¿Cuáles son los 'códigos legales' o la 'Constitución Mundial de la Biblia'? Día de la Constitución. Los códigos sociales de la Biblia, un principio de Constitución universal
El 6.12 se “celebra” en España el día de su Constitución (1978). Con esa ocasión recordaré los diversos “códigos” legales del AT, tal como culminan en el Pentateuco, libro de la Ley o Constitución Mundial de la Biblia.
Los judíos fueron cambiando y adaptando sus “códigos”, conforme a sus cambios de conciencia y a sus formas de vida social. (1) Hubo códigos pequeños, formados básicamente por un dodecálogo y dos decálogos. (2) Hubo códigos mayores, básicamente tres: De la Alianza (Ex 20, 22–25, 18), de la Nueva Ley (Deuteronomio) y de la Santidad (Lev 17-26). (3) Como resultado de un largo proceso histórico, político, religioso y legal, los judíos codificaron sus normas de vida en un conjunto histórico-literario extenso, en forma de Torah o Pentateuco.
Hay en la Biblia (AT) otros códigos legales o constituciones, que aparecen en diversos libros (Ezequiel, Crónicas, Esdras-Nehemías). Pero los que aquí presento son los fundamentales. Son ejemplares porque van cambiando y adaptándose, según las circunstancias, y porque van ofreciendo un código abierto de vida universal, a la luz de la Vida que para la Biblia es el Dios de todos los hombres.
Más que por dogmas teóricos, el judaísmo se define por normas de vida y convivencia, con instituciones familiares y sacrales, ritos de pureza y de comida etc. Es importante recoger en forma condensado sus momentos y elementos, que han desembocado en el Gran Libro de la Ley y vida mundial, que ofrezco aquí partiendo de un Diccionario y un libro de esquemas, titulado Ciudad Biblia. La Biblia empieza ofreciéndonos así una Constitución universal de vida humana. Para los lectores de España, buen día de la Constitución.
Hay en la Biblia (AT) otros códigos legales o constituciones, que aparecen en diversos libros (Ezequiel, Crónicas, Esdras-Nehemías). Pero los que aquí presento son los fundamentales. Son ejemplares porque van cambiando y adaptándose, según las circunstancias, y porque van ofreciendo un código abierto de vida universal, a la luz de la Vida que para la Biblia es el Dios de todos los hombres.
Más que por dogmas teóricos, el judaísmo se define por normas de vida y convivencia, con instituciones familiares y sacrales, ritos de pureza y de comida etc. Es importante recoger en forma condensado sus momentos y elementos, que han desembocado en el Gran Libro de la Ley y vida mundial, que ofrezco aquí partiendo de un Diccionario y un libro de esquemas, titulado Ciudad Biblia. La Biblia empieza ofreciéndonos así una Constitución universal de vida humana. Para los lectores de España, buen día de la Constitución.
CÓDIGOS O CONSTITUCIONES MENORES
Dodecálogo (siglo X-IX a.C.)
Aparece en Dt 27, 15-26 y es, probablemente, el más antiguo de los códigos legales de Israel, que el redactor del Deuteronomio ha situado en el contexto de la alianza de → Siquem, donde culmina de algún modo todo el Pentateuco (cf. Jos 8, 30-33). Es posible que ese contexto, con la referencia a los dos montes Garizín y Ebal, desde donde se proclaman las maldiciones y las bendiciones sea más reciente, aunque es difícil justificar la referencia a Siquem, si la redacción final del Deuteronomio se ha hecho en Judá/Jerusalén.
Estas leyes-maldiciones de 27, 15-26 son antiguas. Ellas constituyen un resto de las normas éticas primeras del pueblo israelita. Sea como fuere, las maldiciones de este dodecálogo forman una unidad separada de las bendiciones y maldiciones posteriores (Dt 29), de manera que ellas forman una unidad por sí misma:
- (1) Maldito el hombre que haga una imagen tallada o una imagen de fundición, obra de mano de escultor (lo que es abominación para Yahvé), y la guarde en oculto. (
- (2) ) Maldito el que trate con desprecio a su padre o a su madre.
- (3) Maldito el que cambie de lugar los linderos de su prójimo.
