Ladislao Gutiérrez, sacerdote argentino, y la joven Camila O’Gorman 18 de agosto: 174º aniversario de un asesinato, fruto del celibato obligatorio
“Las personas primeras del Clero me hablaron o escribieron sobre este atrevido crimen y la urgente necesidad de un ejemplar castigo”
Para el obispo, la conducta del sacerdote “constituía un procedimiento enorme y escandaloso, contra el que fulminaban las penas más severas la moral divina y las leyes humanas”
| Rufo González sacerdote
En diciembre de 1847, Ladislao Gutiérrez,sacerdote argentino, y la joven Camila O’Gorman, deciden formar una familia. Buscan un lugar para vivir su sueño. El 12 de diciembre huyen hacia Brasil. En la ciudad de Goya, sin dinero, montan una escuela. En Buenos Aires, la familia teme el deshonor y espera encontrarlos. El clero los busca para reconvenirles, ocultar la verdad y explicar la ausencia del clérigo. Por eso tardan diez días en denunciarlo. Manuel Velarde, cura teniente del Socorro, buscó a Ladislao. El obispo, Mariano Medrano, el provisor y el canónigo Palacio movieron sus hilos sin resultado.
çAnte el temor al delito de ocultamiento, acuden al gobernador Juan Manuel Rosas. Dicen que el hecho: “constituía un procedimiento enorme y escandaloso contra el que fulminaban las penas más severas la moral divina y las leyes humanas”. El obispo pide: “en cualquier punto que los encuentren a estos miserables, desgraciados infelices, sean aprehendidos y traídos, para que, procediendo en justicia, sean reprendidos por tan enorme y escandaloso procedimiento”. El provisor habla de “suceso horrendo”. El padre de Camila califica el hecho de “atroz y nunca oído en el país” (La Gaceta Mercantil 9 noviembre 1848).
El gobernador les recriminó la tardanza en denunciar y la crueldad en calificar el hecho quienes lo habían ocultado más de diez días. La justicia quedaría burlada y sus enemigos políticos aprovecharían el caso para desprestigiarle. Cosas ambas ciertas. Activó sin demora los protocolos de búsqueda y captura: carteles, comunicación a los gobiernos federales de captura y envío a Buenos Aires... Un sacerdote reconoció a Ladislao en Goya y los denuncia a la Fuerzas de Seguridad.
Los remiten a Buenos Aires en buque de vela. Rosas pretende tratarles humanamente. Al capitán del puerto le ordena reserva absoluta, desembarco a media noche y llevarlos a sitios indicados. Rosas quería enviar al cura Gutiérrez a la justicia ordinaria y a Camila a la Casa de Ejercicios para que se diera cuenta del engaño y volviera con sus padres.
Los enemigos políticos de Rosas impidieron este camino: exageran los criminales hechos, le culpan de ocultamiento y de buscar la impunidad, propio de la corrupción de su gobierno. Así lo decía el diario “El Comercio del Plata”:
“La policía de Rosas aparentaba grande empeño por descubrir el paradero de aquel malvado o de su cómplice, más bien de su víctima... El infame raptor había sido colocado de cura por el canónigo Palacio. La familia a quien aquel criminal ha hundido en la deshonra pertenece a la parroquia confiada a tan indigno párroco. La joven que se dejó seducir por el infame manifestaba el deseo de tomar el hábito de monja: después de cantar en la iglesia desapareció con el raptor, quien completó su villanía, según se nos asegura, robándose alhajas del templo. ¿Hay en la tierra castigo bastante severo para el hombre que así procede con una mujer cuyo deshonor no puede reparar casándose con ella?” (El Comercio del Plata del 3, 5 y 7 de enero de 1848).
Rosas, temiendo el descrédito social y político, decide imponer el castigo más fuerte. Consulta a juristas, que, de acuerdo con los antiguos Fuero Juzgo y las Recopiladas, le indican que puede aplicar la condena de muerte por los actos de sacrilegio anejo a la relación con un sacerdote. Los hechos se precipitan. El barco de vela no puede, por el viento, llegar a Buenos Aires, y se acoge a la costa de San Pedro. La autoridad portuaria les remite al campamento de Santos Lugares. Informan a Rosas, que ordena al mayor Antonino Reyes, jefe de Santos Lugares, separarles, ponerles grillos, tomarles declaración y remitirla inmediatamente.
