Prepublicación, a los seiscientos años del nacimiento del mayor inquisidor de la Historia Tomás de Torquemada, arquitecto de la Inquisición
Iván Vélez reconstruye la figura del dominico, seis siglos después de su nacimiento, en 'Torquemada, el gran inquisidor. Una historia del Santo Oficio' (Esfera de los Libros)
"La secuencia más admitida de los hechos dice que fray Tomás, hombre que gozaba de la confianza del Papa, se convirtió en primer inquisidor general de la corona de Castilla durante el verano de 1483, quedando facultado, por lo tanto, para nombrar y cesar inquisidores desde ese momento"
"Él fue quien estableció los primeros tribunales y el principal, aunque no único, redactor de las Instrucciones por las que debía regirse el Santo Oficio, promulgadas el 29 de noviembre de 1484"
"Él fue quien estableció los primeros tribunales y el principal, aunque no único, redactor de las Instrucciones por las que debía regirse el Santo Oficio, promulgadas el 29 de noviembre de 1484"
| Iván Vélez (Esfera de los Libros)
Seis siglos después de su muerte, el apellido del primer inquisidor general, Torquemada, es sinónimo de fanatismo religioso e intolerancia. Convertido en el brutal rostro del Santo Oficio, más ajustado a los perfiles de su propio mito que a los de una biografía repleta de vacíos, fray Tomás de Torquemada está hoy muy lejos de recibir la alta consideración que le otorgó el cronista coetáneo Sebastián de Olmedo, quien lo definió como «el martillo de los herejes, la luz de España, el salvador de su país, el honor de su orden».
A pesar de la limitada información que se conserva sobre su vida, fray Tomás de Torquemada, de quien fray Hernando del Castillo, autor de la Historia general de la Orden de Predicadores (1584), trazó el arquetípico retrato de un clérigo austero y frugal, la imagen del más popular de los inquisidores encaja mejor dentro de una famosa y probablemente apócrifa escena, en la cual los judíos de corte, Seneor y Abravanel, trataron de frenar la orden de expulsión de los de su ley, donando 30.000 ducados a los Reyes Católicos.
¡Judas vendió una vez al hijo de Dios!
Cuando los hebreos trataban de culminar el soborno, Torquemada irrumpió en la estancia con un crucifijo en alto, que arrojó sobre una mesa, antes de dirigirles estas palabras a sus majestades: «!Judas vendió una vez al hijo de Dios por treinta dineros de plata: vuestras altezas piensan venderlo segunda vez por treinta mil: ea, senores, aquí le teneis, vendedlo».
Un retrato netamente psicologista, que contrasta con las pocas imágenes que de Torquemada disponemos, entre las que destaca un cuadro conservado en el Museo del Prado, titulado La Virgen de los Reyes Católicos. La tabla, procedente del convento de Santo Tomás de Ávila, fundado por el propio Torquemada, fue pintada hacia 1497 y se atribuye a fray Pedro de Salamanca. Compartiendo escena con santo Domingo de Guzmán y santo Tomás de Aquino, los Reyes Católicos y los príncipes, Juan y Juana, Tomás de Torquemada aparece a la espalda del rey Fernando. Teniendo en cuenta las fechas que se dan como probables para la confección de esta pintura, fray Tomás debía de tener entonces entre setenta y setenta y cinco años; sin embargo, la figura representada es la de un hombre de mediana edad, entrado en canas. Difuminada su imagen de este modo, el Torquemada histórico solo puede hallarse en la documentación que ha llegado hasta nosotros.
La Virgen de los Reyes Católicos (Torquemada, a la izquierda, tras Fernando el Católico)
Nacido en 1420 en la localidad palentina que figura en su apellido, Tomás de Torquemada y Valdespino fue hijo del hidalgo Pedro Fernández y de Mencía Ortega, matrimonio de cuyos orígenes conocemos detalles a través del testimonio del rabino y médico soriano Ça Setevi. Según declaró el 21 de julio de 1490, durante las investigaciones abiertas contra el protonotario apostólico converso Juan Ramírez de Lucena, el padre del futuro primer inquisidor murió asesinado por cristianos nuevos:
Ha çinco anos muchas vezes oyó desir al protonotario de Luçena, veçino de Soria, quel prior de Santa Cruz era el más perro hombre del mundo, hereje cruel, e que avía el dicho prior trabajado por empeçerle, e que la reyna, nuestra senora, non dio lugar a ello nin que fuese su juez, e que a esta cabsa el protonotario avía hecho una escriptura, la más santa e mejor que en el mundo podía ser, si pudiera salyr con ella, e que avía enviado a Roma, e que non sabía lo que le responderían allá, como quiera que acá se avía determinado por çierto de letrados de Salamanca e dada por errónea. E que la enemistad del prior de Santa Cruz tenía con los conversos era porque los conversos mataron a su padre.
