La ley del levirato
La ley del levirato
Estoy leyendo un libro sobre la Torah que tiene un capítulo dedicado a un versículo del Deuteronomio que establece la obligación de que los hermanos de un difunto, que muere sin descendencia, contraigan matrimonio con la viuda. Los rabinos no se ponen de acuerdo si la obligación abarca a todos los parientes como en el libro de Ruth o sólo a los hermanos, si hay que celebrar un matrimonio o con una simple unión sexual basta, si los hijos pertenecen al difunto o al padre biológico y si esta ley favorece a la viuda o al mantenimiento del nombre del muerto
Comentando mi lectura con una tía mayor me contó una historia que me hizo reflexionar. Eran los años 30 del siglo pasado y una hermana de su abuela era muy prolífica con el problema de que no producía suficiente leche para alimentar a su prole y en aquellos tiempos no existían las fórmulas de la farmacia. Parece ser que había mujeres rurales de escasos medios económicos que se contrataban como “amas de cría”, dejaban a sus bebés en el pueblo y se iban a las ciudades por un sueldo, vestido y alimentación que eran bienes escasos para muchas. La relación de la señora de la historia con el ama resultó muy buena de forma que cuando terminó su trabajo siguieron en contacto. Unos meses después se enteró que el marido del aña había muerto ahogado
Cuando se volvió a quedar embarazada le pidió a su antigua empleada si conocía a alguna mujer que pudiera recomendarle y se ofreció ella misma pues a pesar de ser viuda, “favor me hizo cuñado”. Ya que si antes de enviudar, el trabajo le suponía una gran ayuda, ahora sin el salario o la mano de obra de un marido, le resultaba imprescindible.
Esta pequeña historia me ha hecho comprender la ley del levirato que no pone tanto el peso en el difunto sino en la viuda, que separada de su familia biológica tras su matrimonio, se queda desamparada. No hay nada nuevo bajo el sol.