- (4) Maldito el que haga errar al ciego en el camino.
- (5) Maldito el que pervierta el derecho del forastero, del huérfano y de la viuda.
- (6) Maldito el que se acueste con la mujer de su padre, porque descubre el manto de su padre.
- (7) . Maldito el que tenga cópula con cualquier animal.
- (8) Maldito el que se acueste con su hermana, hija de su padre o hija de su madre.
- (9) Maldito el que se acueste con su suegra.
- (10) Maldito el que hiera de muerte a su prójimo en secreto.
- (11) Maldito el que acepte soborno para matar a un inocente. (
- (12) Maldito el que no cumpla las palabras de esta ley, poniéndolas por obra» (Dt 27, 15-26).
Los levitas proclaman en nombre de Dios la ley sagrada y el pueblo entero, formado por doce tribus (27, 12-13) y reunido en asamblea constituyente responde con el amen pactual o así sea. Estas leyes de tipo arcaico se formulan de manera negativa, como maldiciones. Sólo la primera ley tiene un carácter religioso estricto y ocupa el lugar de los cuatro primeros mandamientos del → decálogo ético. En ella se prohíbe la idolatría, no sólo, pro no sólo en el ámbito público del templo (ante mí, es decir, en mi santuario: cf. Dt 5, 7), sino en la propia casa.
Todas las restantes leyes tienen un carácter familiar (no despreciar a padre/madre), económico/social (mantener los mojones, respetar a enfermos y oprimidos), sexual (prohibición de bestialismo, del adulterio y de las relaciones incestuosas) o criminal (no matar). La defensa de los oprimidos (ciego, → forastero, huérfano y viuda) no ha entrado en los decálogos quizá más elaborados y completos de Ex 20 y Dt 5 pero es ley fundante de Israel: no cree en Dios (no puede responder amén) quien no se comprometa a defenderlos.
En este contexto de la defensa de los ciegos-forasteros, huérfanos y viudas se puede hablar de Dios como → goel o vengador de sangre. El mismo Dios se eleva sobre el orden social como garante de la vida de los pobres, es decir, de aquellos que se encuentran fuera de los círculos de poder e influjo de la sociedad. De esta manera se expresa el más hondo derecho social y religioso de Israel a favor de los pobres y expulsados de la sociedad. En este contexto es donde el hombre queda bajo el poder de la maldición y bendición de Dios: recibe bendición si ayuda y maldición si defrauda al huérfano-viuda-forastero. Maldición significa aquí ruptura de la alianza, de manera que aquellos que no ayudan a huérfanos-viudas-extranjeros quedan sin la protección social y religiosa que garantiza el pacto israelita. Quien defraude a estos marginados de Israel (que son símbolo de todos los expulsados de la sociedad) queda en manos del juicio de Dios.
Decálogos
En diversas religiones aparecen diez o doce mandamientos que recogen el sentido de la experiencia ética del pueblo, vinculada generalmente con Dios. De manera consecuente, los decálogos suelen presentarse como efecto de una revelación divina, no como resultado de un pacto social del pueblo. El decálogo ha recibido en Israel dos formulaciones básicas.
Decálogo ético. Los diez mandamientos (siglo IX-VIII a.C.)
Los diez mandamientos constituyen el centro de la Ley israelita y así aparecen en los dos lugares básicos de su legislación: en Ex 20, 1-17 (al principio de la revelación de Dios, en el monte Sinaí-Horeb, en contexto de pacto) y en Dt 5, 6-21 (como recopilación de toda la Ley, al comienzo del Deuteronomio). Los mandamientos tienen una introducción muy significativa: «Yo soy Yahvé, tu Dios, que te saque de Egipto, de la esclavitud» (Ex 20, 2; Dt 5, 6).
No empiezan siendo reglas de conducta universal, que se fundan en sí mismas, ni mandados de un Elohim o Dios que se revela en todas las naciones, sino expresión de la identidad israelita, palabra del mismo Yahvé liberador. Ellos expresan el tipo de vida que se deriva precisamente de esa liberación. No son imposiciones para esclavos, ni dictados de un rey sobre sus súbditos, sino expresión de una vida en libertad. Pueden dividirse en dos «tablas», una de tipo más expresamente israelita, otra más universal.