Mientras para algunos como el referido rabino Torquemada guardaba contra los conversos un íntimo resentimiento motivado por aquel crimen, otros como Hernando del Pulgar sostuvieron que el prior de Santa Cruz era, como él mismo, miembro de un linaje de cristianos nuevos. El cronista debía estar muy seguro para hacer aquella afirmación, y lo cierto es que, entre los antepasados de nuestro hombre, además de Lope Alfonso de Torquemada, ennoblecido por Alfonso XI, figuraba su abuelo paterno, Alvar de Torquemada, que se casó con una joven judía convertida al cristianismo, enlace del que parte la famosa adscripción conversa que se atribuye al inquisidor.
En cuanto a su padre, sabemos que fue regidor de la villa de Torquemada y que era hermano del dominico fray Juan de Torquemada, en quien el joven halló un modelo vital. Autor de una obra de aromas tomistas, Summa de Ecclesia, el lema del cardenal Torquemada —«Ecclesia, non ecclesiae»—, condensa una visión de la Iglesia de la que fue deudor su sobrino Tomás, que, siguiendo sus pasos, tomó los hábitos en el convento dominicano de San Pablo de Valladolid. Allí estudió Teología y alcanzó el cargo de prior, dignidad que conservó al menos hasta octubre de 1474. La entrega del joven a la vida religiosa determinó la extinción de su familia, pues Tomás no dotó a su única hermana, limitándose a ayudarla para que viviera sujeta a la regla de las beatas de Santo Domingo. El siguiente destino de fray Tomás, de quien siempre se destacó una humildad que le llevó a rechazar el grado de Maestro que su Provincia le ofreció y el arzobispado de Sevilla, fue el convento de Santa Cruz de Segovia, al que llegó como prior, título que siempre le acompañó, acaso porque la tradición decía que en esa ciudad había predicado el fundador de su orden, santo Domingo de Guzmán.
Según la creencia popular, en una cueva situada en las afueras de Segovia, el santo se había mortificado. La ciudad castellana, cuyo alcázar estaba gobernado por un converso, el poderoso Andrés Cabrera, concentró muchos de los factores que marcaron la vida de nuestro hombre. En la residencia de su obispo, Juan Arias Dávila, introductor de la imprenta en España, al instalarla en Segovia en 1472, se alojó Isabel en diversas ocasiones. De hecho, en aquella ciudad se hallaba cuando su hermano paterno, el rey Enrique IV, falleció el 11 de diciembre de 1474 en Madrid. Una vez completados los oficios religiosos por aquella trascendental muerte, el día de santa Lucía, bajo el tañido de las campanas de las iglesias segovianas, Cabrera y Arias Dávila flanquearon a la reina cuando esta, a lomos de un caballo blanco, se dirigió a la plaza mayor de la ciudad para ceñirse la corona de san Fernando.
Prior de Santa Cruz y consejero real
La casa dominica a la que accedió Torquemada fue reedificada bajo su supervisión. El dominico se ocupó del convento hasta en detalles tan prosaicos como la merced de agua que solicitó al concejo reunido «a campana tañida» en el monasterio de Santa Clara el 15 de junio de 1476. En aquel ayuntamiento, en el cual participó el propio Andrés Cabrera, se dio curso a la petición de Torquemada.
El 21 de julio los regidores Juan de Samaniego y Rodrigo de Tordesillas, en compañía de Torquemada y el subprior, Pedro Carrasco, señalaron el lugar idóneo para abrir el «hueco de un cornado de agua que podiesen tomar desta madre del agua que pasa por detrás de los palacios de nuestros senores el Rey e la Reyna». El convento de Santa Cruz, además de responder a los usos propios de un edificio de su condición, sirvió de soporte para un ambicioso programa iconográfico y propagandístico, tanto de los Reyes Católicos, que colocaron el convento bajo su patrocinio y le otorgaron la condición de «real», como de la Inquisición.
