Declaración de 140 organizaciones que trabajan con inmigrantes en España "El Tribunal Constitucional ha desautorizado el modo de ejecución de las devoluciones en caliente"
Condiciona la constitucionalidad de la regulación legal del régimen especial de rechazo en frontera en las vallas de Ceuta y Melilla a que la ejecución de estos rechazos se lleve a cabo (i) "con las garantías que a las personas extranjeras reconocen las normas, acuerdos y tratados internacionales ratificados por España"
"Exigimos al Gobierno que paralice la práctica de estas devoluciones mientras se establezca con la mayor celeridad posible una regulación normativa"
| San Carlos Borromeo
Más de 140 organizaciones hacemos constar que el Tribunal Constitucional ha desautorizado el modo de ejecución de las devoluciones en caliente que tan reiteradamente han practicado los diferentes gobiernos, incluido el actual, en las vallas de Ceuta y Melilla.
Una vez conocida la nota informativa núm. 107/2020 emitida por el Tribunal Constitucional en relación con la resolución del recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra determinados preceptos de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana (LOPSC), y a la espera de que se haga público el contenido íntegro de la resolución, ponemos de manifiesto que dicho Tribunal condiciona la constitucionalidad de la regulación legal del régimen especial de rechazo en frontera en las vallas de Ceuta y Melilla a que la ejecución de estos rechazos se lleve a cabo (i) "con las garantías que a las personas extranjeras reconocen las normas, acuerdos y tratados internacionales ratificados por España" y a que (ii) "en todo caso, los cuerpos y fuerzas de seguridad deberán prestar especial atención a las categorías de personas especialmente vulnerables".
En la medida en que ninguna de esas condiciones se respetan en la actual forma en que se llevan a cabo estas devoluciones –mediante la entrega directa a las autoridades marroquíes de las personas interceptadas en las vallas de Ceuta y Melilla sin ningún tipo de procedimiento que permita la identificación de situaciones de vulnerabilidad ni la individualización de los interesados para que puedan hacer efectivo el ejercicio de los derechos fundamentales que les reconoce el derecho internacional y regional de los derechos humanos– EXIGIMOS al Gobierno que paralice la práctica de estas devoluciones mientras se establezca con la mayor celeridad posible una regulación normativa que garantice un procedimiento acorde a las exigencias de la sentencia del TC. 19 de noviembre de 2020.
"Es engañoso afirmar que el Tribunal Constitucional avala la constitucionalidad de las devoluciones sumarias"
⛔️Individualización casos
⛔️Pleno control judicial
⛔️Atención personas vulnerables
⛔️Cumplimiento acuerdos internacionales
📰 https://t.co/Hj1TMaMkotpic.twitter.com/PV1lko7RnX— Alberto Ares (@albertoares) November 19, 2020
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