La verdad sobre la vidente de El Escorial

La sentencia, firmada por la jueza Lourdes Platero el 13 de noviembre, es clara: «No se puede concluir que estemos ante la comisión de alguno de los delitos denunciados». Luz Amparo Cuevas es una ama de casa y madre de familia de El Escorial que, según su testimonio, recibió apariciones de la Virgen María en 376 ocasiones desde 1981 hasta 2002. En el transcurso de esos años, Luz Amparo, siempre siguiendo las inspiraciones de sus apariciones, ha fundado una serie de instituciones benéficas y religiosas, a cuyo sostenimiento y apoyo se la han unido más de doscientas personas en diferente forma y grado.
La obra comprende una Asociación de Fieles, que es una institución reconocida públicamente por la Iglesia Católica como parte de la misma, en cumplimiento de una serie de cánones y formas. En el caso que nos ocupa, se trata de la Asociación Pública de «Fieles Reparadores de Nuestra Señora de los Dolores», reconocida por el que fuera Cardenal de Madrid, D. Ángel Suquía, en 1994. Tiene como finalidad «la santificación de sus miembros viviendo vida comunitaria como los primeros cristianos y haciendo suyo el lema Amor, Unión y Paz.
Por ello tendrán especial interés en el servicio a personas necesitadas, viendo en ellas a Cristo Redentor, en íntima relación con la Virgen, y estando dispuestos siempre a cooperar con la Iglesia Católica en sus actividades». Otra parte de la obra fundada por Luz Amparo es la Fundación Benéfica Virgen de los Dolores, reconocida como Entidad de Interés General, sin ánimo de lucro y de carácter Benéfico-Asistencial, por el Ministerio de Asuntos Sociales, al que rinde cuentas anualmente. Los delitos de los que los denunciados han sido declaradas inocentes, eran estafa, coacción, asociación ilícita y detención ilegal.
La parte querellante es una autodenominada Asociación de Víctimas de El Escorial, formada -según ha podido constatar este periódico- por un pequeño grupo de familiares de algunos de los miembros de la obra de Luz Amparo, que se oponen a su decisión libre de formar parte de la misma. Según el auto, dicha asociación «utiliza esta vía [la judicial], para resolver pretensiones o reivindicaciones no solo ajenas al derecho penal, sino a cualquier otra rama del derecho, poniéndose así en evidencia la inconsistencia de su postura procesal».