Es falso que en el sacerdocio ministerial “no haya lugar para el vínculo conyugal” Ministerio sacerdotal y matrimonio no son contradictorios

Respuesta al cardenal Sarah contra la posibilidad de sacerdotes casados (7)

Seguimos analizando la argumentación del tercer fundamento de la “catástrofe pastoral” “a la luz de la tradición de la Iglesia” (p. 90-95). Su argumentación la he resumido en tres apartados: 1) Desde el s. IV, Concilios y Papas urgen la continencia matrimonial del clero. 2) En el sacerdocio “no hay lugar para el vínculo conyugal”. 3) Situación de la Iglesia en Oriente. He contestado al apartado 1) en los post (5) y (6).

  1. En el sacerdocio “no hay lugar para el vínculo conyugal”:

a) “El sacerdocio es una respuesta a una vocación personal. Es fruto de una llamada íntima de Dios, cuyo arquetipo es la llamada de Dios a Samuel (1S 3)”. “Sólo la Iglesia puede autentificar la respuesta” (p. 92).

b) “sacerdocio es donar la vida entera a Dios y a los hermanos, luego no hay lugar para el vínculo conyugal”. El estado de vida matrimonial “exige que los esposos sitúen el vínculo que los une por encima de cualquier otro... Ordenar a un hombre casado equivale a rebajar la dignidad del matrimonio y a reducir el sacerdocio a una función” (p. 92).

c) ¿A qué libertad pueden aspirar los hijos de un sacerdote casado? ¿Deben abrazar la vocación del padre? ¿Deberán recibir los sacerdotes una remuneración? (p. 93).

Respuesta:

a) - como toda vocación creyente, especialmente la vocación cristiana, “es una respuesta a una vocación personal. Es fruto de una llamada íntima de Dios”. Y lo mismo cabe decir de las demás vocaciones de servicio eclesial. Incluso otras vocaciones sociales de los creyentes pueden vivirse como fruto de una llamada divina: maestros, médicos, asistentes sociales, voluntarios diversos...

- la vocación cristiana, como toda vocación, tiene exigencias. La Iglesia pone ciertas exigencias para admitir al bautismo. Lo mismo ocurre con las demás vocaciones a ministerios de la Iglesia: catequista, Cáritas, visitador de enfermos, cantor, lector, acólito, teólogo de la comunidad, diácono, presbítero, obispo...

b) - el bautismo, sacerdocio común, “es donar la vida entera a Dios y a los hermanos”. Es falso que en el sacerdocio ministerial “no haya lugar para el vínculo conyugal”. Ministerio y matrimonio no son contradictorios en absoluto.

- no es verdad que el estado de vida matrimonial “exige que los esposos sitúen el vínculo que los une por encima de cualquier otro”. Por encima del matrimonio están los derechos primarios naturales: a la vida (sustento...), y los sobrenaturales como la fe, la esperanza, la caridad, la salvación eterna, la llamada a la santidad...

- No es cierto que “ordenar a un hombre casado equivale a rebajar la dignidad del matrimonio”. Son dos sacramentos con contenidos, fines y dignidad propios.

- lo de “reducir el sacerdocio a una función” no es un disparate. Es reconocer una realidad. El sacerdocio ministerial es un ministerio, servicio, “función”, al Pueblo de Dios. Casado o célibe, el sacerdote ministerial realiza una función de servicio, muy digna e importante, a la Iglesia y al mundo.

c) - la reflexión, en forma de preguntas, sobre la libertad de los hijos de los sacerdotes, y sobre la remuneración de los sacerdotes, me parece fuera de lugar. Ser hijo de cura debe ser lo mismo que ser hijo de cualquier persona. Ni proteccionismo excepcional ni ostracismo, ni desprecio, ni nada negativo. Sobre la remuneración, la comunidad a la que sirve deberá remunerarle según su trabajo y dedicación.   

