La razón en que descansa esa decisión es la de evitar el perjuicio que, de otro modo, se causaría a los recurrentes y, especialmente, a los intereses públicos encarnados en el Estado y en sus instituciones constitucionales, los cuales se verían gravemente afectados si, exhumados esos restos, se estimara el recurso y fuera preciso devolverlos al lugar en que se hallan.
El Supremo no se para a analizar el fondo del asunto, sino que simplemente ha decidido admitir la cautelar de los descendientes del dictador y que también solicitaron la Fundación Franco y la comunidad benedictina del Valle de los Caídos.
La abogacía del Estado sí consideraba reversible la exhumación de Franco en caso de que se vieran obligados por una posterior sentencia judicial. El Ejecutivo ya avanzó que respetaría la paralización cautelar, según indicó el pasado viernes la ministra portavoz, Isabel Celaá.
De hecho, en un comunicado, el Ejecutivo señala que "la suspensión cautelar implica que el Gobierno pospondrá la ejecución de la exhumación hasta que en los próximos meses se dicte sentencia sobre el fondo del asunto".
"No es extraño que el Tribunal Supremo suspenda la ejecución de una decisión cuya legalidad tiene que revisar a instancia de parte. Obviamente, la suspensión cautelar no indica nada sobre el fondo del asunto. De hecho, el Gobierno está convencido de que el Supremo desestimará este recurso, como ha venido haciendo hasta ahora con todos los recursos planteados por la familia Franco", destacó el comunicado.