SOLO PARA ARZOBISPOS
Si la reforma eclesiástica en cuyas vísperas da ya la veraz y feliz impresión de encontrarnos, por fin, aunque sea de perfil, entra en la Iglesia con todas sus consecuencias, arzobispos y obispos serán sus protagonistas principales, contando con la audaz, imprescindible y milagrosa participación del resto del pueblo de Dios. Este, en definitiva, es su destinatario y beneficiario.
¿Pero qué es eso de “arzobispo”, de provincia eclesiástica, (“provincia procede del latín “víncere”, con referencias a “tierras vencidas”) metropolitano, archidiócesis, diócesis o sedes sufragáneas, arzobispos a título personal, palios, indumentaria “religiosa” distinta a la de los “simples” obispos? ¿Acaso no es excesivamente generosa y quisquillosa la Sagrada Liturgia – Derecho Canónico, en la concesión y denominación de signos y atributos arzobispales? ¿Puede haber más hojarasca en los mismos, sobre todo si los comparamos con los que distinguen a los miembros de otras profesiones, con categoría social de tanta o más excelsa categoría social, por mucho que ignominiosamente se nos adoctrine en la idea de que ”todo eso es para la gloria de Dios”, siendo herético disentir de tan devotas tradiciones, normas y leyes?.
Desde tal perspectiva en la que no pocos arzobispos siguen pastoralmente anclados, ¿tienen sentido y contenido “celebraciones religiosas” ambiciosamente presididas por algunos de ellos, integradas en el contexto del “carrerismo- escalafón” repetidamente descalificado por el papa Francisco?
Con santa dificultad le es posible al “pueblo fiel” y a sus componentes -ellos y ellas- llegar a conclusiones cristianas de que toda terminología, estilo de vida y ejercicio pastoral conservan rasgos eminentemente paganos , como otras tantas copias perversas de la práctica de la autoridad del “¡ordeno u mando¡”, sin contar con y menos sin que el mismo pueblo sea su destinatario…”Servir al pueblo” y “servirse del pueblo”, aunque este solo sea como peana de ociosas , coloristas y reverendísimas titulitis, no tiene nada de cristiano. Todo lo contrario. Es y será anatematizable.
De la “Iglesia sinodal” -no hay otra- están de más la mayoría de estos títulos, al igual que los comportamientos que exigen. Obispos y arzobispos, a título personal y solo “por ser Vos quien sois”, con rentas o sin ellas y porque tal régimen canónico , con sus denominaciones de origen sobre todo feudales, estuvo vigente en la historia de la Iglesia, no es congruente y además demanda el propósito penitencial de reparar los daños y perjuicios ocasionados a los miembros de la institución eclesial.
Esta anhelada reforma en la selección y praxis episcopal precisa una conmoción total en cuyo esquema sea imprescindible la participación del pueblo “¡Ambrosius episcopus¡” cuando este ni siquiera era sacerdote), que ha de ser pastoreado por el nombrado para tal menester. Es poco explicable que, “porque sí, porque sea del agrado del Nuncio y de sus adláteres, y por compromisos político eclesiásticos – que de todo hay en la Viña del Señor, en la que ya casi todo se sabe -y con tan menguada participación del Espíritu Santo- , determinados obispos con el expreso y valiente rechazo de su propio nombramiento por los procedimientos de la política eclesiástica y hasta civil hasta ahora al uso, no pongan a depongan sus cargos, tachando sus nombres del episcopologio.
“Por los frutos los conoceréis”. Tal y como gimen y lamentan los noticiarios e informativos “eclesiásticos”, algunas de ellas escamoteadas por los organismos “oficiales” diocesanos y nacionales, -CEE-, a los colegas profesionales del ramo, les corresponderá inexcusablemente dar razón de silencios, a los que jamás justificarían las sinrazones de los posibles “escándalos” que generarían en el gremio de los hipócritas y de los “aprovechados”.
NOTA: Y allá va el ejemplo de casi siempre: Extremadura, pese a su constitucionalidad como Comunidad Autónoma, no es “Provincia Eclesiástica”, dado que una buena parte de ella,- con inclusión nada menos que de Guadalupe- pertenece y cotiza “religiosamente” a Toledo, capital de su archidiócesis y de Castilla-La Mancha. ¿Cuánto cuesta, en euros o en recomendaciones, la redención de esta “franja extremeña ”¿Qué diagnóstico volvería a hacer de este caso Andrea Navagero ,embajador de la República de Venecia en la corte itinerante del emperador Carlos V, respecto al Cabildo de la Santa Iglesia Catedral Primada, de su poder, poderío, riquezas y algo más?. ¿Por qué no informan al pueblo fiel extremeño de una “santa” vez, a lo que tiene inalienable derecho, además de por educación y cortesía?