Derecho al trabajo
En ese mismo año de 1919 fue fundada la OIT (Organización Internacional del Trabajo) como parte del Tratado de Versalles que puso fin a la Primera Guerra mundial. Se partió de la consideración de que sin justicia social no habría una paz permanente. Y sirvió para una primera regulación internacional de la jornada laboral, el horario, el salario justo, la protección en caso de enfermedad o accidente laboral, la pensión de vejez y de invalidez, etc.
La Iglesia se había adelantado con la encíclica de León XIII Rerum Novarum, de 1891, y prosiguió desarrollando los conceptos del trabajo justo en posteriores documentos de otros papas, como Mater et Magistra y Laborem exercens.
En su Compendio de la Doctrina Social, la Iglesia rechaza la idea de Marx y Engels de que la justicia social pasa por la abolición de la propiedad privada, pero a la vez señala la responsabilidad pública de exigir una justa remuneración salarial que no se base solo en la ley de la oferta y la demanda, sino en la dignidad del trabajador y en la necesidad de que la compensación por su trabajo sea suficiente para mantener a su familia.
También reconoce el derecho de huelga «cuando constituye un recurso inevitable, sino necesario para obtener un beneficio proporcionado». Y al mismo tiempo que alaba el papel de los sindicatos, les advierte para que no se asimilen a partidos políticos y rechacen la lucha de clases como filosofía.
En la actual situación laboral, después de unos años de crisis, hay que reconquistar algunos derechos, luchar por la igualdad de salarios entre hombres y mujeres, y no discriminar al inmigrante ofreciéndole sueldos de hambre o jornadas excesivas, pensado que, por una cuestión de necesidad, tiene menos recursos para negarse. Recordemos una frase de Max Frish: «Se pidió mano de obra y vinieron seres humanos».
† Jaume Pujol Balcells
Arzobispo metropolitano de Tarragona y primado