Libertad de expresión y respeto ¿Existe el derecho a satirizar las creencias religiosas?

Lalachús con la estampa del toro de Grand Prix
Lalachús con la estampa del toro de Grand Prix RRSS

En un Estado laico, el Código Penal no puede elaborarse en función de las creencias y los sentimientos de las personas religiosas y, menos aún, atendiendo a las demandas sancionadoras de los colectivos religiosos integristas que consideran delito a condenar lo que es pecado para las religiones

Calificar de delito punible las ofensas a las creencias religiosas en el Código Penal es un resto de nacionalcatolicismo que es necesario eliminar lo antes posible

Bastó que la presentadora de las Campanadas de Nochevieja, LalaChus, mostrara una estampita que simulaba la imagen del Corazón de Jesús en la foto de la vaquilla del Grand Prix para que saltaran todas las alarmas en la jerarquía católica y en algunos colectivos cristianos en perfecta complicidad y coordinación. A una escena distendida de humor, a mi juicio inofensiva, que pretendía hacer pasar un rato de asueto familiar, dando riendas a la risa en la despedida del año tomando las uvas -así lo vivimos en mi familia- se le dio una desmesurada trascendencia hasta el punto de ver en ella un acto de irreverencia a los sentimientos religiosos.

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Algunos sectores cristianos pusieron el grito en el cielo. El presidente de la Conferencia Episcopal Española, Luis Argüello, creyendo que era su deber en el ejercicio de su liderazgo eclesiástico, señaló a TVE por hacer burla del Sagrado Corazón y acusó a sus responsables de banalidad y de inconsciencia (“no saben lo que hacen”, dijo). El arzobispo de Sevilla, José Ángel Sáiz Meneses, dio todavía más trascendencia a la escena de humor y, en un tono de solemnidad citando a Cicerón en su interpelación a Catilina, se preguntó “hasta cuándo se aprovecharán de nuestra paciencia”. 

HazteOír y Abogados Cristianos anunciaron la presentación de una querella contra el presidente de RTVE y LalaChus por blasfemar, reírse del Corazón de Jesús y cometer un delito contra los sentimientos religiosos. Las redes sociales se llenaron de insultos contra la presentadora. Hubo muchas personas cristianas, teólogas y teólogos, sacerdotes, religiosas y religiosos, sin embargo, que no se sintieron ofendidos, rechazaron las denuncias, pusieron el acento en otras manifestaciones que atentaban realmente contra los sentimientos religiosos y se mostraron partidarios de suprimir el delito de dichas ofensas del Código penal. Yo tampoco me sentí ofendido y me mostré partidario de dicha supresión.

HazteOír y Abogados Cristianos se han convertido en los cancerberos de las creencias religiosas, pero suelen olvidarse de defender otros valores inherentes a la religiones como el perdón, la reconciliación, el respeto al pluralismo, la solidaridad, la compasión con las víctimas, la hospitalidad, la fraternidad-sororidad y otros comportamientos lesivos de la dignidad de la persona. No acostumbran a denunciar los discursos y los delitos de odio contra las personas y los colectivos inmigrantes, la islamofobia, el antisemitismo, la pederastia -tan extendida en la Iglesia católica y en otros ámbitos de la sociedad-, la violencia de género, los feminicidios, el patriarcado, la reversión de la homosexualidad, la LGTBIQ+fobia, el racismo, la pobreza estructural, las niñas y los niños robados, las guerras de religiones, los genocidios, la explotación infantil, etc.

Las denuncias que hacen son selectivas y su memoria es amnésica, valga el oxímoron: se quedan en los aspectos secundarios de las religiones y se olvidan de sus valores fundamentales.

La sátira, el humor, la caricatura y la parodia son géneros literarios que tienen su propia gramática y no pueden ser objeto de sanciones en el ejercicio de la libertad de opinión y de expresión en los diferentes campos en los que se lleven a cabo. Son espacios de creatividad que no deben controlarse ni reprimirse, y menos aún sancionarse. Tampoco pueden serlo en lo referente a las creencias y los sentimientos religiosos, que no pueden blindarse a la crítica.