(a) Primera tabla. Mandamientos israelitas:
- (1) No tendrás otros dioses frente a mí.
- (2) No te harás ídolos, figura alguna de lo que hay arriba en el cielo, abajo en la tierra o en el agua debajo de la tierra. No te postraras ante ellos, ni les darás culto; porque yo, Yahvé, tu Dios, soy un Dios celoso…
- (3) No pronunciarás el nombre de Yahvé, tu Dios, en vano.
- (4) Fíjate en el sábado para santificarlo…» (Ex 20, 1-11; Dt. 5, 7-15).
Son mandamientos para el Israelita, que adora sólo a Yahvé, que es el principio y ley de la vida. Este monoteísmo exclusivista (¡sólo Yahvé!) define la identidad israelita, hasta el día de hoy. Yahvé no sólo es único, sino que está más allá de todos los signos e imágenes que definen, en general, la presencia de otros dioses.
Prohibir las imágenes significa descubrir a Dios en la Palabra y el Pacto, en la comunicación personal. Este Dios sin imagen es Dios sin magia: no se puede utilizar su nombre, no se puede evocar o manipular al servicio propio. Por eso es absolutamente básico respetar la distancia de Dios, su identidad divina, más allá de las pretensiones de los hombres.
En esa línea sigue la exigencia de guardar el sábado, entendido a la luz de Gen 2, 2-4 como tiempo en el que, más allá de los trabajos de los seis días que marcan el ritmo del mundo y de la vida cotidiana, se expresa la trascendencia divina, su absoluta lejanía y cercanía. Paradójicamente, el verdadero culto (la obra de Dios) es no hacer nada, descubrir su presencia en el descanso que está más allá de todas las acciones y palabras.
(b) Segunda tabla. Mandamientos éticos de tipo universal.
Los anteriores estaban más centrados en Israel, marcando la identidad de los seguidores de Yahvé. Los que ahora siguen tienen un carácter más universal: pueden aplicarse a todos los hombres. Es como si la misma singularidad (expresada en los mandatos anteriores) hiciera posible una apertura ilimitada. Cuando mejor israelita es un judío o un cristiano (cumpliendo los mandamientos anteriores) puede ser más universal, uniéndose por los que siguen a todos los hombres:
- (5) Honra a tu padre y a tu madre, para que tus días se prolonguen sobre la tierra que Yahvé tu Dios te da.
- (6) No cometerás homicidio.
- (7) No cometerás adulterio.
- (8) No robarás.
- (9) No darás falso testimonio contra tu prójimo.
- (10)No codiciarás la casa de tu prójimo; no codiciarás la mujer de tu prójimo, ni su siervo, ni su sierva, ni su buey, ni su asno, ni cosa alguna que sea de tu prójimo (Ex 20, 12-17; Dt 5, 16-21).
Estos mandamientos son de carácter moral, de manera que suele decirse que éste decálogo tiene un carácter ético, pues regula las relaciones del hombre con su prójimo, de una forma que es tendencialmente universal, es decir, válida para todos los hombres (por encima de sus diferencias religiosas).
En el principio se sitúa la exigencia del orden familiar, que ratifica el orden → patriarcal, aunque vinculando al padre y a la madre (5º mandamiento), a la que siguen los tres mandamientos más conocidos y constantes de todas las grandes culturas (6º, 7º y 8º), que prohíben el homicidio, el adulterio y el robo (que es en principio el robo de personas), estableciendo de esa forma las bases de toda relación moral. Sigue la exigencia de mantener la verdad, especialmente en un contexto judicial y, finalmente, la prohibición de los deseos que llevan a la posesión de los bienes ajenos, desde la perspectiva de una sociedad patriarcalista (así se prohíbe de la misma forma el deseo de la mujer y del asno o de la casa del prójimo). La ley que se ha expresado a través de esos mandamientos es una ley de realización humana. Como don se ofrece, como gracia se revela, para que los hombres puedan madurar y dialogar con Dios desde la tierra. En el principio de esas leyes no encontramos un tú debes kantiano, ni algún tipo de imposición o equilibrio social sino la revelación del Dios creador-liberador que dice: «yo soy Yahvé, tu Dios, que te saqué de Egipto».
