Pastoral trans…
Hemos conocido las llamadas reflexiones pastorales de los obispos de Alcalá de Henares y Getafe, además del auxiliar de éste último. Curiosamente, estas reflexiones no han sido firmadas por el arzobispo de Madrid, D. Carlos Osoro, cuya diócesis, obviamente, también pertenece a la Provincia eclesiástica de Madrid que territorialmente es la destinataria de la Ley criticada y combatida en la citada pastoral.
Los obispos firmantes dicen sentir profundo dolor, pero de tenerlo está referido a la aprobación de la “Ley de Identidad y Expresión de Género e Igualdad Social y No Discriminación”, y no por los posibles destinatarios de la misma. Califican de “muy grave e injusto” su publicación, aunque entendemos que se refieren a su contenido.
Dicen partir, en un alarde de buenismo estructural, de consideraciones dentro del “respeto hacia los que han promovido esta ley y sus posibles destinatarios”. Respeto que muy pronto desaparece y se torna hostil.
Abordan la pastoral ambicionando “querer brotar de las enseñanzas de los últimos papas y de otros documentos eclesiales, entendemos que tienen su fundamento en lo que Cicerón llamó la recta razón, una ley verdadera, conforme a la naturaleza, extendida a todos”; pero ello obvia la frecuente crítica de los juristas al derecho natural como verdadero derecho con el mismo título que el derecho positivo.
Parece evidente que la Ley podría haber sido redactada con mayor rigor, prescindiendo de una pretendida progresía y superioridad moral estridente, sobre todo en su preámbulo, o las graves sanciones de carácter administrativo y económico, pero ello no debe llevar al rechazo, como hacen estos obispos, que “toda persona tiene derecho a construir para sí una autodefinición con respecto a su cuerpo, sexo, género y su orientación sexual” como un “supuesto derecho” por ser una expresión ideológica del legislador.
A su vez, con la excusa de combatir ese “derecho a construir para sí una autodefinición con respecto a su cuerpo, sexo, género y su orientación sexuale pretende que cada persona pueda fijar con claridad, exactitud y precisión (con asesoramiento y acompañamiento), el significado de su propia naturaleza, ello les conduce a lo siguiente:
“En el fondo, se trata de un proceso de deconstrucción de la civilización cristiana y de la entronización del relativismo cultural. Lo nuevo que ya despunta en esta ley es un cóctel o mezcla del marxismo freudiano y del liberalismo individualista que nos quiere conducir, en definitiva, a lo que recientemente se ha venido en llamar tecno-nihilismo. Se trata de la sumisión de las personas por un poder totalitario que, en nombre de la libertad, pretende abolir cualquier norma moral que impida el imperio de la libertad absoluta de la técnica”.
La Ley, insisto que mejorable, pretende definir y proteger a las personas que sufren y padecen lo que el manual de diagnóstico de enfermedades psiquiátricas DMS-R de la American Psychiatric Association (APA) contiene como “disforia de género”, aunque en creciente fase de despatologización. Así la Ley entiende, entre otras definiciones, por:
1.- Identidad sexual y/o de género: la vivencia interna e individual del género tal y como cada persona la siente y auto determina, sin que deba ser definida por terceros, pudiendo corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, y pudiendo involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que ello sea libremente escogido.
2.- Trans: Toda aquella persona que se identifica con un género diferente o que expresa su identidad de género de manera diferente al género que le asignaron al nacer. (Continúa el texto afirmando que se amparan otras formas de expresión: transgénero, travesti, otro, etc…).
Es por ello que la propia norma pretende promover “una atención médica y social integral basada en el principio del respeto a la libre manifestación de la identidad de género de los ciudadanos en una base de respeto a la igualdad y a la dignidad de todos ellos”. También contempla “la elaboración de las guías y protocolos médicos adecuados a los principios de consentimiento informado, descentralización, atención integral multidisciplinaria y profesional. Se contempla igualmente la realización de estudios, estadísticas y programas de formación de los profesionales sanitarios”. Entiendo que no son ni se trata de anhelos y voluntades caprichosas.
Lo más curioso y sorprendente de la pastoral, es la utilización del magisterio de Francisco de forma sesgada y parcial para defender sus propias tesis. Francisco cuando se refiere a la auténtica ecología integral (Laudato si´ 155), citando a su vez el Discurso de Benedicto XVI, de 22 de septiembre de 2011, en el Reichstag de Berlín, en el que afirma “la aceptación del propio cuerpo...” o “…la valoración del propio cuerpo en su femineidad o masculinidad es necesaria para reconocerse a sí mismo en el encuentro con el diferente”, creo que no está en la línea de los obispos firmantes, sino que se refiere a una distinta realidad que conlleva la fecundación in vitro, la investigación con embriones, la posibilidad de la clonación y de la hibridación humana.
Así se manifiesta Francisco a continuación de la cita anterior de la Laudato si´ (156): “La ecología integral es inseparable de la noción de bien común, un principio que cumple un rol central y unificador en la ética social. Es “el conjunto de condiciones de la vida social que hacen posible a las asociaciones y a cada uno de sus miembros el logro más pleno y más fácil de la propia perfección”.
También dicen, sin apuro alguno, que el concepto de libertad presente en la ley aboca a un pensamiento totalitario, olvidando que esa doctrina podría imputársele a la Iglesia católica, en la que se concentran todos los poderes en una sola persona, que a su vez está preservada de cometer error cuando promulga una enseñanza dogmática en temas de fe y moral.
A la postre, dicen que “con estos presupuestos, uno puede definir su orientación sexual, prescindiendo del lenguaje del cuerpo. Es más, puede construir y definir su cuerpo con la ayuda de la técnicalar que, efectivamente, la opción sea absolutamente necesaria y libre para liberar de un atroz sufrimiento a esas personas, además de conllevar todas las cautelas, la atención médica, psicológica y social integral, bajo los principios de consentimiento informado, descentralización y multidisciplinariedad, y sin que por ello podamos compartir que estemos ante la tentación primordial de Génesis: “Seréis como Dios”.
Sostienen que hay un plan perverso y malvado, de carácter mundial, que se manifiesta en orden a la deconstrucción de la “identidad-misión”, querida por Dios para el ser humano, queriendo desconocer que la propia Ley se basa, fundamentalmente, en los llamados “Principios de YOGYAKARTA”, sobre la aplicación de la legislación internacional de derechos humanos en relación con la orientación sexual y la identidad de género. Cuestión distinta es que no se quieran reconocer ciertos Derechos Humanos, y se hagan sólo con algunos.
Finalmente, no creo que pueda catalogarse la pastoral como un discurso de odio, ni catalogar a sus autores como personas “non gratas”, aunque podría tacharse de discurso alienado y discriminatorio, pero en cualquier caso es un discurso con una grave falta de comprensión, de tacto, de empatía (base del comportamiento altruista) y de aquello que se les presume y pretende, es decir, de pastoral, porque la fe que cierra sus ojos al sufrimiento de las personas no es más que una ilusión.