En la fábrica, dirigida por Juan Guas, destacó la portada de la capilla llamada «Cueva de Santo Domingo», en cuyo tímpano el santo mantiene en pie una cruz. A sus pies, dos perros —los domini canes— con la palabra incisicio tallada en sus collares, acosan a dos raposas, animales alegóricamente representativos de la herejía. Bajo las alimañas figura el rótulo Heretica pravitas. A los lados de la cruz, junto al yugo y las flechas, se sitúan dos escudos coronados con la F y la Y, de los que parten dos brazos que ayudan a sostenerla. El conjunto se completó con varias inscripciones en latín y castellano de marcada hostilidad hacia los hebreos. En el intradós del arco aparece la frase, Doctrinam evangelicam spergens per orbis cardinem (n)pestem fugat hereticam novum producens ordinem, mientras que sobre el dintel se sitúa su traducción: «La doctrina en evangelica y esparsida por el mundo (m)an(i)ata en el profundo la pravedad heretica/ pues Dios con los santos a vos, F(ernando) e Y(sabel), os iguala en el tener mandados favorescer su fe catolica los dos». En las filacterias que envuelven las coronas reales, se lee, Nos predicamus Christum crucifixum… Iudeis quidem scanda lum gentil stulticiam, sacada de la Epistola de San Pablo a los Corintios: «Nosotros predicamos a Cristo crucificado, escándalo para los judíos, locura para los gentiles», mientras que en las ménsulas de las que parten los arcos que configuran la bóveda de crucería de la capilla, se lee Heretica pravitas.
El contacto con aquellas esferas permitió al dominico convertirse en confesor real e integrarse en la corte, dentro de su Consejo. Allí, además de la asistencia espiritual ofrecida a los monarcas, fray Tomás redactó un memorial dirigido al rey Fernando, en el que, además de aconsejar el mantenimiento de un férreo control de las ciudades, dedicó un importante espacio a los judíos:
Las cosas que por agora me ocurren que vuestra alteza debe remediar son éstas: Lo primero que ansí vuestra alteza como la senora reina tenéis dados a algunas personas los oficios de vuesras ciudades e villas por su vida e non por sus servicios y ellos non lo sirven por sus personas mas antes los dan a personas insuficientes y de poca edificación de justicia de manera que el pueblo padece y nuestro senor es ofendido y de aquí redunda grande infamia y cargo de conciencia ansí a vuestra alteza como a la senora reina debéis lo remediar de esta manera que los que los tienen, o lo sirven personalmente y bien de manera que descarguen vuestras conciencias, o los dejen y proveed a personas que hagan lo que deben dándolos aquel salario convenible con que puedan sostener los trabajos y dal la cuenta que deben, en otra manera todo el dano que por sus causas vinieren irán sobre vuestras conciencias y sois obligados a la satisfacción
Lo segundo que algunos con avaricia, o por vuestra (.intensa?) pobreza seyendo regidores de vuestras villas, e cibdades venden los regimientos que tienen más mirando a la codicia que al bien común y dándolo a otros a quien más diere por él que a quien mejor podrá regir de lo cual viene general dano y ofensa de Dios en las dichas vuestras cibdades y villas. Vuestra alteza lo debe remediar en esta manera que los que agora lo tienen lo sirvan personalmente y que non los puedan vender a ninguno salvo si non lo quisieren lo renuncien en vuestras manos y vuestra alteza debe de proveer non a las personas mas a las comunidades de personas que descarguen vuestras conciencias y den buena cuenta a Dios de su cargo.
Lo tercero que porque tenéis dadas algunas facultades para los tales oficios que vacaren lo cual me parece ser ofensa de Dios y proveéis a personas no experimentadas que vuestra alteza las debe todas revocar y cuando el oficio vacare ansí de regimiento como otro cualquiera non le dar a quien le pidiere porque por el mismo caso se haber non digno mas hasta tal persona que para ello sea suficiente y aunque non lo quiera tomar rogarle y mandarle que lo acepte.
Lo cuarto, que es porque es mucho prohibid que los judíos non tengan entre los cristianos oficios públicos ni los reyes non los vendan sus rentas salvo con muy estrechas condiciones las cuales non se guardan que vuestra alteza debe mandar que a ningún judío sean dadas las rentas reales y muy menos tantas porque es grand pecado y mengua de nuestra fe y por si por la bondat de (tachado) se les diera alguna renta sea con condición que ellos non las den a otros judíos y se guarde la forma que quiere el capítulo X espéculo de judeis et sarraceni lo cual declaran a vuestras altezas vuestros letrados.
Lo quinto que vuestra alteza debe dar como con generales penas en todos vuestros reinos que los judíos y moros so generales penas sean apartados y non vivan entre los cristianos y que traigan sus senales por donde sean conocidos y que ningún judío ni moro non traiga seda mas que se vista segund su estado y condición requiera y sin la dicha seda ni grana ni chamelote8 ni menos cosa dorada.
