¿Tiene la Iglesia razones especiales para rechazar el aborto?-y 2-
El cristiano, además de la plataforma antropológica, cuenta con el fundamento bíblico que presenta a Dios como el creador y Señor de todo, y a la vida humana como sagrada e inviolable. Al cristiano, también le respalda la doctrina eclesial que a lo largo de la historia, y en los últimos años mucho más, ha mantenido el rechazo al aborto con toda firmeza. Y como se trata de una ofensa muy grave, la Iglesia ratifica que la vida humana es sagrada, inviolable y digna de amor, y añade a la condena doctrinal, especiales sanciones para los católicos que cometen tal “crimen nefando” (GS 51).
La Iglesia ratifica: la vida es sagrada, inviolable y digna de amor.
"La vida humana es sagrada porque desde su inicio comporta 'la acción creadora de Dios' y permanece siempre en una especial relación con el Creador, su único fin. Sólo Dios es Señor de la vida desde su comienzo hasta su término: nadie, en ninguna circunstancia, puede atribuirse el derecho de matar de modo directo a un ser humano inocente" (Juan Pablo II en la Evangelium vitae n.53).
Las afirmaciones anteriores están contenidas en el "no matarás" como mandamiento divino (Ex 20,13; Dt 5,17). "Dios se proclama Señor absoluto de la vida del hombre, creado a su imagen y semejanza (cf. Gn 1, 26-28). Por lo tanto, la vida humana tiene un carácter sagrado e inviolable, en el que se refleja la inviolabilidad misma del Creador" que también es juez severo de toda violación contra la vida (cf. Gn 4,9-15; Is 41,14; Jr 50, 34; Sal 19/18, 15) (EV 53).
Dios exige el mínimo del respeto ante la vida ajena (Ex 20,13). Este mandamiento, que expresa lo inviolable de la vida humana, es el centro de las diez palabras de la Alianza (cf. Ex 34, 28): "no quites la vida al inocente y justo" (Ex 23,7); prohibido cualquier daño a otro (cf. Ex 21, 12-27). Pero junto al respeto mínimo está el amor presente en el Antiguo Testamento donde encontramos la sensibilidad por el valor de la vida acentuada en el NT que llama "a respetar el carácter inviolable de la vida física y la integridad personal, y tiene su culmen en el mandamiento positivo que obliga a hacerse cargo del prójimo como de sí mismo: "amarás a tu prójimo como a ti mismo" (Lv 19,18) (EV 40).
Siempre la Iglesia condenó el aborto
La Iglesia siempre ha sostenido la protección de la vida humana desde su comienzo. “A lo largo de su historia bimilenaria, esta misma doctrina ha sido enseñada constantemente por los Padres de la Iglesia, por sus Pastores y Doctores. Incluso las discusiones de carácter científico y filosófico sobre el momento preciso de la infusión del alma espiritual, nunca han provocado la mínima duda sobre la condena moral del aborto (EV 61). Los papas y concilios constantemente reafirmaron la doctrina y penas contra el aborto hasta llegar a la severa condena del Vaticano II (GS 51).
La Tradición cristiana "es clara y unánime, desde los orígenes hasta nuestros días, en considerar el aborto como desorden moral particularmente grave". Así Atenágoras recuerda que los cristianos consideran como homicidas a las mujeres que recurren a medicinas abortivas". Y Tertuliano afirmó: "es un homicidio anticipado impedir el nacimiento...Es ya un hombre aquél que lo será" (EV 61).
El Magisterio pontificio más reciente ha reafirmado con gran vigor esta doctrina común. En particular, Pío XI en la Encíclica Casti connubii rechazó las pretendidas justificaciones del aborto; Pío XII excluyó todo aborto directo, o sea, todo acto que tienda directamente a destruir la vida humana aún no nacida, «tanto si tal destrucción se entiende como fin o sólo como medio para el fin»; Juan XXIII reafirmó que la vida humana es sagrada, porque «desde que aflora, ella implica directamente la acción creadora de Dios». Y el Concilio Vaticano II condenó con gran severidad el aborto al afirmar que «se ha de proteger la vida con el máximo cuidado desde la concepción; tanto el aborto como el infanticidio son crímenes nefandos » (EV 62).