Decálogo cúltico-nacional (Ex 34, 14-26); siglo VI-IV a. C.
La tradición judía y cristiana ha puesto de relieve los diez mandamientos del decálogo ético, que aparecen en Ex 20, 1-17 y Dt 5, 6-21 y que han sido incluidos en la gran experiencia de la alianza de dios con el Pueblo, en el Monte Sinaí. Pero el mismo libro del éxodo contiene otros diez mandamientos (aseret ha-ddebarim de 34, 28) de tipo cúltico-nacional que están incluidos en el contexto de la renovación de la alianza de Ex 34, 1-28.
Frente al carácter universal-humano de los diez mandamientos anteriores, éstos ponen de relieve el aspecto cúltico-nacionalista de la vinculación del pueblo de Israel con su Dios. Ellos constan de una introducción (Ex 34, 10: Dios expulsa a los cananeos) y de diez compromisos básicos. Ellos se pueden comparar con los “cinco mandamientos de la iglesia”, propios de la tradición católica del cristianismo.
- (1) No adorarás dioses extraños, porque el Señor se llama celoso; Dios celoso es él.
- (2) No hagas alianza con los habitantes del país, porque se prostituyen con sus dioses y cuando les ofrecen sacrificios te invitarán a comer de sus víctimas.
- (3) No tomes a sus hijas por mujeres para tus hijos, pues cuando sus hijas se prostituyan con sus dioses, prostituirán a tus hijos con sus dioses.
- (4) No te harás estatua de dioses.
- (5) Guarda la fiesta de los ázimos...
- (6) Todos los primogénitos machos de tu ganado me pertenecen.
- (7) Seis días trabajarás y el séptimo descansarás.
- (8) Celebra la fiesta de las semanas.
- (9) Tres veces al año se presentarán todos los varones ante el Señor Dios de Israel.
- (10)Ofrece en el templo del Señor, tu Dios, las primicias de tus tierras (Ex 34, 14-28).
No está clara la división e identidad de estos «mandamientos», pero el texto supone que son diez (cf. Ex 34, 28) y así los hemos presentado. Los mandamientos del decálogo ético (Ex 20, 1-17 y Dt 5, 6-21) parecen más antiguos y tienen un sentido universal: pueden aplicarse a todos los pueblos, a los hombres y mujeres de diversas religiones (siempre que acepten la unidad y unicidad de Dios). Por el contrario, éstos son posteriores, propios de una época en la que se ha querido poner de relieve la identidad y diferencia nacional y religiosa de Israel, como podemos ver en diversos pasajes del libro de Esdras y Nehemías donde se ratifica la prohibición de los matrimonios mixtos (de israelitas con mujeres gentiles).
Podemos suponer que este nuevo decálogo no quiere establecer una ley independiente, ni sustituir a los diez mandatos éticos, sino concretarlos y aplicarlos para la situación concreta de un pueblo que ha pecado con el becerro de oro y los cultos cananeos. Ese es un decálogo cultual (religioso) o nacional que expresa y defiende la propia identidad de los israelitas. Dios les ha mostrado su amor/perdón sobre la tierra de sus promesas. Pues bien, ellos deben responder viviendo separados, como pueblo que nace de la misericordia.
Estos mandamientos quieren salvaguardar la identidad israelita, conforme lo indica todo su contexto (Ex 33-34). Al don de Dios, que perdona a los israelitas pecadores y les concede de nuevo la tierra, ellos responden con la separación religioso/social (rechazan otros cultos sagrados y prohíben los matrimonios mixtos) y con el cultivo más intenso de los elementos distintivos (fiestas propias, sábados...). Para muchos cristianos, esta vinculación entre la misericordia de Dios (tema fundante y universal de 34, 6-7) y separación religioso/social del pueblo israelita (mandato básico y decálogo de 34, 10-26) puede resultar extraña. Para los judíos, que han avanzado en línea de piedad profunda y nacionalismo religioso, esta unión resulta necesaria.
