El descanso dominical, año 1940
Entre los papeles que se guardan en esta casa, encuentro uno que me hizo sonreír. Presento lo que sigue como "curiosa curiosidad" según nuestro actual entender. Eran otros tiempos. JCB, había sido denunciado por la guardia civil y le habían impuesto una multa de 25 pesetas. Todo porque las mulas que estaban aricando una tiuerra eran suyas...
| Pablo Heras Alonso.
- INSPECTOR PROVINCIAL DE TRABAJO BURGOS
El que suscribe DCG, casado, mayor de edad y vecino de Revilla Vallejera, de profesión bracero del campo, ante V.S. respetuosamente recurre manifestando:
Que tiene noticias fidedignas de que a su patrono D. JCB se le ha levantado por esa inspección un Acta por infracción a la Ley del Descanso Dominical por el supuesto trabajo llevado a cabo con su ganado el día 25 [debió ser 23, domingo] de abril del año último [1939], por ariscar un sembrado de trigo en una finca de mi propiedad sita en este término municipal y sitio conocido por la “Casilla de los Guardias”, y en honor a la verdad he de manifestar a V.S. que estos trabajos fueron efectuados por mi hijo HCG sin ninguna clase de intervención por parte de mi patrono, ya que el recurrente, dada la confianza que existe entre patrono y criado por el hecho de llevar a su servicio más de treinta años y en tal día que mi patrón se hallaba ausente, con la pareja de su propiedad decidí, como así lo verifiqué, llevar a cabo aquellas labores que las consideraba de urgencia por no disponer yo de ganado y estar las mismas relacionadas con las de cultivo en cereales, y en las cuales no se invertió [sic] ni dos horas asistiendo después al Santo Sacrificio de la Misa, por haber sido aquellas ejecutadas al amanecer sin publicidad de ninguna clase, y creer que estas labores por su excaso [sic] tiempo no están incluidas en infracción a la Ley de descanso Dominical.
Lo que comunico a V.S. a fin de que sirva de justificante en los descargos presentados por mi expresado patrón JCB.
Dios guarde a V.S. muchos años. Revilla Vallejera a 9 de enero de 1940.