La crítica a las creencias religiosas en forma de sátira, parodia o caricatura debe ser reconocida, respetada e incluso valorada positivamente por las instituciones religiosas ya que contribuye a superar no pocas de sus patologías

Diría más: la crítica a las creencias religiosas en forma de sátira, parodia o caricatura debe ser reconocida, respetada e incluso valorada positivamente por las instituciones religiosas ya que contribuye a superar no pocas de sus patologías y, sobre todo, la incoherencia entre los mensajes que predican y sus frecuentes excesos y transgresiones.

Dicho esto, creo que el mismo respeto se merecen las personas creyentes para no provocar heridas innecesarias en sus vidas, sus sentimientos más profundos y sus experiencias límite. No todo vale en la sátira. No se pueden banalizar los símbolos religiosos, que tienen su fundamento en el mismo ser humano, definido por la antropología como “animal simbólico”, y se encuentran en el ADN de no pocas cosmovisiones de la humanidad.

La carta sobre Dios de Einstein
La carta sobre Dios de Einstein

Einstein definía el misterio como la experiencia más bella y profunda que puede tener un ser humano y el principio básico de la religión y de toda tentativa seria en arte y en ciencia. Para él, la religión es la sensación de que detrás de toda experiencia hay algo que el entendimiento no puede captar, y en ese sentido él mismo se considera una persona religiosa. Heidegger llega a afirmar que “lo misterioso es la propia vida”. Creo por ello que no se puede malbaratar el misterio en la sátira y la parodia.

Uno de los más bellos relatos de Tolstoi se refiere a un campesino que, al ser preguntado por otro campesino amigo suyo sobre un hecho milagroso, le responde con cierto aire de sobrecogimiento: “Esto es Dios, amigo mío. Pero ven a mi casa y prueba un poco de miel”. Ante el misterio no cabe otra actitud que el silencio y el disfrute de la dulzura de la vida.

En los diálogos cristiano-marxistas de los años sesenta y setenta del siglo XX, en los que participaron relevantes intelectuales marxistas como Roger Garaudy, Muri, Vitezslav Gardavsky, Ersnt Bloch, y prestigiosos teólogos cristianos como Karl Rahner, Johan Baptist Metz, Giulio Girardi, José María González Ruiz, Alfonso Álvarez Bolado…, fueron los marxistas quienes pedían a los cristianos que respetaran el misterio y no lo maltrataran (cf. Roger Garaudy, Del anatema al diálogo, Ariel, 1968). Me lo contó González Ruiz, uno de los más prestigiosos teólogos y biblistas españoles, especialista en San Pablo y autor de uno de los más influyentes comentarios a la Carta a los Gálatas (José María González Ruiz, Epístola de San Pablo a los Gálatas, Fax, 1970). Un consejo aplicable al lenguaje satírico.    

La pensadora María Zambrano
La pensadora María Zambrano

Los investigadores del fenómeno religioso coinciden en que la experiencia que mejor expresa la vivencia espiritual es la mística, valorada tanto por personas creyentes como por no creyentes. María Zambrano llega a afirmar que en la mística medieval se encuentra el despertar de la conciencia de la subjetividad. La experiencia mística de figuras como Hildegarda de Bingen, Juan de la Cruz, Teresa de Jesús y Sor Juana Inés de la Cruz ha sido tratada respetuosamente en las diferentes manifestaciones culturales: el arte, la literatura, el cine, etc. Es una actitud a aplicar a otros campos, sin por ello renunciar a la crítica y a la creatividad.

Las instituciones religiosas deben incorporar en su seno el sentido del humor y ejercer la autocrítica para liberarse de sus prácticas a veces cercanas a la superstición y a la magia, de las concepciones violentas de la deidad o las deidades, de las doctrinas dogmáticas contrarias a la razón, de las orientaciones morales represivas en materia sexual y de sus estructuras jerárquico-piramidales y patriarcales. Invito a las personas de los diferentes credos religiosos a ejercer la ironía y la duda, de la que suelen carecer sus dirigentes, y a seguir la propuesta de Frida Kahlo: “Reír me hizo invencible. No como los que siempre ganan, sino como los que nunca se rinden”. 

Dicho esto, creo que enun Estado laico el Código Penal no puede elaborarse en función de las creencias y los sentimientos de las personas religiosas y, menos aún, atendiendo a las demandas sancionadoras de los colectivos religiosos integristas que consideran delito a condenar lo que es pecado para las religiones. Calificar de delito punible las ofensas a las creencias religiosas en el Código Penal es un resto de nacionalcatolicismo que es necesario eliminar lo antes posible.

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