Iglesia con sus respectivos aranceles y tasas "oficiales" por la administración de la mayoría de los sacramentos, el de la confesión haya quedado exento hasta el presente. Es así mismo laudable que a los actos de penitencia pública se les vayan abriendo cauces de aceptación en el planteamiento pastoral y litúrgico, así como la vigencia de la posibilidad de disponer del sacerdote, para ser "escuchados en confesión", no descartando también las reconocidas virtudes terapéuticas de las mismas, además de las ortodoxamente espirituales.

¿Se confesarían más o menos "penitentes" en el caso de que los sacerdotes, con la consabida y canónica aquiescencia jerárquica, decidieran cobrar también por impartir la penitencia en los confesonarios, con su ritual correspondiente de bendiciones, arrodillamientos referencias detalladas de los pecados- con preguntas y respuestas-, dolor de corazón, propósito de enmienda y reparación de los perjuicios "cuanto fuera menester"?

Nota: Con toda intención en L'Osservatore Romano, se publicó recientemente la noticia reciente:

"Al finalizar su audiencia semanal, ante más de seis mil personas congregadas en el Aula Pablo VI, el Papa Francisco manifestó, mientras sostenía en su mano derecha uno de los billetes de entrada a su audiencia, realizado por la Prefectura de la Casa Pontificia, y de color rojo, que "para venir a estas audiencias existen los billetes de entrada, y está escrito en seis idiomas que el acceso es del todo gratuito". Aclaró que para acceder a la audiencia, sea en el Aula Pablo VI o en la Plaza de san Pedro, no se debe pagar porque se trata de una visita gratuita "al Papa para hablar con el Papa, con el obispo de Roma".

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