(cf. A. Exeler, Los Diez Mandamientos. Vivir en la libertad de Dios, Presencia Teológica, Sal Terrae, Santander 1983); J. Loza, Las palabras de Yahvé. Estudio del Decálogo, Unv. Pontificia, México 1989; K. L Sparks, Ethnicity and Identity in Ancient Israel. Prolegomena to the Study of Ethnic Sentiments and Their Expression in the Hebrew Bible, Eisenbrauns, Winona Lake 1998).
TRES GRANDESS CÓDIGOS O CONSTITUCIONES
Son códigos o constituciones ético-religiosas, que se van fijando entre el siglo IX y el IV a.C. De algún modo se sustituyen unos a los otros, de forma que se siguen unos a los otros… Pero en otra línea se van complementando, se van integrando en un conjunto más extenso, que será el Pentateuco. No se sustituyen, un código no anula al anterior, no le invalida, sino todos van teniendo un valor, dentro del conjunto de la tradición israelita.
Código de la Alianza (Ex 20, 22-23, 19; siglo IX.VIII a.C.=
(→ Deuteronomio, código de la santidad). Aparece como una continuación del decálogo y está incluido en la teofanía y pacto del Sinaí (Ex 19-24). Contiene diversas leyes de tipo social, criminal, económico y cultual que sirven para resolver los problemas todavía no muy complejos de una sociedad en gran parte agraria. Proviene de los tiempos de la monarquía, antes del exilio, entre el siglo IX-VIII a. C. Insiste en el cuidado por los más débiles y en la preocupación por la justicia. Incluye, entre otras normas un nuevo → decálogo (Ex 22, 17-30), con preceptos religiosos (22, 17-19), sociales (22, 20-26) y cultuales (22, 27-30), en el que se dice, entre otras cosas:
«No oprimirás ni vejarás al forastero, porque forastero fiestees en Egipto. No explorarás a la viuda y al huérfano, porque si ellos gritan a mí yo los escucharé. Se encenderá mi ira y os haré morir a espada, y quedarán viudas vuestras mujeres y huérfanos vuestros hijos» (Ex 22, 21-24).
De esa forma apela a la memoria de la historia israelita: forasteros o gerim fueron antaño los que ahora forman el pueblo de la alianza; por eso no pueden olvidar su origen y oprimir a los que a su lado carecen de seguridad o patria. Este recuerdo del origen social israelita (¡fuisteis ger!) funda toda su moral y la sustenta sobre la solidaridad con los oprimidos: Dios tuvo piedad de los hebreos marginados en Egipto; ahora, los descendiente de los hebreos deben comportarse como Dios, apiadándose de los forasteros.
(Introducción a los códigos legales del Pentateuco en J. L. Sicre, Introducción al Antiguo Testamento, Verbo Divino, Estella 1992).
Deuteronomio (siglo VII a.C.)
Último libro del Pentateuco, titulado en hebreo Debarim:las “palabras” que Moisés pronunció como testamento, al otro lado del Jordán, antes de su muerte (antes de que el pueblo entrara en la tierra prometida). La traducción de los LXX le ha dado el título de Deuteronomio, que significa Segunda Ley, suponiendo que ofrece una relectura final de la Ley, antes de la entrada en la tierra, como culminación de todo lo anterior. El libro surgió en un momento maduro de Israel, tras los grandes profetas, como ley propia de la alianza de las tribus, no de sacerdotes especializados en el culto de los santuarios. Por eso, más que manual religioso de culto sacerdotal, el Deuteronomio es el libro de un pueblo que quiere responder a la voluntad de Dios, que le ha llamado.
(1) Texto y división. Recoge la tradición de los deuteronomistas, es decir, de unos levitas-profetas que asumieron ya en tiempos de Josías* (639-608 a.C.) la gran tarea de la renovación de Israel. Su código central (Dt 16-26) parece vinculado al Libro de la Ley (2 Rey 22-23), por el que Josías (640-609 a.C.) realizó su reforma. La teología de este libro ha inspirado a su vez la composición de la historia deuteronomista (de los libros que van de Jos a 2 Rey) y todo el desarrollo posterior de Israel, hasta la fijación definitiva del Pentateuco (con el pacto entre Dt y Lev, hacia el 400 a.C.). Ofrece el testimonio básico de la teología de Israel, inserta en una serie de discursos de despedida de Moisés. Se puede dividir en seis partes.