Lo sexto me paresce que vuestra alteza debe mucho de mirar en las suplicaciones al Papa, o ruegos a otros que tengan poder y asní como obispos, e arzobispos e maestros de non suplicar ni rogar por dignidat ni beneficio para persona non digna y si fuere digna el que hobiere de proveer non haya el primero respecto al ruego mas a la suficiencia de la persona, porque en otra manera se comete simonía y es desprovisión papal y non basta para la absolución ningúnd indulto si de la simonía non hace expresa mención y de aqueste non vos puede (…) ninguna necesidat.
Lo séptimo que mirando vuestra alteza algund (…) en que (…) a Dios nuestro senor debe mucho su honra y porque en estos vuestros reinos hay muchos blasfemadores renegadores de Dios y de los santos y ansimesmos hechiceros y adevinos debe vuestra alteza dar forma como se castigue y que vuestros corregidores y justicias sepan el castigo que a los tales ha de dar y éste sin ninguna dispensación y pues tenéis leyes de vuestro reino sobre ello sin más que non facedlas las guardar.
Antes de abordar la actividad central de su vida, su labor como inquisidor, vinculada al complejo mundo de judíos y conversos, de la cual el texto reproducido es un anticipo, hemos de reconstruir su actividad como miembro de la orden de los padres predicadores a la que pertenecía.
En 1482 el dominico, gracias a la ayuda de la exvirreina de Sicilia María de Acuna y a las mandas que con ese objeto había dejado en su testamento el tesorero de los reyes, Hernán Núnez de Arnalte, casado con María Dávila, dama de compañía de la reina Isabel, fundó el convento dominicano de Santo Tomás de Ávila, haciendo valer la bula que Sixto IV le había concedido en 1479. A esas fuentes económicas —1.120.000 maravedís en un juro, 49.000 en otro y seiscientas fanegas de pan terciado para sustento de los sesenta religiosos iniciales— se unieron las limosnas y los bienes confiscados a los judíos, que sirvieron para elevar los muros de un edificio repleto de símbolos, que estuvo finalizado en diez años. Los desvelos de Torquemada por aquella casa nunca cesaron. Gracias a Fidel Fita contamos con el documento que, firmado por los reyes en Medina del Campo el 23 de marzo de 1494, otorgó la propiedad del cementerio hebreo de Ávila al convento dominicano de Santo Tomás. A menudo se ha señalado esta cesión como un privilegio dado al poderoso Torquemada, sin embargo, con el inquisidor ya fallecido, el 14 de abril de 1500, Isabel y Fernando firmaron una orden real por la cual autorizaron el uso de los materiales de construcción del cementerio nazarí de Saad Ben Malik para la edificación de edificios religiosos. Lo ocurrido en Ávila no fue, pues, una excepción. En el escrito, emitido después de la expulsión de los hebreos y de la disolución de sus aljamas, se describen las ceremonias y señales realizadas para enajenar aquel osario, incluidas las piedras sepulcrales, y entregarlo al convento regido por Torquemada:
En los arravales de la noble çibdad de ávila, á do dizen el fonsario de los Judíos, á quinze días del mes de abril, ano del nasçimiento de nuestro salvador ihesu christo de mill y quatroçientos é noventa é quatro anos, estando en el dicho honsario que fué de los dichos Judíos contenido en la carta de merçed, desta otra parte contenida, fecha por el Rey y Reyna nuestros Senores, y en presencia de mí el escrivano é testigos de yuso escriptos, pareció y presentó iohán verdugo, procurador de causas, vezino de la dicha çibdad, en nombre y commo procurador que se mostró ser por ante mí el dicho escrivano por virtud del poder especial, que para lo de yuso contenido ante mí el dicho escrivano tiene del Reverendo padre prior y frayles, y convento del monesterio de santo thomás extramuros de la dicha çibdad de ávila; é por virtud desta dicha merçed é del dicho poder el dicho Juan verdugo, dixo que en el dicho nombre toma y tomó, aprehendía y aprehendió la posesión Real, corporal, abitual del dicho fonsario, y tierra y sitio [y] piedra dél commo en la carta y cartas de merçedes de sus Altezas se contiene. É en senal de posesión que ansí toma y tomó, hizo çiertas cruzes en çiertas piedras del dicho onsario, con una pica de hierro, y cavó con un açadón en la dicha tierra del dicho onsario, dixo que Requería y rrequirió á todas, y qualesquier personas de fecho, ni de derecho, ni en otra manera, non fuesen osados de le tomar, ni perturbar, ni inquietar, ni molestar, ni enbaraçar ni entrar, ni vender, ni trocar, ni canbiar, ni enagenar el dicho sitio y tierra y piedra y posesión del dicho onsario, so pena que cayan y incurran en las penas estableçidas en derecho que en tal caso dispone. E pidiólo por testimonio á mí el dicho escrivano, signado de mi signo para guarda y conservación del derecho de los dichos, sus partes, y dél en su nonbre; é á los presentes rogó que dello fuesen testigos, que fueron y son estos llamados y rogados, alonso de corral, vezino de la villa de portillo, lugarteniente de Rodrigo Salamanquesino de ávila, y Juan de vellacalça, y Juan Romo de Fuentes claras, y christóval carretero é pedro negro, y Juan mançano, criado de mí el dicho escrivano, vezinos de la dicha çibdad de ávila. É yo, pedro domingues de sant martín escrivano público del número de la dicha çibdad de ávila, presente fuy á lo que dicho es en uno con los dichos testigos, y de Ruego y pedimiento del dicho iohán verdugo en el dicho nonbre y por virtud del dicho poder esta carta de posesión escriví; é por ende fize aquí este mío sigimagenno atal, en testimonio.-Pedro domíngues escrivano público. Va escripto entre Renglones o diz «con una pica de hierro;» é o diz «posesión». Vale.