Al día siguiente, el 18 de agosto, envía a Reyes la orden de facilitarles los auxilios religiosos y fusilarlos. Reyes, esa misma mañana, envía una carta a Manuela de Rosas, amiga de Camila, pidiéndole que intercediera, y un oficio al mismo Rosas informándole del embarazo de la reo. El oficial de servicio, Eladio Saavedra, entrega carta y oficio a Rosas que inmediatamente remite a Reyes un apercibimiento por la demora en cumplir sus órdenes. Reyes encarga al mayor Torcida comunicar estas órdenes a los presos y llevar sacerdotes para que los preparen religiosamente. Al mayor Rubio le encomienda la ejecución.
El confesor de Camila le da a beber agua bendita para el “bautismo por boca” “por las dudas si había preñez”, según la moral bautismal. Antes de ir al patíbulo, Gutiérrez preguntó a Reyes si Camila iba a ser fusilada. Tras saber la verdad, entregó a Reyes un papel: “Camila: mueres conmigo: ya que no hemos podido vivir juntos en la tierra, nos uniremos ante Dios. Te abraza – tu Gutiérrez”.
Rosas creía que la ejecución fue justo desagravio a la moral y satisfacción de los delitos, que se debe dar por la sola razón de justicia, para ejemplo del público. Así lo escribió “La Gaceta Mercantil”, contestando a “El Comercio del Plata”, que fustigaba hipócritamente a Rosas (La Gaceta Mercantil, 9 noviembre 1848). El mismo Rosas lo escribió veintidós años después a un amigo de Buenos Aires:
“Ninguna persona me aconsejó la ejecución del cura Gutiérrez y Camila O’Gorman, ni persona alguna me habló ni escribió en su favor. Al contrario todas las personas primeras del Clero me hablaron o escribieron sobre este atrevido crimen y la urgente necesidad de un ejemplar castigo, para prevenir otros escándalos semejantes o parecidos. Yo creí lo mismo. Y siendo mía la responsabilidad, ordené la ejecución” (Copia testimoniada por el señor Máximo Terrero; archivo de Adolfo Saldías).
La ejecución del sacerdote argentinoy de su prometida demostró una vez más que el problema de celibato fue siempre conflictivo. Tuvo sus inicios en “la ley de la continencia” (s. IV, concilio de Elvira): “los clérigos no podían usar del matrimonio a partir del momento de su ordenación”. Esta disciplina, ingenua e inhumana, duró siglos, siempre conflictiva y violenta. Los concilios regionales la mantienen con toda clase de castigos. El concilio I de Toledo (año 397-400), en el canon VII, dispone: “Con las esposas mismas que pecaron con otros hombres, no tomen ni tan siquiera el alimento, a no ser que, hecha penitencia, vuelvan al temor de Dios”.
El III de Toledo (año 589) en su canon V: “sin romper el vínculo matrimonial del obispo, presbítero y diácono con su esposa, se les mande no habitar bajo el mismo techo pudiendo así guardar la virtud de la castidad, de lo contrario: “Sea tenido como lector”. Y el VIII: “Que todos los obispos cuiden solícitamente de investigar entre los suyos si se da algún caso de esto, y que cuando llegaren con toda verdad a descubrirlo castiguen a quien sea, con la imposición de una tal sentencia, que no se atreva en adelante nunca jamás a cometer tales abominaciones, y las mujeres, sean libres, sean esclavas, cómplices de ellos en este pecado torpe, serán totalmente separadas, o vendidas, de modo que quede cerrada toda posibilidad de crimen” (canon V).
El celibato actual se impuso el siglo XI, en Occidente, por presión de monjes (que deciden vivir así). El papa Gregorio VII lo impuso estando en contra la mayoría del clero italiano y de otras naciones. Sólo tres obispos alemanes accedieron a promulgar el Decreto papal. Infinidad de sacerdotes se opusieron. El clero de Alemania presentó un alegato: “¿Acaso el Papa no conoce la palabra de Dios: ‘El que pueda con esto, que lo haga’ (Mt 19,12)?”. El absolutismo papal y el clericalismo se blindan con la ley del celibato. Constituyen la base fundamental del “sistema romano”. El clero se distingue del pueblo por su soltería: un ámbito propio, superior, subordinado al Papa. Hoy parece abrirse camino el cese de esta ley, ajena al evangelio y la cultura actual.
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