Dt 1, 1–4, 43: Introducción. Esta parte actúa como introducción a toda la obra deuteronomista, de manera que podría hablarse de un Tetrateuco anterior (Gen, Ex, Lev, Num) y una historia posterior (con Dt, Js, Jc, 1-2 Sam y 1-2 Rey). Ella vincula la Ley de Dios y la historia del pueblo, como indica esta sección, con su interpretación teísta (religiosa) de la historia.
Dt 4, 44–11, 32: Parénesis. Enseñanza de Moisés, como introducción ya concreta al Código legal (Dt 12-26). Sigue recogiendo y reinterpretando la experiencia histórica anterior (de Ex y Num), en forma parenética. Incluye la ley básica del Decálogo (Dt 5, 6-21; cf. Ex 20) e introduce el mandato del Shemá (Dt 6, 4-9), que llegará a ser el centro teológico de la experiencia israelita.
Dt 12-26: Código o ley básica, que se identifica quizá con la de Josías (2 Rey 22–23) y que aquí aparece como palabra definitiva de Moisés para todo el judaísmo. Contiene leyes que regulan los diversos aspectos de la vida y marcan la identidad de Israel: Dt 12: un solo santuario (que para los judíos será Jerusalén, para los samaritano el Garizim). Dt 13-14: leyes sacrales, sobre idolatría, purezas y diezmos. Dt 15, 1–16, 17: Año sabático y perdón de las deudas, fiestas israelitas. Dt 16, 18–18, 22: Leyes concretas, sobre jueces, reyes, sacerdotes y profetas. Dt 19, 1–21, 14: Leyes sociales y norma central sobre la guerra. Dt 21, 15–25, 39: leyes sobre temas de familia, y otros aspectos de la vida social. Dt 26. Ley sobre los diezmos y conclusión. Israel ha de elegir el camino de Yahvé.
Dt 27‒28: dodecálogo de Siquem. Texto legal antiguo, que define la norma de vida que vincula a los diversos grupos de israelitas, con bendiciones y maldiciones, en un contexto de alianza, en torno a Siquem, no en Jerusalén.
Dt 29-30: Moab. Nueva alianza de Moab, a las puertas de la tierra prometida. Moisés sitúa al pueblo de Israel ante la gran elección, ante la vida y la muerte.
Dt 31-33. Fin. Culminación del Dt y del Pentateuco, con las últimas disposiciones de Moisés, a las que sigue su canto y bendiciones. Muerte de Moisés, no se sabe dónde está enterrado.
(2) Otros códigos israelitas De un modo consecuente, los israelitas formularon sus Leyes como voluntad de Dios, y ellas han sido recogidas en diversos códigos, que siguen formando parte del Pentateuco: (a) Código de la Alianza (Ex 20, 22–25, 18), más antiguo, propio de una sociedad básicamente agraria. (b) Código de la Santidad (Lev 17-26), de origen posterior, centrado básicamente en el ordenamiento sacerdotal del culto, y en las normas sobre pureza e impureza.
Las normas de esos códigos, con la ley básica del Deuteronomio (Dt 12-26), regulan en nombre de Dios la conducta de los hombres, en el plano social y personal (más vinculado a la pureza sagrada). La novedad israelita ha consistido en concebir la Ley (y la conducta humana que responde a ella) como presencia de un Dios personal que se revela en la vida entera de los hombres y mujeres, y no en unos gestos religiosos separados de ella. Según eso, el hombre vive a la luz de la Palabra de Dios, una Ley que no esté lejos (en el cosmos), sino en el mismo corazón de los hombres a los que Dios habla (Dt 30, 12-14; cf. Rom 10, 5-8).
