Límites de edad para jueces cardenales y magistrados Con un Motu Proprio, Francisco modifica algunas normas en materia judicial
Con una Carta Apostólica en forma de Motu Proprio, Francisco interviene sobre las leyes que regulan el sistema judicial, el tratamiento económico y la seguridad social
Los magistrados ordinarios dejan de ejercer su cargo a los 75 años y los cardenales jueces a los 80. No obstante, el Papa podrá ordenar la permanencia en el cargo más allá de estos límites
Límites de edad para jueces cardenales y magistrados
Francisco establece las nuevas normas en 6 artículos, empezando por el cese de la actividad de los magistrados ordinarios a la edad de 75 años, mientras que para los cardenales jueces el umbral para dejar el servicio se fija en 80 años. No obstante, el Papa podrá ordenar la permanencia en el cargo más allá de estos límites.
Excepciones a los límites
En cumplimiento del "principio de inmutabilidad del juez y para garantizar la duración razonable del proceso" -se lee en el Motu Proprio- el Papa, para el año judicial en el que cesa el presidente, puede nombrar un presidente adjunto que asuma el cargo cuando cese el presidente. También establece que el Papa "podrá en cualquier momento dispensar del servicio, incluso temporalmente, a los magistrados que, por incapacidad comprobada, no puedan desempeñar sus funciones".
Los artículos siguientes especifican los términos relativos a la remuneración, la indemnización por cese y la seguridad social. También se presta atención a la parte del trabajo de los magistrados relativa a la responsabilidad civil.
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