Motu proprio del Papa sobre la Reforma del Derecho Penal Francisco revisa y actualiza las sanciones penales en las Iglesias orientales
El objetivo del Motu proprio 'Vocare peccatores' es introducir en el Código Oriental los mismos cambios que ya se introdujeron en el Código Latino en 2021
"Las nuevas normas determinan mucho más claramente cuándo debe intervenir la autoridad eclesiástica en caso de delitos. Son más precisos y las penas a imponer también están más claras"
(Vatican News).- Con la Carta Apostólica en forma de motu proprio Vocare peccatores, firmada el pasado 20 de marzo, solemnidad de San José, y publicada la mañana de este miércoles, 5 de abril, el papa Francisco reforma el Derecho Penal de las Iglesias Orientales realizando los mismos cambios ya introducidos en el Código Latino.
En junio de 2021, con la constitución apostólica Pascite gregem Dei, el Santo Padre había modificado el Libro VI del Código de Derecho Canónico sobre las sanciones penales en la Iglesia. Se trataba de un trabajo de revisión iniciado con Benedicto XVI.
"Para responder adecuadamente a las necesidades de la Iglesia en todo el mundo -explicaba Francisco- parecía evidente que también la disciplina penal promulgada por san Juan Pablo II el 25 de enero de 1983 en el Código de Derecho Canónico debía ser revisada, y que debía ser modificada de modo que permitiera a los Pastores utilizarla como un instrumento salvífico y correctivo más ágil, a emplear con prontitud y caridad pastoral para evitar males más graves y aliviar las heridas causadas por la debilidad humana".
En vigor desde el 8 de diciembre de 2021
El Papa afirmaba que se trata de una "exigencia concreta e indispensable de caridad no sólo hacia la Iglesia, la comunidad cristiana y las posibles víctimas, sino también hacia quien había cometido un delito, que necesita tanto de la misericordia como de la corrección de la Iglesia". En el pasado, se ha causado mucho daño al no percibir la íntima relación que existe en la Iglesia entre el ejercicio de la caridad y el recurso -cuando las circunstancias y la justicia lo requieren- a la disciplina de la pena".
En la Iglesia -explica el Papa en el motu proprio de hoy- las finalidades de la pena son el restablecimiento de la justicia, la corrección del culpable y la reparación de la ofensa y del daño. Los pastores, por tanto, manifiestan su solicitud cuando se esfuerzan por corregir el comportamiento de los fieles cristianos que se equivocan.
"Las nuevas normas -explica monseñor Juan Ignacio Arrieta, secretario del Dicasterio para los Textos Legislativos- determinan mucho más claramente cuándo debe intervenir la autoridad eclesiástica en caso de delitos. Son más precisos y las penas a imponer también están más claras, mejor determinadas. Además, la disciplina oriental también se ha armonizado con la latina en muchos aspectos, como el abuso de menores y la protección de los sacramentos".