(3) Instituciones legales de otros pueblos. Las colecciones jurídicas de la antigüedad suelen tener carácter sagrado y están avalados por los dioses, garantes del orden social. Entre ellos, para entender el Dt, podemos citar algunos más significativos. (a) ElCódigo de Hammurabi(1760 a.C.) recoge y unifica las leyes de Mesopotamia, bajo patrocinio y mandato del Dios solar Shamash de Larsa. (b) En Egipto no hay códigos como el de Hammurabi, pero las leyes y su cumplimiento están bajo el patrocinio de Maat (Dios de la Justicia), desde el milenio III a.C. (c) En Grecia, la Ley de Solón (s. VI a.C.) sigue estando bajo patrocinio divino, aunque tiende a independizarse de la religión. (d) También el Derecho Romano tiene un carácter divino, como aparece en el Código de las XII Tablas (V a.C.), sancionado por los sacerdotes en nombre de la divinidad.
E. Brown, El Deuteronomio, Mensajero, Bilbao 1969; P. Buis, Le Deutéronome, Beauchesne, Paris 1969: N. Lohfink (ed.), Das Deuteronomium, BETL Leuven 1985; 'Écoute Israel'. Commentaire de textes deutéronomiques, Lyon 1967; E. Hernando, El Deuteronomio. Sus valores ymotivaciones, Burgense 26 (1985) 9-36; F. García, El Deuteronomio, Verbo Divino, Estella 1989; La Torá. Escritos sobre el Pentateuco, Verbo Divino, Estella 2012; G. von Rad, Deuteronomium, ATD 8, Göttingen 1969; El pueblo de Dios en el Deuteronomio, en Id, Estudios sobre el AT, Sígueme, Salamanca 1976, 283-376.
Código de la Santidad (Lev 17-26, V-IV a.C.)
Forma, con el Código de la Alianza y el Deuteronomio, el centro jurídico y sacral del Pentateuco. Es el último de los códigos y ha sido fijado tras la vuelta del exilio, en el tiempo de la restauración sacral de la comunidad del → templo, probablemente en conexión con la reforma de Esdras-Nehemías (siglo V-IV a. c.). . También está relaciona con la reforma sacral israelita que propone Ez 40-48, pero carece de su contenido utópico, aunque las bendiciones y maldiciones finales (Lev 26) le han dado un carácter escatológico. Tiene un carácter básicamente sacral, centrado en la preocupación por la sangre (por el buen orden de las relaciones sexuales y familiares) y por la pureza de los sacerdotes.
Domina el aspecto sacral, vinculado a la pureza, más que el social, vinculado a la justicia. Le preocupa el orden del templo y el buen cumplimiento de las fiestas, entendidas como expresión de rectitud sacral, más que como signo de alegría y gozo del pueblo. Busca la pureza del pueblo, aunque acepta a los emigrantes, conforme a la tradición israelita más antigua (→ extranjeros; cf Lev 19,33). Culmina en la gran ley del → jubileo, que traza las bases de la nueva posesión de la tierra, tras la vuelta del exilio. Significativamente, se le ha añadido un capítulo muy «realista» sobre las tarifas del templo. Ha definido de manera poderosa todo el judaísmo posterior.
PENTATEUCO.La “constitución de Israel
Éste es el nombre que la traducción griega de los LXX dio a los cinco primeros libros de la Biblia Hebrea, que constituyen le Torah o Ley por excelencia. Forman una unidad y así fueron recogidos en cinco volúmenes (que eso significa en griego el nombre). Forman para el judaísmo el corazón y esencia de la Escritura, la constitución el Pueblo de Dios. Según la tradición fueron escritos por Moisés, pero la crítica bíblica ha demostrado que ellos son el resultado de un largo proceso de elaboración y fijación, que sólo ha culminado en el siglo IV-III a. de C.
(1) Tradiciones básicas.La exégesis tradicional ha postulado la existencia de varios documentos básicos que estarían en la base del Pentateuco: el J o Yahvista (siglo IX a C.), el E o Elohista (siglo VIII a. C.), el D o Deuteronomista (siglo VII . a. C.) y el P o sacerdotal (siglos VI-IV a. C.). Sin negar la posibilidad de la existencia de tales documentos resulta preferible hablar de tradiciones y redacciones.
