"Toda persona es considerada inocente mientras no se pruebe lo contrario" Una norma que apuesta por la transparencia y que también modifica delitos económicos y financieros
Arrieta: Serán juzgadas “las acciones realizadas no sólo por parte de los clérigos”, sino también “crímenes de este tipo cometidos por religiosos no clericales y por laicos que ocupan algunos roles en la Iglesia, así como cualquier comportamiento de este tipo, con la gente adulta, pero cometidos con violencia o abuso de autoridad”
La nueva reforma la modifica además el plazo de prescripción, con el fin de favorecer la conclusión de los procesos en términos razonablemente cortos
Hernán Reyes Alcaide, corresponsal en el Vaticano
Según explicó el secretario del Pontificio Consejo para los Textos Legislativos Juan Ignacio Arrieta al presentar hoy la nueva legislación en el Vaticano, con la nueva modificación en materia de la lucha contra los abusos a menores, serán juzgadas “las acciones realizadas no sólo por parte de los clérigos”, sino también “crímenes de este tipo cometidos por religiosos no clericales y por laicos que ocupan algunos roles en la Iglesia, así como cualquier comportamiento de este tipo, con la gente adulta, pero cometidos con violencia o abuso de autoridad”.
Además de las nuevas disposiciones en materia de lucha contra los abusos, las reformas de este martes introducen también nuevos delitos en asuntos económicos y financieros para que "la absoluta transparencia de las actividades institucionales de la Iglesia, especialmente en este campo, siempre se persigue y se respeta y la conducta de es siempre ejemplar todos los titulares de oficinas institucionales y todos los operadores dedicados a la administración de activos”, explicó el presidente del Pontificio Consejo, Filippo Iannone.
En línea con la doctrina impulsada por el Papa, la reforma presentada hoy sentencia que “toda persona es considerada inocente mientras no se pruebe lo contrario” y enfatiza la prevención de delitos para “poder intervenir a tiempo para corregir situaciones que podrían agravarse, sin renunciar sin embargo a las precauciones necesarias para la protección del presunto infractor”, según Iannone.
Por otra parte, la nueva reforma la modifica además el plazo de prescripción, con el fin de favorecer la conclusión de los procesos en términos razonablemente cortos, según Arrieta.