(Archimadrid).- Este viernes, 14 de junio, se ha reunido el nuevo Consejo Presbiteral, convocado por el cardenal José Cobo, arzobispo de Madrid que ha quedado definitivamente compuesto de la siguiente manera: — además del arzobispo —, los obispos auxiliares Juan Antonio Martínez Camino SJ y Jesús Vidal Chamorro, así como los obispos auxiliares electos José Antonio Álvarez Sánchez y Vicente Martín Muñoz.
Asimismo los presbíteros Eduardo Aranda Calleja, Manuel Francisco Mora Quintana, Juan Carlos Merino Corral, Elías Royón Lara SJ, José Luis Segovia Bernabé, Juan Pedro Gutiérrez Regueira, José Luis Díaz Lorenzo, Ángel López Blanco, Óscar García Aguado, Gabriel Benedicto Casanova, Jesús González Alemany, Ángel Camino Lamelas OSA, Jorge Cristóbal Ávila Mejía, Eduardo Carlos Zapata González, Ignacio Fernando López Ortega, José María Marín Fernández-Díez, José Castro Cea, Jorge González Muñoz, Ángel Luis Miralles Sendín, Mauricio Armando Palacios Gutiérrez-Ballón, Pedro Pablo Cano Santacruz, Jesús Pinto Turiel, Agustín Rodríguez Teso, Daniel Navarro Úbeda, José Galera Gómez, Gonzalo Javier Seco Fernández, Miguel Antonio Ruiz Ontañón, Mario José Palacio Gayoso, Fausto Calvo Vicente, Pedro Andrés Perezpayá Alonso, Carlos Aguilar Grande, Juan Carlos Carvajal Blanco, Francisco Javier Iglesias Casanova, Ignacio María Lete Lizaso SBD, Santos Urías Ibáñez, Antonio García Rubio, Rafael Herruzo Priego, Jesús Bueno Ortega, Felipe Asterio González, Alfonso Díez Klink, Luis Filipe Rodrígues dos Santos y Pedro Javier Carrasco Fernández.
En dicha reunión se ha procedido igualmente a la elección de los miembros de la Comisión Permanente de dicho Consejo Presbiteral y Consejo Diocesano de Pastoral.
Comisión Permanente
Juan Carlos Merino Corral
Juan Pedro Gutiérrez Regueira
Carlos Aguilar Grande
Fausto Calvo Vicente
Miguel Antonio Ruiz Ontañon
Consejo Diocesano de Pastoral
Carlos Aguilar Grande
Mario Palacio Gayoso
Fausto Calvo Vicente
Santos Urías Ibáñez
¿Qué es el Consejo Presbiteral?
«Es un grupo de sacerdotes que son como el Consejo o Senado del Obispo, en representación del presbiterio, cuya misión es ayudar al obispo en el gobierno de la diócesis conforme a la norma del derecho, para proveer lo más posible al bien pastoral de la porción del pueblo de Dios que se le ha encomendado» (C.I.C., can. 495). El Código de Derecho Canónico no solamente define la naturaleza y fines de este órgano de régimen sino que regula, con carácter vinculante, su composición y cometidos, prescribiendo además la existencia de Estatutos que ordenen la actividad de este órgano diocesano.
Cuatro notas fundamentales caracterizan al Consejo Presbiteral:
• Es una institución imperada. Esta prescripción concuerda con la naturaleza del presbítero, «necesario colaborador y consejero en el ministerio y oficio del Obispo» (cf. P O 7)
• Es órgano representativo. En él deben estar representados los diversos ministerios y zonas pastorales, así como las instituciones presbiterales de la diócesis.
• Es consultivo, es decir, no legisla ni ejecuta.
• Es cooperador del obispo en el régimen de la diócesis (cf. Cc. 495-500)