(a) Tradición yahvista. Hubo, sin duda, recuerdos y relatos, documentos históricos y cuerpos legales que se fueron vinculando a través de su pertenencia a la misma fe yahvista. Ellos constituyen el primer «corpus» o punto de partida del Antiguo Testamento y de tal manera que podríamos decir que la última redacción del Antiguo Testamento, pero es muy posible que no fueran redactados de un modo unitario. Esa tradición se expresa, de un modo peculiar, en los textos que están en el fondo de la «primera alianza»(Ex 19-24) que recoge recuerdos antiguos, vinculados a la teofanía del Sinaí, textos legales anteriores como el Decálogo (Ex 20,22-23,33, con su paralelo en Dt 5, 6-21) y el Código de la alianza (Ex 20,22-23,33).
(b) Tradición y redacción deuteronomista. Tiene un origen levítico y está probablemente vinculada a la reforma de Josías (639-609 a. C.), que fija los elementos básicos de la identidad israelita, centrada en Jerusalén, pero abierta a las tradiciones del reino del Norte. Esta tradición asume la teología básica de los grandes profetas antiguos (de Amós y Oseas a Jeremías), con la exigencia de justicia social y de fidelidad a Yahvé, y fue dominante tras Josías, en el tiempo del exilio (587-539 a. C.), y en los años posteriores. La base de esta tradición se encuentra en un código legal bastante antiguo (Dt 12-26) que parece haber surgido en el reino de Israel (Samaría), siendo acogido después (VII a. C) en círculos del sur (Jerusalén). Su visión teológica está al fondo de la historia escrita por la escuela llamada deuteronomista (Dtr), que abarca los libros llamados «profetas anteriores», que van de Jos a 2 Rey; en ella se supone que Yahvé ha castigado a los israelitas por haber roto la alianza y por haber caído en la idolatría.
(c) Tradición y redacción sacerdotal. Hubo desde antes del exilio tradiciones sacerdotales, centradas en los grandes santuarios y especialmente en Jerusalén. Ellas se expresan en profetas como Ezequiel y adquirieron gran importancia en tiempos del exilio. En ese sentido podemos hablar de una reelaboración sacerdotal de la historia e identidad israelita, que fue dominante en los tiempos de la constitución de la → comunidad del templo (en torno al 450 a. C.); en ella se ponen de relieve los valores de la santidad del pueblo y la exigencia del culto para alcanzar la purificación y el perdón de los pecados.
(2) El Pentateuco, un libro de pacto, un libro de los orígenes del hombre. No se ha resuelto todavía el problema del origen y sentido de conjunto del Pentateuco. Pero existen algunas cosas claras. El Pentateuco recoge las tradiciones de la historia legal de Israel y es efecto de una redacción muy cuidadosa en la que han tenido que intervenir sacerdotes y levitas, judíos de Jerusalén es Israelitas del antiguo reino del Norte. Sólo así se explica el hecho de que el Pentateuco haya sido conservado por lo samaritanos y el hecho de que no contenta tradiciones explícitas de Jerusalén, ni del reino del sur. Sus cinco libros constituyen el principio e identidad no sólo del judaísmo histórico, sino de la religión de los samaritanos y de los mismos cristianos.
Los cristianos han interpretado el Pentateuco a partir de los profetas y Jesús. El camino de la interpretación del Pentateuco sigue abierto. En el Pentateuco se contienen algunas de las tradiciones más significativas de la historia de la humanidad, desde la creación (Génesis 1-3) hasta el Éxodo (Ex 1-15), desde la instauración del culto (Éxodo y Levítico) hasta la constitución del Pueblo (Números). El Pentateuco incluye una serie de tradiciones y teologías que deben ser interpretadas desde la misma vida de los creyentes, judíos, samaritanos o cristianos.
(cf. J. Blenkinsopp, El Pentateuco. Introducción a los primeros cinco libros de la Biblia, Verbo Divino, Estella 1999; F. García, El Pentateuco, Verbo Divino, Estella 2003; J. L. Ska, Introducción a la lectura del Pentateuco, Verbo Divino, Estella 2001; R. N. Whybray, El Pentateuco: estudio metodológico Desclée de Brouwer, Bilbao, 1995).
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