Torquemada, inquisidor
Aunque muy importante dentro de su trayectoria como padre predicador, el año 1482 lo fue también por una circunstancia de mucho mayor alcance histórico que la fundación de aquella fábrica gótica de la que siempre cuidó. En esa fecha, Torquemada fue designado inquisidor dentro de una segunda oleada de nombramientos, la propiciada por la bula de Sixto IV de 11 de febrero de 1482, en la que aprobó la elección de ocho nuevos inquisidores, de los cuales el palentino cerraba la lista.
Pronto destacaría de entre aquel grupo de escogidos. La secuencia más admitida de los hechos dice que fray Tomás, hombre que gozaba de la confianza del Papa, se convirtió en primer inquisidor general de la corona de Castilla durante el verano de 1483, quedando facultado, por lo tanto, para nombrar y cesar inquisidores desde ese momento. Poco después, el 17 de octubre de 1483 recibió el mismo cargo para la corona de Aragón. Se ha cuestionado el orden de tales nombramientos apoyándose en el hecho de que en su designación como inquisidor general de Aragón, al referirse a sus títulos, nada se dice de su condición de inquisidor general de Castilla. Cuando se redactan las Instrucciones de 1484, dadas para Castilla, Torquemada sí aparece como «prior del monasterio de sancta cruz de la ciudad de Segovia, su confessor y inquisidor general». Más allá de estas cuestiones de detalle, lo cierto es que, aunando estos dos cargos, Torquemada fue el arquitecto de la Inquisición.
Él fue quien estableció los primeros tribunales y el principal, aunque no único, redactor de las Instrucciones por las que debía regirse el Santo Oficio, promulgadas el 29 de noviembre de 1484 en el convento dominicano de San Pablo de Sevilla. Aquel primer protocolo inquisitorial no se hizo sobre el vacío, sino que se inspiró en la Practica inquisitionis, elaborada a principios del siglo XIV por el dominico Bernardo Gui, inquisidor de Toulouse, así como en la obra Directorium inquisitorum, de su cofrade gerundense, Nicolás Aymerich, escrita hacia 1375. Para su confección, Torquemada contó con la asistencia de los juristas Juan Gutiérrez de Chaves y Tristán de Medina. El resultado fue un documento compuesto por 28 capítulos, al que poco después, el 6 de diciembre, se le añadieron una serie de disposiciones de índole económica, que venían a sistematizar algunas medidas concretas, como la recogida en una capitulación ordenada por Torquemada en Sevilla, ese mismo año:
… todas las ventas, donaçiones e troques, e qualesquier otros contratos que
los dichos herejes que sean condenados que reconçiliados segund dicho es
fizieron antes que como en este ano de setenta e nueue, valan e sean firmes,
con tanto que se prueve lo que íntimamente por testigos dignos de fe e por
escripturas abténticas, que sean verdaderas e non simuladas, en tal manera
que sy alguna persona fisiere alguna ynfinta o simulaçión en fraude del
fisco çerca de qualquier contrato, o fuere partiçipante en la dicha fraude o
colusión, si fuere reconçiliado, que le den çiento açotes e le hierren con una
senal de fuego en el rostro, si fuere qualquier otro que no sea reconçiliado,
aunque sea cristiano aya perdido todos sus bienes e el ofiçio o ofiçios que
tuviere, e que su persona quede a la merçed de Sus Altezas.
'Torquemada, el gran inquisidor. Una historia del Santo Oficio' (Esfera de los Libros) se publicará el próximo 21 de octubre