Sanción canónica para los responsables
Dada la gravedad del aborto, la Iglesia añadió a la condena doctrinal especiales sanciones para los católicos que cometen el aborto: «quien procura el aborto, si éste se produce, incurre en excomunión latae sententiae» (cn 1398). Es decir, que por la colaboración física o moral en el aborto los católicos quedan privados automáticamente de ciertos bienes y derechos fundamentales que tienen como miembros de la Iglesia católica. Por otra parte, está claro que el aborto constituye una materia grave de pecado mortal aunque pueden existir circunstancias que modifiquen la gravedad máxima. "Con esta reiterada sanción, la Iglesia señala este delito como uno de los más graves y peligrosos, alentando así a quien lo comete a buscar solícitamente el camino de la conversión" (EV 62).
Firme condena de Juan Pablo II
En la Encíclica Evangelium vitae, Juan Pablo II condenó el aborto de manera solemne y tajante: "declaro que el aborto directo, es decir, querido como fin o como medio, es siempre un desorden moral grave, en cuanto eliminación deliberada de un ser humano inocente. Esta doctrina se fundamenta en la ley natural y en la Palabra de Dios escrita; es transmitida por la Tradición de la Iglesia y enseñada por el Magisterio ordinario y universal. Ninguna circunstancia, ninguna finalidad, ninguna ley del mundo podrá jamás hacer lícito un acto que es intrínsecamente ilícito, por ser contrario a la Ley de Dios, escrita en el corazón de cada hombre, reconocible por la misma razón, y proclamada por la Iglesia" (EV 62).
¿Podrá cambiar la respuesta de la Iglesia?
Responde la Evangelium vitae: "ante semejante unanimidad en la tradición doctrinal y disciplinar de la Iglesia, Pablo VI pudo declarar que esta enseñanza no había cambiado y que era inmutable"(EV 62). Permanece la inmoralidad del aborto aunque a veces la decisión de abortar está en el contexto de una situación dramática para preservar los bienes de la salud de la madre o del que va a nacer. La gravedad del aborto no disminuye aunque sea aceptado por la mentalidad de muchos. Esta aceptación del aborto "es señal evidente de una peligrosísima crisis del sentido moral, que es cada vez más incapaz de distinguir entre el bien y el mal, incluso cuando está en juego el derecho fundamental a la vida (cf. Is 5,20) (EV 58).
¿Admite alguna justificación el delito abominable del aborto?
La respuesta contundente del Magisterio: "jamás pueden justificar (las razones "dramáticas") la eliminación deliberada de un ser humano inocente". Aunque se hable del aborto como 'la interrupción del embarazo'... "ninguna palabra puede cambiar la realidad de las cosas: el aborto procurado es la eliminación deliberada y directa, como quiera que se realice, de un ser humano en la fase inicial de su existencia, que va desde la concepción al nacimiento". El Vaticano II define al aborto procurado "junto con el infanticidio, como crimen nefando" (GS 51) (EV 58).
La Iglesia ratifica: la vida es sagrada, inviolable y digna de amor.
"La vida humana es sagrada porque desde su inicio comporta 'la acción creadora de Dios' y permanece siempre en una especial relación con el Creador, su único fin. Sólo Dios es Señor de la vida desde su comienzo hasta su término: nadie, en ninguna circunstancia, puede atribuirse el derecho de matar de modo directo a un ser humano inocente" (Juan Pablo II en la Evangelium vitae n.53).
Las afirmaciones anteriores están contenidas en el "no matarás" como mandamiento divino (Ex 20,13; Dt 5,17). "Dios se proclama Señor absoluto de la vida del hombre, creado a su imagen y semejanza (cf. Gn 1, 26-28). Por lo tanto, la vida humana tiene un carácter sagrado e inviolable, en el que se refleja la inviolabilidad misma del Creador" que también es juez severo de toda violación contra la vida (cf. Gn 4,9-15; Is 41,14; Jr 50, 34; Sal 19/18, 15) (EV 53).
Dios exige el mínimo del respeto ante la vida ajena (Ex 20,13). Este mandamiento, que expresa lo inviolable de la vida humana, es el centro de las diez palabras de la Alianza (cf. Ex 34, 28): "no quites la vida al inocente y justo" (Ex 23,7); prohibido cualquier daño a otro (cf. Ex 21, 12-27). Pero junto al respeto mínimo está el amor presente en el Antiguo Testamento donde encontramos la sensibilidad por el valor de la vida acentuada en el NT que llama "a respetar el carácter inviolable de la vida física y la integridad personal, y tiene su culmen en el mandamiento positivo que obliga a hacerse cargo del prójimo como de sí mismo: "amarás a tu prójimo como a ti mismo" (Lv 19,18) (EV 40).