3: “Esta es la situación de Oriente cristiano”:

a) “Tardó en admitirse. Se introdujo esta disciplina en el concilio “in Trullo -año 691-. Surgió por un error de transcripción de los cánones del concilio de Cartago (año 390). Ese concilio del s. VII (Trullo) “limitó la continencia a los momentos que preceden a la celebración de los sagrados misterios” . Lo que demuestra el vínculo ontológico entre el ministerio sacerdotal y la continencia” (p. 93).

b) “En las Iglesias orientales hay tensiones entre el estado sacerdotal y el estado conyugal. La situación se ha sostenido gracias a “las familias de sacerdotes. Niños que siguen vocación del padre y niñas que se casan con sacerdotes. El clero casado está en crisis. El divorcio sacerdotal provoca tensión ecuménica entre los patriarcas ortodoxos. En la Iglesias orientales separadas, los monjes hacen que el pueblo tolere los curas casados. En las Iglesias orientales unidas permiten el casamiento sacerdotal con la esperanza de que evolucionen hacia el celibato por razones espirituales más que por disciplina” (p. 94-95).

Respuesta:

a) - ¿Tardó en admitirse? Más bien habría que decir que “tardó en imponerse” la ley, y, en las iglesias orientales, no se logró nunca. No es cierto que la disciplina oriental “se introdujera en el concilio de Trullo (a. 691). Este concilio afectó a la disciplina de la Iglesia de Constantinopla en el s. VII. Otras iglesias orientales, algunas seguidoras de Nestorio (monofisitas), separadas mucho antes del concilio de Trullo, tienen hoy la disciplina aprobada por concilios del s. V. Consta que en los años 485 y 486 hubo sínodos en Beth Edraï y en Ctesiphon, en los que se anuló la “ley de continencia”, decretada un siglo antes por el papa Siricio, como una de esas “tradiciones nocivas y gastadas a las que debían poner fin los pastores”. Desenmascararon “las fornicaciones, adulterios y graves desórdenes” que dicha ley ocasionaba en su territorio. Probaron la falsedad de la pretendida “tradición apostólica” con textos bíblicos . Decretaron que “el matrimonio legítimo y la procreación de los hijos, ya sea antes o después del sacerdocio, son buenos y aceptables a los ojos de Dios” (H. Crouzel: “Sacerdocio y Celibato”; AA. VV., Dir. J. Coppens, BAC 1971, p. 292-293). 

- “limitó la continencia a los momentos que preceden a la celebración de los sagrados misterios. Lo que demuestra el vínculo ontológico entre el ministerio sacerdotal y la continencia” (p. 93). Tal limitación es tan de sentido común, como pedir que antes de cualquier celebración nos preparemos espiritualmente para poder celebrarla con sentido, con profundidad, etc. Todo celebrante tiene claro que, “en los momentos que preceden” a la celebración, no debe dedicarse a jugar a las cartas, a ver televisión, a hacer el amor... Deducir que por ello se “demuestra el vínculo ontológico entre el ministerio sacerdotal y la continencia” me parece un disparate interesado.

b) - Benditas Iglesias orientales porque viven encarnadas en las mismas tensiones que tienen los cristianos: en la tensión entre matrimonio y el servicio a la sociedad o a la comunidad eclesial. “Las familias de sacerdotes”, dice, “sostienen la situación”, porque muchos niños siguen la vocación paterna y muchas niñas se casan con ellos. ¡Qué cosa más natural! Así sucede en la sociedad.  

- “El clero casado está en crisis”, dice. Y ¿el clero célibe no? El problema del divorcio trae “tensión ecuménica entre los patriarcas ortodoxos”. Igual que en nuestra Iglesia.

- “En las Iglesias orientales separadas, gracias a los monjes el pueblo tolera a los curas casados”. No lo creo. Son dos disciplinas eclesiales igualmente legítimas.  

- En las Iglesias orientales unidas permiten el casamiento... con la esperanza de que se evolucione hacia el celibato por razones espirituales...”. Si “se permite” es porque el matrimonio es un derecho humano, anterior a toda ley civil o eclesial. Jesús lo aceptó y no exigió celibato alguno a sus discípulos, igual que la Iglesia primitiva. Quien no está respetando ese derecho es quien vincula obligatoriamente ministerio y celibato. Es un proceder antievangélico, al estilo mundano de ejercer el poder (Lc 22,25).

Leganés (Madrid), 19 de febrero de 2021

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