El rescripto papal entra en vigor inmediatamente Rescripto del Papa por el que todo el patrimonio mobiliario de la Santa Sede será gestionado por el IOR
Un breve rescripto del Papa Francisco publicado en L'Osservatore Romano especifica que el Instituto para las Obras de Religión tiene competencia exclusiva para la gestión y que los dicasterios, oficinas y organismos afines de la Santa Sede deben transferir allí todos los activos financieros y la liquidez
Francisco establece que el rescripto "tiene el carácter de una interpretación auténtica de las disposiciones vigentes y tiene una fuerza firme y estable, no obstante cualquier cosa en contrario"
El rescripto papal entra en vigor inmediatamente, con su publicación en el diario de la Santa Sede
El rescripto papal entra en vigor inmediatamente, con su publicación en el diario de la Santa Sede
(Vatican News).- El Instituto para las Obras de Religión tendrá jurisdicción exclusiva sobre la gestión de los bienes y se convertirá en el custodio de todos los bienes muebles de la Santa Sede y de las instituciones relacionadas. Así lo establece un rescripto del Papa Francisco publicado hoy en L'Osservatore Romano.
Francisco establece que el rescripto "tiene el carácter de una interpretación auténtica de las disposiciones vigentes y tiene una fuerza firme y estable, no obstante cualquier cosa en contrario, aunque sea anterior al rescripto o se refiera específicamente a cosas especiales".
El punto central del texto papal es el artículo 219, párrafo 3 de la Constitución sobre la Curia Praedicate evangelium, que debe interpretarse "en el sentido de que la actividad de gestor patrimonial y custodio del patrimonio mueble de la Santa Sede y de las instituciones vinculadas a la Santa Sede es responsabilidad exclusiva del Instituto para las Obras de Religión".
Por ello, la Santa Sede y las instituciones afines "que posean activos financieros y activos líquidos, cualquiera que sea la forma en que los tengan, en instituciones financieras distintas del IOR, deberán informar al IOR y transferirlos a este lo antes posible en un plazo de 30 días a partir del 1 de septiembre de 2022".
El rescripto papal entra en vigor inmediatamente, con su publicación en el diario de la Santa Sede.
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