Ante los sucesos de la madrugada del 19 de octubre en el CIE de Aluche "Los internados en los CIE españoles ven vulnerados derechos humanos básicos"
(Concha Molina Blázquez, Directora de la Clínica Jurídica ICADE).- Los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE) son establecimientos públicos no penitenciarios en los que se retiene a los extranjeros a los que se les ha abierto un procedimiento para su expulsión de España.
En nuestro país hay oficialmente siete CIE, en Algeciras, Barcelona, Madrid, Murcia, Valencia, Tenerife y las Palmas, aunque existe un octavo, el de Tarifa, catalogado oficialmente como una extensión del de Algeciras. Y no se deben confundir con los CETI (Centros de Estancia Temporal de Inmigrantes) de Ceuta y Melilla, que legalmente se conciben como centros de primera acogida provisional y, supuestamente, están destinados a dar servicios y prestaciones sociales básicas a los inmigrantes y solicitantes de asilo que llegan a estas ciudades mientras se decide qué se hace con ellos.
De los CIE hay que destacar que no son centros penitenciarios (prisiones) y, sin embargo, por las condiciones de los propios establecimientos y de los servicios que en ellos se prestan, la vida diaria en ellos es mucho peor que la que llevan los condenados a penas de prisión en las cárceles. Así lo constatamos en un Informe elaborado por las Clínicas Jurídicas de Valencia, Barcelona y Valladolid y la nuestra de Comillas ICADE, desde donde se coordinó la investigación que realizamos para Pueblos Unidos y que se presentó públicamente en el Consejo General de la Abogacía Española en junio de 2015.
La investigación contrastó, con las fuentes disponibles, el grado de cumplimiento de los CIE de lo establecido en el Real Decreto 162/2014, por el que se aprobó el reglamento de funcionamiento y régimen interior de estos centros. Las conclusiones que se obtuvieron destacaban el incumplimiento de lo establecido en el Reglamento.
Los internados en los CIE españoles ven vulnerados derechos humanos básicos, como el derecho a la salud, porque no disponen de una atención sanitaria continuada (deben prever que van a estar enfermos y apuntarse en la lista con antelación o esperar al siguiente turno), o el derecho a la asistencia letrada que les permita conocer y ejercer sus derechos (bien por la inadecuación de dicha asistencia, bien por las dificultades de comunicación con los letrados por la falta de traductores). Y así un largo etcétera.
El incumplimiento de lo establecido en el Reglamento se puso de manifiesto, por ejemplo, en el Auto de 31 de julio de 2015, emitido por la juez de control del CIE canario de Barranco Seco. En el auto, la magistrada detallaba las reiteradas vulneraciones de derechos que se producían en el CIE y solicitaba la subsanación inmediata de las vulneraciones, limitaciones y faltas de garantías del Centro.
En respuesta al auto, el Ministerio del Interior, a través de sus servicios jurídicos, admitió el incumplimiento del reglamento, concluyendo que el "auto judicial remitido podría conllevar una decisión de cierre del CIE de Barranco Seco y, dado que la situación denunciada es extrapolable al resto de centros, cabría resoluciones similares".
Ha trascurrido más de un año desde la denuncia de la situación del CIE de Barranco Seco y las cosas no han cambiado, como ponen de manifiesto los sucesos de la madrugada del 19 de este mes en el CIE de Aluche, y como reiteran los informes de las ONG que asisten a los internos (así el Informe anual 2015 de Pueblos Unidos).