El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de ocho años y medio de prisión para un sacerdote por un delito continuado de abusos sexuales con acceso carnal a una menor durante tres años mientras ejercía como su director espiritual en un colegio de Talavera de la Reina (Toledo) cuando ella tenía entre 14 y 17 años.
En una sentencia el alto tribunal ratifica además la indemnización de 100.000 euros por daños morales que el cura deberá pagar a la víctima ante el "calvario" que la hizo padecer.
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La resolución desestima el recurso del acusado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla-La Mancha que a su vez ratificó la dictada por la Audiencia Provincial de Toledo salvo en la cuantía de la indemnización, que se elevó de 50.000 a 100.000 euros al estimarse al respecto el recurso de la víctima.
Una vez conocidos los hechos, el Arzobispado de Toledo emitió un comunicado (que adjuntamos al final de esta nota) en la que se afirma que "en tanto que ciudadanos de un Estado de derecho, acatamos la decisión judicial que, tras un largo proceso, se ha convertido en sentencia firme", al tiempo que recuerda que en el "ordenamiento canónico con el que la Iglesia sustancia sus responsabilidades internas", el Tribunal de la Rota "no encontró pruebas suficientes y le absolvió de las acusaciones recibidas en una sentencia que fue confirmada por el Dicasterio para la Doctrina de la Fe", en un proceso concluido en 2021. Aunque el Supremo no señala "responsabilidad civil subsidiaria" para la diócesis, "manifestamos la voluntad de colaborar con la dirección letrada del sacerdote en la resolución procesal".
Los hechos probados detallan exhaustivamente los abusos y las consecuencias que tuvieron sobre la salud de la víctima, que requirieron varias hospitalizaciones.
Un exorcismo en casa de su abusador
Además la chica fue sometida a un exorcismo en el domicilio del acusado, que había sugerido a la madre de la víctima que las afecciones de ésta se debían a la influencia del demonio.
También se recoge en la sentencia que tras ese episodio la madre y el sacerdote tuvieron una relación sentimental de cinco meses.
El alto tribunal no comparte la alegación del condenado de contradicciones en distintas versiones dadas por la víctima "porque ante un calvario como el que tuvo que pasar la joven durante tantos años lo increíble hubiera sido una coincidencia exacta".
"La experiencia de la vida nos enseña que si bien la esencia de un acontecimiento puede recordarse en lo que deja marcado no siempre se es capaz de recordar cada detalle o secuencia puntual de ese pasado, más cuando ha transcurrido un determinado periodo de tiempo", explica.
Respecto al motivo del recurso del acusado que impugnaba la elevación de la indemnización de 50.000 a 100.000 euros el Supremo comparte los argumentos del TSJ y comenta que "hasta podría quedarse corta".
Comunicado del Arzobispado de Toledo
En el día de hoy se ha publicado la noticia de la sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que resulta en condena de prisión para el sacerdote J.L.G.M. y deber de indemnización a la parte denunciante. Al respecto, este Arzobispado quiere manifestar lo siguiente:
1) En tanto que ciudadanos de un Estado de derecho, acatamos la decisión judicial que, tras un largo proceso, se ha convertido en sentencia firme. La archidiócesis de Toledo se solidariza con la víctima y con todas las víctimas de abusos y reitera su compromiso de firme reparación.
2) Manifestamos, a su vez, que el propio ordenamiento canónico con el que la Iglesia sustancia sus responsabilidades internas en el fuero eclesiástico, tras las diligencias de investigación prescritas y las medidas cautelares oportunas, desembocó en un procedimiento judicial ante el Tribunal de la Rota de la Nunciatura Apostólica en España. Con fecha de 2 de noviembre de 2021, este tribunal no encontró pruebas suficientes y le absolvió de las acusaciones recibidas en una sentencia que fue confirmada por el Dicasterio para la Doctrina de la Fe.
3) En los próximos días se procederá al análisis detallado de la sentencia del Tribunal Supremo y sus consecuencias. Los tribunales no han señalado responsabilidad civil subsidiaria alguna para esta Archidiócesis. Con todo, manifestamos la voluntad de colaborar con la dirección letrada del sacerdote en la resolución procesal.
En Toledo, a 29 de mayo de 2024