Lo hizo, como el propio acusado reconoció "por venganza" El jurado declara culpable de asesinato al hombre que mató a un sacristán en Alcalá la Real (Jaén)

Palacio de Justicia de Sevilla
Palacio de Justicia de Sevilla

El jurado ha declarado por unanimidad culpable de asesinato con alevosía al hombre que mató a un sacristán en Alcalá la Real (Jaén), en febrero de 2021

Ha avalado con su veredicto las tesis del Ministerio Fiscal y ha rechazado aplicar cualquier tipo de eximente o atenuante como pedía la defensa argumentando que el acusado tiene problemas de salud de salud mental

A la condena actual que se le imponga, habrá que sumar una de 2019 por haber apuñalado a un compañero de piso, al que le rajó la cara. Condena que estaba suspendida a condición que no delinquiera

La defensa del acusado, oído el veredicto, solicitó su ingreso en un centro psiquiátrico de por vida

El jurado ha declarado por unanimidad culpable de asesinato con alevosía al hombre que mató a un sacristán en Alcalá la Real (Jaén), en febrero de 2021. Lo hizo, como el propio acusado reconoció "por venganza", porque le había echado de la Iglesia de la Consolación donde él ejercía la mendicidad.

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Poco más de tres horas necesitaron este martes las siete mujeres y dos hombres que conforman el jurado en declarar culpable de asesinato a este hombre de 36 años, que mató al sacristán a navajazos.

El jurado ha avalado con su veredicto las tesis del Ministerio Fiscal y ha rechazado aplicar cualquier tipo de eximente o atenuante como pedía la defensa argumentando que el acusado tiene problemas de salud de salud mental.

De esta forma, los miembros del jurado han rechazado que el acusado actuara enajenado y sin ser consciente de lo que hacía por padecer un "trastorno polimorfo de la personalidad" que le lleva a tener una "visión distorsionada" de la realidad.

El día en que sucedió todo, el sacristán recomendó al acusado que "se colocase la mascarilla facial obligatoria en aquella época, o en caso contrario, se abstuviera de acceder a la iglesia". Este fue el origen de la "venganza" del acusado que abordó al sacristán en la iglesia y "comenzó a dirigir múltiples golpes y puñetazos" a la víctima, un hombre de 53 años y que padecía cierto grado de discapacidad psíquica.

Durante la pelea, el acusado, tal y como ha recogido el jurado como probado, "sacó una navaja que llevaba guardada entre su ropa" y "asestó numerosos navajazos" al sacristán, hasta el punto de que le alcanzó "en la práctica totalidad de su torso y en la cabeza, impidiendo que pudiera haber llegado a defenderse en modo alguno".

De esta forma, sufrió "lesiones de tal gravedad que, globalmente consideradas, resultaron forzosamente incompatibles con el mantenimiento de la vida". La causa de la muerte dictaminada por los forenses fue shock hemorrágico-hipovolémico como consecuencia de "las múltiples heridas ocasionadas por los repetidos y violentos navajazos".

"Según la descripción de los testigos, el acusado 'estaba tranquilo' y que solo dejó de apuñalar al acusado cuando le dijeron que iban a llamar a la Policía"

La descripción de los testigos sobre el autor del crimen llevó a las pocas horas a la detención del acusado que desde entonces ha permanecido en prisión preventiva a la espera del juicio. De hecho, en enero de 2023 se acordó la prórroga de la prisión provisional.

El juicio por el asesinato del sacristán de Alcalá será en noviembre

Los testigos que presenciaron la agresión declararon que el acusado "estaba tranquilo" y que solo dejó de apuñalar al acusado cuando le dijeron que iban a llamar a la Policía. También coincidieron en señalar que el acusado abandonó el lugar "andando y tranquilo".

"La defensa del acusado, oído el veredicto, solicitó su ingreso en un centro psiquiátrico de por vida"

Con este veredicto, el Ministerio Fiscal ratificó su solicitud de pena de 20 años de prisión, mientras que la responsabilidad civil la ha cifrado en 40.000 euros para el hermano del fallecido. La defensa del acusado, oído el veredicto, solicitó su ingreso en un centro psiquiátrico de por vida.

A la condena que finalmente imponga la presidenta del jurado en la sentencia, a efectos prácticos habrá que sumar los cerca de dos años de prisión a los que el acusado fue condenado en 2019por haber apuñalado a un compañero de piso al que le rajó la cara. Esta condena estaba suspendida a condición que no delinquiera en los dos años siguientes, algo que no se cumplió.

Culpable por unanimidad
Culpable por unanimidad

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