Satué considera probados los abusos contra la víctima por parte de José María Martínez Sanz El Vaticano ordena la expulsión del Opus Dei del pederasta del ‘caso Gaztelueta’

Decreto de Satué contra José María Martínez Sanz
Decreto de Satué contra José María Martínez Sanz

En el procedimiento, de 14 páginas y al que ha tenido acceso RD, se constata cómo ni el Opus Dei ni el acusado quisieron colaborar en el proceso. De hecho, relata Satué, “el Sr. José Martínez Sanz mantuvo esta decisión de no comparecer ante el Delegado durante todo el proceso”

"Declaramos que se prueba que el preceptor preguntó indebidamente sobre cuestiones sexuales”, aunque no “una ridiculización pública grave” por parte de Sanz (sí puntuales). También se considera probado que Sanz “mostró” a la víctima en su despacho “imágenes de mujeres ligeras de ropa” y que “Juan Cuatrecasas Cuevas sufrió tocamientos por parte del Sr. José María Martínez Sanz en diversas partes del cuerpo, incluidas sus partes íntimas”

"Los hechos probados, cometidos contra un menor de edad e imputables al acusado, constituyen una causa grave que justifican la expulsión de la Prelatura”, según el artículo 30.1 del Código de Derecho Particular del Opus Dei

“Los hechos probados, cometidos contra un menor de edad e imputables al acusado, constituyen una causa grave que justifican la expulsión de la Prelatura”, según el artículo 30.1 del Código de Derecho Particular del Opus Dei. Esta es la conclusión de la sentencia del ‘caso Gaztelueta’, firmada por el delegado pontificio, José Antonio Satué, y el notario José Luis Perucha, y a la que ha tenido acceso RD. La expulsión de Sanz del Opus es la única medida que se toma: no se establecen indemnizaciones, ni hay órdenes ejecutivas contra la Obra o contra los otros participantes en el proceso.

Aunque en la práctica se 'revoca' la declaración que hizo en su día el ex prefecto Ladaria, llamando a "reponer" el buen nombre del profesor "falsamente acusado", el decreto no entra en comunicaciones posteriores, que tendrán que proceder directamente de Doctrina de la Fe.

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Una sentencia que considera probados los abusos contra la víctima por parte de José María Sanz, pero que no aborda condena alguna para la Obra, más que la obligación de expulsar al docente, hasta la fecha numerario del Opus Dei, y que pese a estar lista antes de Navidad (fue entregada al nuncio el 18 de diciembre), se ha retrasado hasta que, ayer, el obispo de Teruel “ha podido liberarse de otras obligaciones no delegables e inaplazables”. 

Decreto de Satué contra José María Martínez Sanz
Decreto de Satué contra José María Martínez Sanz

En el procedimiento, de 14 páginas y al que ha tenido acceso RD, se constata cómo ni el Opus Dei ni el acusado quisieron colaborar en el proceso. De hecho, relata Satué, “el Sr. José Martínez Sanz mantuvo esta decisión de no comparecer ante el Delegado durante todo el proceso”. Uno de los letrados del acusado llegó a abandonar el proceso en mitad de éste.

El escrito también da cuenta de los sucesivos intentos por parte de Sanz de boicotear el proceso, llegando a solicitar la recusación del delegado de la Santa Sede, algo que fue desestimado en varias ocasiones por Roma. Tras varios cambios de abogado, el 18 de junio del pasado año, los asesores del delegado pontificio le comunicaron su valoración final. Satué tardó seis meses en comunicarla al Vaticano, y otros tres en enviarla a las partes.

La familia Cuatrecasas, durante su entrevista con Deia
La familia Cuatrecasas, durante su entrevista con Deia OSKAR GONZÁLEZ/Deia

Entre los hechos probados, “la credibilidad subjetiva” de la víctima, que sufrió abusos y ciberacoso, así como la “persistencia en la incriminación”, con un relato “uniforme y coherente” por parte de Juan Cuatrecasas Cuevas. 

Así, se lee en el escrito, “declaramos que se prueba que el preceptor preguntó indebidamente sobre cuestiones sexuales”, aunque no “una ridiculización pública grave” por parte de Sanz (sí puntuales). También se considera probado que Sanz “mostró” a la víctima en su despacho “imágenes de mujeres ligeras de ropa” y que “Juan Cuatrecasas Cuevas sufrió tocamientos por parte del Sr. José María Martínez Sanz en diversas partes del cuerpo, incluidas sus partes íntimas”.

También se prueba que Sanz “exigió” a la víctima “posturas impropias”. En cambio, como sucedió en la sentencia final del Supremo, que confirmó la condena a dos años de cárcel por pederastia contra el numerario del Opus Dei, no se consideran suficientemente probados “los hechos narrados con posterioridad, referidos a masturbación y penetración anal del bolígrafo”.

José María Martínez, condenado por el caso Gaztelueta
José María Martínez, condenado por el caso Gaztelueta

En conclusión, culmina Satué, “los hechos probados, cometidos contra un menor de edad e imputables al acusado, constituyen una causa grave que justifica la expulsión de la Prelatura”, según el artículo 30.1 del Código de Derecho Particular del Opus Dei.

“Los hechos probados revisten una especial gravedad, teniendo en cuenta la relación asimétrica que se establece entre docente y estudiante, entre el preceptor, que acompaña la vida académica y personal, y el alumno acompañado”, finaliza la sentencia, que ya ha sido enviada a las partes y de la que se ha informado tanto al Papa Francisco (que se recupera en el Gemelli de su neumonía bilateral) como al prelado del Opus Dei.

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