Obtener el don de la indulgencia El Jubileo y las Iglesias jubilares

Templos jubilares en la archidiócesis de Tarragona
Templos jubilares en la archidiócesis de Tarragona

Con motivo del Año Jubilar, y con el objetivo de que los fieles de nuestra archidiócesis puedan puedan peregrinar para vivir las gracias jubilares y obtener el don de la Indulgencia se han establecido cinco templos jubilares, uno en cada arciprestazgo 

Son la Catedral de Santa Tecla de Tarragona; la Parroquia-Santuario de la Virgen de Lledó en Valls; el Santuario de la Virgen de la Misericordia en Reus; el Santuario de la Virgen de la Sierra en Montblanc; y la Parroquia de San Salvador en El Vendrell

Estas peregrinaciones son requisito para la obtención de la indulgencia, a la que podrán acceder todos aquellos creyentes que estén verdaderamente arrepentidos de sus pecados y cumplan las condiciones habituales 

Estimadas y estimados. Con motivo del Año Jubilar, y con el objetivo de que los fieles de nuestra archidiócesis puedan escuchar y acoger tanto el anuncio de esperanza de la gracia de Dios como los signos que testifican su eficacia, puedan peregrinar para vivir las gracias jubilares y obtener el don de la Indulgencia, se han establecido cinco templos jubilares, uno en cada arciprestazgo: la Catedral de Santa Tecla de Tarragona; la Parroquia-Santuario de la Virgen de Lledó en Valls; el Santuario de la Virgen de la Misericordia en Reus; el Santuario de la Virgen de la Sierra en Montblanc; y la Parroquia de San Salvador en El Vendrell.

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Los creyentes que estén verdaderamente arrepentidos de sus pecados, excluyendo todo apego al pecado y movidos por el espíritu de caridad, y cumplan las condiciones habituales —es decir, la confesión sacramental, la comunión eucarística y la oración por las intenciones del Santo Padre— podrán obtener el don de la Indulgencia en las peregrinaciones a cualquiera de estos cinco templos jubilares de la archidiócesis.

Peregrinación de la Arquidiócesis de Tarragona

En estas peregrinaciones, deberán participar devotamente en la Eucaristía, en una celebración de la Palabra de Dios o en el rezo del oficio de lecturas, laudes o vísperas, en el viacrucis, en el rezo del santo rosario, etc. También podrán hacerlo en una celebración penitencial que concluya con confesiones individuales, según lo establecido en el Ritual de la Penitencia. Las peregrinaciones a estas iglesias jubilares podrán realizarse de manera individual, en familia o en grupo y, durante un tiempo adecuado, llevar a cabo la adoración eucarística y la meditación, concluyendo con el Padrenuestro, la profesión de fe y algunas invocaciones a María, Madre de Dios, para que en este Año Santo todos «puedan experimentar la cercanía de la más afectuosa de las madres, que nunca abandona a sus hijos» (Spes non confundit, 24).

Los creyentes que, por razones de peso, no puedan participar en las solemnes celebraciones, peregrinaciones y visitas mencionadas —especialmente las monjas de clausura, los ancianos, los enfermos, los reclusos, así como aquellos que prestan servicio continuo a los enfermos en hospitales u otros lugares— podrán obtener el don de la Indulgencia jubilar si se unen en espíritu a los fieles que participan presencialmente, especialmente en las celebraciones del Santo Padre o del Obispo diocesano. Con esta participación espiritual, podrán recitar, desde donde se encuentren, por ejemplo, en la capilla del monasterio, del hospital, de la residencia de ancianos, de la prisión o en casa, el Padrenuestro, la profesión de fe en cualquier forma legítima y otras oraciones conforme a los fines del Año Santo, ofreciendo sus sufrimientos o dificultades personales.

La próxima semana, si Dios quiere, continuaremos con este tema y, al comenzar el próximo miércoles el tiempo de Cuaresma, hablaremos del don de la Indulgencia a través de las obras de misericordia y de penitencia.

Qué es la indulgencia plenaria? – Exaudi

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