Siempre la Iglesia condenó el aborto
La Iglesia siempre ha sostenido la protección de la vida humana desde su comienzo. “A lo largo de su historia bimilenaria, esta misma doctrina ha sido enseñada constantemente por los Padres de la Iglesia, por sus Pastores y Doctores. Incluso las discusiones de carácter científico y filosófico sobre el momento preciso de la infusión del alma espiritual, nunca han provocado la mínima duda sobre la condena moral del aborto (EV 61). Los papas y concilios constantemente reafirmaron la doctrina y penas contra el aborto hasta llegar a la severa condena del Vaticano II (GS 51).
La Tradición cristiana "es clara y unánime, desde los orígenes hasta nuestros días, en considerar el aborto como desorden moral particularmente grave". Así Atenágoras recuerda que los cristianos consideran como homicidas a las mujeres que recurren a medicinas abortivas". Y Tertuliano afirmó: "es un homicidio anticipado impedir el nacimiento...Es ya un hombre aquél que lo será" (EV 61).
El Magisterio pontificio más reciente ha reafirmado con gran vigor esta doctrina común. En particular, Pío XI en la Encíclica Casti connubii rechazó las pretendidas justificaciones del aborto; Pío XII excluyó todo aborto directo, o sea, todo acto que tienda directamente a destruir la vida humana aún no nacida, «tanto si tal destrucción se entiende como fin o sólo como medio para el fin»; Juan XXIII reafirmó que la vida humana es sagrada, porque «desde que aflora, ella implica directamente la acción creadora de Dios». Y el Concilio Vaticano II condenó con gran severidad el aborto al afirmar que «se ha de proteger la vida con el máximo cuidado desde la concepción; tanto el aborto como el infanticidio son crímenes nefandos » (EV 62).
Sanción canónica para los responsables
Dada la gravedad del aborto, la Iglesia añadió a la condena doctrinal especiales sanciones para los católicos que cometen el aborto: «quien procura el aborto, si éste se produce, incurre en excomunión latae sententiae» (cn 1398). Es decir, que por la colaboración física o moral en el aborto los católicos quedan privados automáticamente de ciertos bienes y derechos fundamentales que tienen como miembros de la Iglesia católica. Por otra parte, está claro que el aborto constituye una materia grave de pecado mortal aunque pueden existir circunstancias que modifiquen la gravedad máxima. "Con esta reiterada sanción, la Iglesia señala este delito como uno de los más graves y peligrosos, alentando así a quien lo comete a buscar solícitamente el camino de la conversión" (EV 62).
Firme condena de Juan Pablo II
En la Encíclica Evangelium vitae, Juan Pablo II condenó el aborto de manera solemne y tajante: "declaro que el aborto directo, es decir, querido como fin o como medio, es siempre un desorden moral grave, en cuanto eliminación deliberada de un ser humano inocente. Esta doctrina se fundamenta en la ley natural y en la Palabra de Dios escrita; es transmitida por la Tradición de la Iglesia y enseñada por el Magisterio ordinario y universal. Ninguna circunstancia, ninguna finalidad, ninguna ley del mundo podrá jamás hacer lícito un acto que es intrínsecamente ilícito, por ser contrario a la Ley de Dios, escrita en el corazón de cada hombre, reconocible por la misma razón, y proclamada por la Iglesia" (EV 62).
¿Podrá cambiar la respuesta de la Iglesia?
Responde la Evangelium vitae: "ante semejante unanimidad en la tradición doctrinal y disciplinar de la Iglesia, Pablo VI pudo declarar que esta enseñanza no había cambiado y que era inmutable"(EV 62). Permanece la inmoralidad del aborto aunque a veces la decisión de abortar está en el contexto de una situación dramática para preservar los bienes de la salud de la madre o del que va a nacer. La gravedad del aborto no disminuye aunque sea aceptado por la mentalidad de muchos. Esta aceptación del aborto "es señal evidente de una peligrosísima crisis del sentido moral, que es cada vez más incapaz de distinguir entre el bien y el mal, incluso cuando está en juego el derecho fundamental a la vida (cf. Is 5,20) (EV 58).
¿Admite alguna justificación el delito abominable del aborto?
La respuesta contundente del Magisterio: "jamás pueden justificar (las razones "dramáticas") la eliminación deliberada de un ser humano inocente". Aunque se hable del aborto como 'la interrupción del embarazo'... "ninguna palabra puede cambiar la realidad de las cosas: el aborto procurado es la eliminación deliberada y directa, como quiera que se realice, de un ser humano en la fase inicial de su existencia, que va desde la concepción al nacimiento". El Vaticano II define al aborto procurado "junto con el infanticidio, como crimen nefando" (GS 51) (EV 58).