"Ahora toca que el Vaticano mueva ficha y que Doctrina de la Fe devuelva el buen nombre de mi hijo" Ana Cuevas: "El caso Gaztelueta es el mal más allá de lo humanamente soportable"
"La verdad jurídica está clara, el delito se cometió y la sentencia da la razón a la víctima. Por tanto, esta condena, aunque laxa, descarta todas las teorías del colegio y pone a Gaztelueta en entredicho"
"Gaztelueta y su buque patrón, el Opus Dei, pese a su negación obcecada y abyecta de la verdad, ya tienen sobre su mesa a un numerario de la Obra condenado en firme por un delito de tamaña gravedad"
| Ana Cuevas, madre de la víctima del caso Gaztelueta
Respecto a la sentencia del Supremo emitida sobre el caso Gaztelueta, cabe destacar en primer término que hay condena del Tribunal Supremo al profesor de religión y numerario del Opus Dei del colegio Gaztelueta de Lejona en Bizkaia por abusos sexuales continuados a un menor de 12 /13 años en las instalaciones del centro escolar.
Así, sin olvidarnos del juez instructor cuya valoración iba encaminada hacia la condena, este numerario ha sido condenado por tres magistrados de la Audiencia Provincial de Bizkaia y finalmente aunque de forma laxa por parte de los magistrados del Supremo...
La verdad jurídica está clara, el delito se cometió y la sentencia da la razón a la víctima. Por tanto, esta condena, aunque laxa, descarta todas las teorías del colegio y pone a Gaztelueta en entredicho. Pese a esa excesiva tibieza a la hora de condenar el delito perpetrado que tal debiera ser calificado como terrorismo contra la infancia, porque supone un ataque a los derechos humanos tal como recoge la Convención de Derechos de la Infancia, lo cierto es que Gaztelueta y su buque patrón, el Opus Dei, pese a su negación obcecada y abyecta de la verdad, ya tienen sobre su mesa a un numerario de la Obra condenado en firme por un delito de tamaña gravedad.
Y eso pese a la defensa indecente que el propio colegio hizo de este docente numerario del Opus Dei.
Resulta intolerable que la sentencia junto a esa liviana condena no incorpore una inhabilitación expresa al pederasta para el ejercicio de la profesión que ocupaba mientras perpetraba el delito que le ha condenado. Por ello da la sensación de que este delincuente sexual puede ser contratado de nuevo por Gaztelueta o cualquier otro centro escolar o de tiempo libre para seguir ejerciendo como tal el ejercicio de su profesión con menores.
Quiero insistir de nuevo en la denuncia pública del colegio Gaztelueta que nunca vio nada y que además persistió en la defensa del profesor condenado y en la humillación y las calumnias hacia mi hijo y todos los miembros de esta familia.
Así Gaztelueta, no solo no apoyó a la víctima, recordemos menor de edad en ese momento y que se encontraba en sus instalaciones al cuidado del centro, sino que además de toda la colección de contradicciones en las que Gaztelueta y sus adlateres cayeron antes de y a lo largo del proceso judicial, dio un salto cualitativo interviniendo económicamente en la defensa del profesor condenado pagando de sus propios bolsillos las actas notariales de profesores y alumnos del centro, todas idénticas, buscando a través de un testimonio trucado el aval para la inocencia del docente ahora condenado en firme.
En todo momento han formado parte activa de la defensa del profesor atacando a la víctima y a esta familia sin tregua, de manera ruin y ofensiva, basta visualizar de nuevo la rueda de prensa que efectuó la dirección y el consejo de administración del centro tras la condena de 11 años de la Audiencia Provincial de Bizkaia. ¡Demencial es decir poco!
Además las pruebas periféricas surgidas antes y durante el proceso judicial incluyendo en ellas obras realizadas en el colegio en el transcurso desde la perpetración del delito y la celebración del juicio en la Audiencia Provincial de Bizkaia, los informes periciales informáticos realizados por el propio director en donde y pese a expresar que tenían un filtro en el colegio para evitar búsquedas desde ordenadores del centro de páginas pornográficas se encontraron rastros de búsquedas del profesor numerario del Opus Dei condenado por pederastia de Emma Watson desnuda y Emma Watson desnuda y violada.
No hay que olvidar tampoco el cúmulo de contradicciones de los testigos de la defensa en el momento de basar la inocencia del profesor cuando citaban las horas que la víctima pasaba por petición del victimario en el despacho en horario lectivo, en el hecho de que el profesor dijera que llamaba al niño al despacho para “fortalecer su carácter” y “para ayudarle con las matemáticas” cuando esa no era la materia del profesor e incluso lo sacaba de la clase de matemáticas, cuando el colegio dijo no tener registro de las salidas de los alumnos de clase en horas lectivas y reconoció errores claros en ese particular por parte del centro.
O los argumentarios de los profesores del centro cuando en el juicio salieron en defensa del pederasta, comparando el despacho donde sucedieron los hechos con la Gran Via de Bilbao a las doce del mediodía, no poniéndose de acuerdo en la presencia de cerraduras en el despacho ni si eran de cierre por dentro o por fuera o en si el despacho estaba adscrito a varios profesores o solo a Chema Martinez.
Y ya en el colmo de la insensatez, las palabras de Imanol Goyarrola diciendo en el juicio que el colegio había tomado medidas para que estos delitos no volvieran a ocurrir entre ellas la colocación de puertas de cristal en los despachos para hacer visible el interior cuando lo que habían colocado era un cuadrado de cristal esmerilado minúsculo en la puerta de madera del despacho donde se perpetraron los abusos y agresiones sexuales.
Debo insistir por tanto en la existencia de estas pruebas periféricas y de hechos probados en la sentencia de 11 años de condena de la Audiencia Provincial de Bizkaia y en que el testimonio de la víctima, mi hijo, venía avalado con índices récord de credibilidad por parte del equipo facultativo de medicina forense del juzgado y que según la propia jurisprudencia del TS eso es prueba válida y suficiente por sí sola para basar esa condena.
Lo otro es un intento de disfrazar la realidad con retorcidos barnices presuntamente jurídicos. Nadie entiende esa pretenciosa parte de la sentencia en donde el ponente habla de falta de insistencia en la incriminación. Lo hemos repetido hasta la saciedad y la extenuación : "las víctimas supervivientes de abusos y agresiones sexuales no cuentan cuando quieren o cuando quieren jueces y fiscales, lo hacen solo cuando pueden y son capaces de expresarlo siguiendo las directrices en cercanía de un facultativo". Tampoco entendemos que ante un profesor y preceptor de un alumno en cualquier centro, el Supremo no considere que exista la condición de superioridad de un adulto frente a un menor, y por ello rebaje la condena. Necesita esta sociedad, este Estado de Derecho, una urgente óptima preparación de jueces y fiscales en el trato de estos menores, juzgados y fiscalías especializadas.
Por último, añadir que desde el 2015, en el inicio de la denuncia, ya existía una grabación de la víctima a un facultativo forense indicando que todavía no lo había contado todo. Por lo que pensando bien, quiero entender que los magistrados del Supremo no visualizaron esta grabación y de ahí la "peculiaridad" de la sentencia.
Ahora toca que el Vaticano mueva ficha a través de la Congregación para la Doctrina de la fe devolviendo el buen nombre de mi hijo, y que llamen al orden a Ocáriz como máximo dirigente de la prelatura del Opus Dei por su silencio, pasividad y omisión del deber de socorro en su actitud frente a los delitos de pederastia existentes en la Obra y más concretamente en lo que atañe al caso de abuso sexual del colegio Gaztelueta.
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